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Intentada sin efecto la notificación del Acuerdo de Iniciación formulado en el expediente sancionador que se detalla, por supuestas infracciones a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26-11-92 (LRJAP y PAC), modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, se publica el presente para que sirva de notificación de los mismos, significándole que en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de aquél en que se practique la notificación, queda de manifiesto el expediente en el Servicio de Juego y Espectáculos Públicos de esta Delegación del Gobierno, Plaza Isabel La Católica, 9, de Huelva, pudiendo formular los descargos que a sus derechos convengan, con la proposición y aportación de las pruebas que consideren oportunas, a tenor de lo dispuesto en el art. 63.1 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar.
Expediente: H-52/99-M.
Persona o entidad denunciada y domicilio: Recreativos Montes, S.L., C/ Curro Cuchares, núm. 3, 11 D, Sevilla. Establecimientos públicos y domicilios: Mesón «Marismas¯ y Bar «Blanca Paloma¯, Ctra. Matalascañas, s/n, y C/ Moguer, núm. 20, ambos de El Rocío (Almonte).
Hechos denunciados: El día 18 de mayo de 1999 se encontraban instaladas y en funcionamiento las máquinas tipo B siguientes:
1. En el Mesón Marismas, sito en Ctra. de Matalascañas, s/n, de El Rocío (Almonte), la modelo El Oro del Faraón, serie 98-
2838, con matrícula SE017010, sin haber obtenido el preceptivo cambio de provincia y careciendo de autorización de instalación. Y la modelo Manhattan, serie 97-0961, careciendo de autorización de explotación y autorización de instalación.
2. En el Bar Blanca Paloma, sito en C/ Moguer, núm. 20, de El Rocío (Almonte), la modelo Cirsa Camelot, serie 97-732, con matrícula SE016331, sin haber obtenido el preceptivo cambio de provincia y careciendo de autorización de instalación. Y la modelo Santa Fe Lotto, serie 98-778, careciendo de autorización de explotación y autorización de instalación.
Se comprueba que dichas máquinas pertenecen a la empresa Recreativos Montes, S.L.
Infracción: Artículo 25.4 de la Ley 2/1986, de 19 de abril, sobre Juego y Apuestas.
Tipificación: Art. 29 de la Ley 2/86, de 19 de abril, en relación con el art. 53 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar.
Huelva, 17 de junio de 1999.- El Delegado, Juan Ceada Infantes.