Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 5/6/1999

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Sevilla, por el que se notifica propuesta de resolución incoado a don Manuel Jesús Ruiz Román del expediente sancionador (SAN/ET-83/98-SE).

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Examinadas las diligencias instruidas por presuntas infracciones a la normativa de espectáculos taurinos que motivaron el inicio del procedimiento sancionador acordado el pasado 23 de diciembre contra don Manuel Jesús Ruiz Román, y sobre la base de los siguientes

A N T E C E D E N T E S

Primero. Visto el informe elaborado por el Delegado Gubernativo y la Presidencia del espectáculo taurino celebrado en la plaza de toros de la Real Maestranza de Caballería de Sevilla el día 1 de mayo de 1998, con fecha 23 de diciembre de

1998 fue acordada la iniciación del presente expediente sancionador contra don Manuel Jesús Ruiz Román en el que le fue imputado que tapó deliberadamente la salida natural del cuarto toro de la tarde al dar la segunda vara.

Segundo. En la tramitación del procedimiento sancionador han sido observadas las formalidades legales y reglamentarias, sin que el interesado haya realizado alegaciones al acuerdo de iniciación en el plazo concedido para ello.

HECHOS PROBADOS

De la documentación incorporada al expediente queda probado el hecho relatado en el antecedente primero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El hecho descrito supone una infracción del artículo 72. del Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de espectáculos taurinos, tipificado como falta grave en el artículo 15.k) de la Ley

10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.

Se propone que se sancione con multa de cuarenta mil pesetas (40.000 ptas.), de acuerdo con los artículos 18 y 20 de la Ley

10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, en relación con el artículo

95 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero.

Asimismo, se inicia un plazo de quince días, de conformidad con el artículo 19 del Reglamento aprobado por el Real Decreto

1398/1993, de 4 de agosto, para que pueda aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y se concede trámite de audiencia durante el mismo plazo, pudiendo en este período examinar el expediente en el que constan los siguientes documentos: Acta de finalización y acuerdo de iniciación.

Sevilla, 9 de abril de 1999.- La Instructora, Concepción Ibáñez Valdés.