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BASES GENERALES PARA CUBRIR EN PROPIEDAD PLAZAS DE PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL INTEGRANTES DE LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA 2000
I. Bases generales.
Primera.
A) Se convocan, para cubrir con carácter fijo, las plazas de plantilla de Personal Laboral de este Excmo. Ayuntamiento, que figuran en los Anexos de estas Bases Generales.
Estas plazas pertenecen a la categoría que se indica, y están dotadas de los haberes correspondientes al grupo que, igualmente, se especifica.
De ellas se reservan a turno de ascenso y turno de traslado de Personal Laboral de la propia Corporación, el número de plazas que se indican en los Anexos respectivos.
B) Se convocan para cubrir en propiedad las plazas de funcionario de este Excmo. Ayuntamiento, que figuran en los Anexos de estas Bases Generales.
Estas plazas pertenecen a la escala, subescala o clase que se indica, y están dotadas de los haberes correspondientes al grupo que, igualmente, se especifica.
De ellas se reservan a promoción interna de funcionarios en propiedad de la propia Corporación, el número de plazas que se indican en los Anexos respectivos.
Los aspirantes que obtengan plaza quedarán sometidos al sistema de incompatibilidad actualmente vigente.
Segunda. La realización de las pruebas se regirá por lo previsto en las presentes Bases y Anexos correspondientes, y, en su defecto, se estará a lo establecido en el R.D. Legislativo/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 30/84, de 2 de agosto, y R.D. 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado; R.D. 896/91, de 7 de junio; Ley 17/93, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Comunidad Europea, R.D. 800/95, de 19 de mayo.
II. Requisitos de los aspirantes.
Tercera. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o ciudadano de algún país miembro de la Unión Europea, en los términos recogidos en la Ley 17/93, de 23 de diciembre, y Real Decreto 895 de 19 de mayo.
b) Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquélla que falten al menos 10 años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener los títulos exigidos para el ingreso en los grupos que se especifican en los Anexos correspondientes.
f) Aquéllos que, independientemente de los anteriores, se establecieren en los Anexos correspondientes.
Cuarta. Los requisitos establecidos en las Bases anteriores, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los Anexos respectivos, deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes.
III. Solicitudes.
Quinta. Las solicitudes para participar en los procedimientos de ingreso serán facilitadas en la Secretaría Municipal del Excmo. Ayuntamiento y deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, para ser admitidos y, en su caso, tomar parte en la práctica de las pruebas selectivas correspondientes, bastará con que los aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la
presentación de instancias.
A las instancias habrá de acompañarse relación detallada de los méritos que los aspirantes aportan a la fase de concurso, así como los documentos, originales o fotocopias compulsadas, acreditativos de los mismos.
También podrán presentarse en la forma que determina el art.
38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en las oficinas de correos, oficinas consulares o registros de la Administración General del Estado, o
Comunidades Autónomas).
Los derechos de examen, que se fijan en las cantidades
recogidas en los Anexos correspondientes, serán satisfechos por los opositores al presentar la instancia, a la que deberán adjuntarse el resguardo acreditativo del ingreso y fotocopia compulsada del DNI y de la titulación exigida.
IV. Admisión de candidatos.
Sexta. Terminado el plazo de presentación de instancias, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia la Resolución de la Alcaldía aprobando la lista de los aspirantes admitidos y excluidos, en la que constarán los nombres y apellidos de los candidatos y, en su caso, la causa de la no admisión.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. En todo caso, la resolución anterior establecerá un plazo de 10 días para aportación de documentación, según art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de
noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los aspirantes excluidos podrán interponer reclamación en el plazo de un mes a partir de la publicación de la referida lista.
En ningún caso será necesaria la previa inscripción en las Oficinas de Empleo para participar en las pruebas selectivas derivadas de la presente Oferta de Empleo Público.
Séptima. De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de abril, y Ley 23/98, de 28 de julio, serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. Sólo podrán establecerse exclusiones por limitaciones psíquicas y físicas en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
En las pruebas selectivas, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los aspirantes. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria.
Corresponderá a los interesados, en el momento de solicitar tomar parte en las pruebas selectivas, acreditar
documentalmente, a través del Organismo competente, su
condición de minusválido y poseer una discapacidad de grado igual o superior al treinta por ciento. La incompatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas a las que se opta, habrá de acreditarse por el Servicio Médico de Empresa.
V. Tribunales.
Octava. El Tribunal estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.
Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.
Vocales: Un representante de la Diputación Provincial de Sevilla; un representante de la Junta de Andalucía; un
funcionario de carrera de la Corporación, nombrado por ésta a propuesta de la Junta de Personal cuando se trate de cubrir plazas de funcionarios; un representante del personal laboral de la Corporación, designado por ésta a propuesta de los representantes de los trabajadores, cuando se trate de cubrir plazas de carácter laboral.
Así como un Auxiliar Administrativo para la realización de los trabajos mecanográficos y administrativos que resulten
necesarios, y que no tendrá ni voz ni voto.
La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
El Tribunal se constituirá de acuerdo con lo establecido en el art. 26 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y las decisiones se adoptarán por mayoría de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del que actúe como Presidente, siendo igualmente de aplicación cuanto se establece en el art. 25 de dicho texto legal.
El Tribunal Calificador quedará facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las Bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas, así como para incorporar especialistas en aquellas pruebas cuyo
contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos, quienes actuarán con voz, pero sin voto.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad competente, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en los arts. 28 y 29 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992.
VI. Desarrollo de los ejercicios.
Novena. El calendario de pruebas, hora y lugar de su
realización de publicarán en el Boletín Oficial de la
Provincia, conjuntamente con la relación de admitidos y excluidos definitivamente, así como la composición del
Tribunal.
En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los
opositores para que acrediten su personalidad.
Para la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, se comenzará por el primer aspirante cuyo primer apellido, y según la lista de admitidos alfabéticamente ordenada, comience por la letra que se
determinará en sorteo público a celebrar en la Secretaría General de este Ayuntamiento, el segundo día hábil siguiente a la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
Los aspirantes serán nombrados en llamamiento único para cada ejercicio, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
Los ejercicios de la oposición no podrán comenzar hasta transcurridos tres meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria.
El Tribunal establecerá el calendario para la realización debiendo mediar entre la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente un plazo mínimo de 72 horas. No obstante, si los opositores dieren su conformidad, se podrán realizar todas las pruebas en el mismo día.
VII. Sistema de calificación.
Décima. Fase de oposición.
Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas serán por escrito, y leídos por los aspirantes si así lo decide el Tribunal Calificador, eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10 puntos, obteniéndose la calificación de cada ejercicio por la media de los puntos concedidos por cada miembro del Tribunal, pudiéndose eliminar por parte del Tribunal, si se considera oportuno, las
puntuaciones mayor y menor, al objeto de garantizar la equidad en la nota concedida a los aspirantes. Las plazas que en sus Anexos lleven un sistema de calificación propio serán excluidas del anteriormente expuesto.
Fase de concurso.
En aquellas convocatorias en que así se determine en sus Anexos respectivos, se valorarán los méritos incluidos en los baremos correspondientes. La valoración de dichos méritos no servirá para superar la fase de oposición.
La puntuación definitiva y el orden de calificación estarán determinados por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición y la fase de concurso.
VIII. Puntuación y propuesta de selección.
Undécima. Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de edictos de la Corporación la relación de aspirantes por orden de puntuación, precisándose que el número de
seleccionados no podrá rebasar el número de plazas convocadas. Seguidamente, el Tribunal elevará dicha relación junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados, a la Presidencia de la Corporación, quien, a su vez, formulará la correspondiente propuesta de nombramiento a la Comisión de Gobierno de la misma.
IX. Presentación de documentos y nombramiento.
Duodécima. El aspirante propuesto deberá aportar, dentro del plazo de 20 días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos exigidos en las Bases de la convocatoria, y los que se exijan, en su caso, en cada uno de los Anexos.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentaran la documentación no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus instancias. En aquellos casos en que el aspirante no tomara posesión en el plazo indicado, no reuniese los requisitos para ocupar la plaza o no superase el respectivo curso de formación perderá su derecho a la plaza, formulándose nueva propuesta, en la forma prevista, a favor del aspirante, que habiendo superado todos los ejercicios, figure en el puesto inmediatamente inferior en el orden de calificación. Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de
justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación de la Administración Pública de quien dependan, acreditando la condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Cumplidos los trámites, el Presidente de la Corporación elevará propuesta de nombramiento a la Comisión de Gobierno Municipal, en favor de aquellos aspirantes que hubieran obtenido plaza, quienes deberán tomar posesión en el plazo de 30 días
naturales, a contar del siguiente a aquél en que le sea notificado.
X. Impugnación. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los
interesados en los casos, plazos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En concreto, las propuestas del Tribunal Calificador de las distintas pruebas podrán ser recurridas ante el Sr. Alcalde-Presidente a través de un recurso de alzada, de conformidad con lo dispuesto en el art. 107 de la Ley 4/99 que modifica la Ley 30/92 del
Procedimiento Administrativo Común. La resolución definitiva que ponga fin al proceso administrativo, que será adoptado por el Sr. Alcalde-Presidente, podrá ser recurrida en reposición ante dicho órgano o ante los Juzgados Contencioso-
Administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ANEXO I
PLAZA DE TRABAJADOR/A SOCIAL
Número de plazas: Dos (Personal Laboral).
Categoría profesional: Trabajador/a Social.
Grupo: B.
Sistema de selección: Concurso-Oposición.
Titulación exigida: Diplomado en Trabajo Social.
Derechos de examen: 1.555 ptas.
Sistema de selección y pruebas selectivas.
Fase de concurso.
Será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter
eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Se desarrollará mediante la valoración de los méritos que a continuación se indican:
- Desempeño de plaza análoga a la convocada en Servicios Sociales Comunitarios en cualquiera de las Administraciones Públicas, 1 punto por cada año de servicio (las fracciones puntuarán proporcionalmente cuando alcancen meses completos), hasta un máximo de tres puntos.
Fase de oposición.
Constará de los siguientes ejercicios:
1. Consistirá en resolver, en un tiempo que por el Tribunal se determine, tres temas extraídos al azar, uno de cada parte del temario que se adjunta.
2. Consistirá en la resolución de un supuesto o supuestos prácticos que, en relación con el cometido de la plaza, formule el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en el tiempo máximo que asimismo determine.
P R O G R A M A
Parte Primera.
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. La Corona. El Poder Legislativo.
Tema 4. El Gobierno y la Administración del Estado. El Poder Judicial.
Tema 5. Organización territorial del Estado. Estatuto de Autonomía Andaluz: Su significado.
Tema 6. Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica.
Tema 7. La Provincia en el Régimen Local. Organización
provincial. Competencias.
Tema 8. El Municipio. Término municipal y población.
Organización y competencias.
Tema 9. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos locales. Resoluciones de los órganos unipersonales. Ordenanzas y Reglamentos: Concepto, clases, procedimientos de elaboración y aprobación.
Tema 10. Los presupuestos locales. Régimen Jurídico del gasto público local. Responsabilidades derivadas de la actuación económica.
Tema 11. La Rinconada: Historia y evolución. Características socio-económicas. Los sectores económicos. La estructura de la población. Situación.
Tema 12. Sociedad para el desarrollo económico de La Rinconada. Competencias. Organos de gobierno.
Tema 13. El Patronato Municipal Pro-disminuidos de La
Rinconada. Competencias. Organos de gobierno.
Tema 14. El Patronato Municipal de Juventud y Deportes de La Rinconada. Competencias. Organos de gobierno.
Parte Segunda.
Tema 1. La Ley de Servicios Sociales en la Comunidad Autónoma Andaluza.
Tema 2. El Plan concertado de prestaciones básicas en las Administraciones Locales.
Tema 3. El proceso de implantación de los Servicios Sociales en España.
Tema 4. Los servicios sociales comunitarios: Fundamentación, objetivos, funciones y programas.
Tema 5. Los servicios sociales especializados: Definición, tipología, coordinación con los servicios sociales
comunitarios.
Tema 6. Los centros de servicios sociales: Definición,
funciones, organización y profesionales adscritos.
Tema 7. La interdisciplinariedad en el trabajo en los servicios sociales.
Tema 8. El Registro de Centros en Servicios Sociales.
Legislación sobre la materia a nivel andaluz.
Tema 9. Los programas en los servicios sociales comunitarios.
Tema 10. Análisis de las necesidades sociales para la
intervención social.
Tema 11. Los recursos sociales.
Tema 12. Los equipamientos en los servicios sociales
comunitarios: Los equipamientos básicos.
Tema 13. La evaluación de los servicios sociales.
Tema 14. Ley de Atención a las personas con discapacidad en Andalucía.
Tema 15. El plan de igualdad de oportunidades del Instituto Andaluz de la Mujer.
Tema 16. Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y Atención al Menor.
Tema 17. El servicio de información, orientación y valoración en los servicios sociales comunitarios.
Tema 18. La ayuda a domicilio: Definición, fundamentos, características, objetivos y actuaciones.
Tema 19. Toxicomanías: Conceptos básicos, tipología, etc.
Tema 20. La marginación social: Concepto, factores
condicionantes de los procesos de marginación.
Tema 21. La animación socio-cultural: Instrumento para la participación y el cambio social.
Tema 22. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre los Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.
Tema 23. El concepto de comunidad. La comunidad como objeto de intervención.
Tema 24. Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores.
Tema 25. El Comisionado para la Droga, el Centro Provincial de Drogodependencias. Plan Andaluz sobre Drogas.
Tema 26. El voluntariado social como recurso de los servicios sociales comunitarios. Ley del Voluntariado Social.
Tema 27. El Area de Servicios Sociales en el municipio de La Rinconada.
Tema 28. Programa de Solidaridad de los Andaluces para la Erradicación de la Marginación y Desigualdad en Andalucía.
Tema 29. Los centros ocupacionales: Objetivo, organización y funcionamiento.
Tema 30. Importancia de los indicadores sociales en el trabajo social.
Tema 31. Ley de Atención y Protección a las Personas Mayores.
Tema 32. Intervención con minusválidos desde los servicios sociales comunitarios.
Tema 33. Procedimientos de coordinación para la atención a las mujeres víctimas de malos tratos y agresiones sexuales.
Tema 34. Intervención con infancia y familia desde los
servicios sociales comunitarios: Coordinación con otros servicios implicados.
Tema 35. Intervención desde los servicios sociales comunitarios en el ámbito de la drogodependencia.
Tema 36. Intervención terapéuticas con familia desde el modelo sistémico.
Parte Tercera.
Tema 1. La documentación en el Trabajo Social: La ficha social, el informe social. Historia social.
Tema 2. La utilización de la informática en el Trabajo Social. SIUSS.
Tema 3. El Presupuesto como instrumento de planificación. Técnicas presupuestarias en servicios sociales. Control presupuestario.
Tema 4. Organización y servicios sociales.
Tema 5. Situación actual del trabajo inter-áreas en el ámbito del bienestar social municipal.
Tema 6. Profesionales adscritos a los servicios sociales comunitarios: Educador de calle, animador socio-cultural, educador familiar, auxiliar de hogar... Perfil, funciones, ubicación, etc.
Tema 7. La ética en el Trabajo Social. Secreto profesional.
Tema 8. La planificación de servicios sociales en las
Comunidades Autónomas.
Tema 9. La Consejería de Asuntos Sociales: Estructura orgánica.
Tema 10. La Delegación Provincial de Asuntos Sociales de Sevilla. Organización y competencias.
ANEXO II
Plaza Cabo de Policía Local
Núm. de plazas: Una.
Denominación: Cabo de Policía Local.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Servicios Especiales.
Clase: Policía Local.
Categoría: Cabo.
Grupo: D.
Sistema de selección: Concurso-Oposición por Promoción Interna. Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de
1. Grado o equivalente.
Derechos de examen: 1.035 ptas.
Requisitos específicos de la plaza de cabo de la policía local.
a) Haber permanecido, al menos, dos años de servicio efectivo en la categoría inmediata inferior a la que se aspira.
b) Tener la correspondiente titulación académica.
c) Carecer en el expediente personal de inscripciones por faltas graves o muy graves en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.
Solicitudes.
Se estará a lo dispuesto en las Bases Generales que rigen la presente convocatoria.
Tribunales.
A la composición del Tribunal reflejado en las Bases Generales, por las que se rige la presente convocatoria, se sumarán como Vocales el Jefe del Servicio de Policía Local, el Sargento de la Policía Local y un representante de la Jefatura Provincial de Tráfico.
Sistema de selección y pruebas selectivas.
Fase de concurso.
Además de lo contemplado en las Bases Generales que rigen en la presente convocatoria, los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente con la solicitud de
participación. El Tribunal podrá recabar de los interesados las aclaraciones, así como la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.
A) Titulaciones académicas.
- Título de Doctor o Estudios Universitarios de Postgrados: 3 ptos.
- Licenciatura o Escuela Técnica Superior: 2 ptos.
- Título de Grado Medio o Diplomado Universitario o Primer Ciclo de Licenciatura: 1 pto.
- Selectividad o acceso a la Universidad: 0,5 ptos.
- BUP, Bachiller Superior o Formación Profesional 2.º Grado:
0,25 ptos.
No se tendrán en cuenta, a efectos de valoración, las
titulaciones exigibles para el puesto al que se aspira, ni las necesarias para obtener las requeridas; tampoco se tomarán en consideración más de una, ni las superiores en más de un grado a la exigible.
B) Antigüedad.
- Por cada año prestado en la categoría anterior a la que se aspira, de los Cuerpos de la Policía Local: 0,15 puntos (máximo
15 años).
- Por cada año prestado en otros Cuerpos y Fuerzas de
Seguridad, en la categoría anterior equivalente: 0,10 puntos (máximo 15 años).
- Por cada año prestado en otros Cuerpos de las distintas Administraciones Públicas: 0,05 puntos (máximo 15 años).
C) Formación.
- Por cursos superados en Centros Docentes Policiales, se valorarán cada 35 horas con 0,15 puntos. Las fracciones con
0,10 puntos.
- Los cursos de interés policial superados en Instituciones y Escuelas, en función del número de horas de asistencia, estableciéndose por cada 50 horas lectivas: 0,10 puntos. Las fracciones se valorarán con 0,05 puntos.
- En los cursos en los que solamente se ha obtenido
«asistencia¯, se valorarán, respectivamente, en la tercera parte.
- Ser profesor en los cursos anteriores, respectivamente, quíntuplo de las valoraciones correspondientes.
- Ponencias y publicaciones, se valorarán por el Tribunal en función del valor específico e interés policial de las mismas, hasta un máximo de 1 punto.
D) Otros méritos.
Haber sido recompensado con la Medalla al Mérito de la Policía Local de Andalucía.
- Categoría de oro: 3 puntos.
- Categoría de plata: 2 puntos.
- Felicitación pública individual acordada por Ayuntamiento en Pleno, cada una: 0,25 puntos. Máximo cuatro felicitaciones.
Calificacion de la fase de concurso.
La calificación de la fase de concurso vendrá dada por la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los apartados
anteriores. En ningún caso la valoración de los méritos puede ser superior al 45% de la máxima prevista en la fase de oposición.
De igual forma, la valoración de los méritos no servirá para poder superar la fase de oposición.
Fase de oposición.
Los ejercicios de la fase de oposición serán cuatro, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio.
Primer ejercicio. De aptitud física. Consistirá en la
realización de las pruebas que a continuación se detallan:
a) Carrera de velocidad (60 metros).
El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos ni clavos en las zapatillas. Dos intentos.
b) Carrera de resistencia sobre 1.000 metros.
El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. No se admiten clavos en las zapatillas. Dos intentos.
c) Salto de longitud con los pies juntos.
El aspirante se colocará entre la raya de un metro de larga y
0,05 metros de ancha marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo. Cuando esté dispuesto, el aspirante flexionará y extenderá rígidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso.
Puede realizar dos intentos contabilizándose el mejor. El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, estimándose nulo aquél en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva.
Será nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo.
d) Lanzamiento de balón medicinal.
El aspirante se colocará con los pies separados y simétricos, sosteniendo el balón con ambas manos por encima y detrás de la cabeza. Lanzarán el balón con fuerza por encima de la cabeza, de forma que caiga dentro del sector de lanzamiento. Dos intentos.
Invalidaciones:
- Levantar los pies del suelo en su totalidad.
- Que el balón no caiga dentro de la zona de lanzamiento.
e) Natación (25 metros estilo libre):
El aspirante podrá colocarse sobre la plataforma de salida, en el borde de la piscina o en el interior de la pileta, tomando en todo caso, contacto con la pared de la piscina en el borde de la salida.
Dada la salida, los aspirantes en la posición adoptada bien en zambullida o por impulsión sobre la pared, iniciarán la prueba empleando cualquier estilo para su progresión. Dos intentos.
Las marcas exigidas para cada una de las pruebas de que consta este ejercicio, por grupo de edades, serán las que figuran en el Anexo IV.1, tanto para hombres como para mujeres.
Segundo ejercicio. Pruebas psicotécnicas. Para la realización de estas pruebas, el Alcalde nombrará un psicólogo como asesor del Tribunal. El examen psicotécnico constarán en todo caso, de pruebas que evalúen los factores que a continuación se indican:
- Intelectuales: Nivel intelectual con un cociente de
inteligencia general superior a la media de la población española.
- Aptitudes específicas: Comprensión y fluidez verbal y espacial, y memoria. Atributos que requieren una puntuación media-alta.
- Características de personalidad: Ausencia de patologías, madurez y estabilidad emocional, motivación personal y social, sociabilidad y flexibilidad. La puntuación requerida será la media, excepto en madurez y estabilidad emocional que deberá ser media-alta.
Para las características de mando se requerirá una puntuación superior en las anteriores pruebas y se evaluarán rasgos psicológicos inherentes a las funciones a desempeñar: Capacidad de mando, independencia, capacidad de decisión, sentido de organización, sentido de responsabilidad.
Las puntuaciones obtenidas en estos factores serán superiores a la media.
Cualquier interpretación de los resultados ha de ir acompañada de una entrevista que apoye las calificaciones obtenidas.
Se entiende por media y alta las de población general de nuestro país.
Tercer ejercicio. Examen médico. Se realizará al objeto de comprobar la capacidad necesaria para el puesto que va a desempeñar el aspirante, conforme al cuadro de exclusiones médicas que figura como Anexo IV.3 a las Bases que rigen la presente convocatoria.
Cuarto ejercicio. De conocimientos. Consistirá en la
contestación por escrito de los temas o cuestionarios de preguntas con respuestas alternativas, propuestos por el Tribunal para cada materia de las que figuran en el temario de la convocatoria y la resolución de un caso práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario.
El temario de la convocatoria es el que figura en el Anexo IV.2.
El tiempo para la realización de este ejercicio será
determinado por el Tribunal.
Calificación de la fase de oposicion.
Los aspirante serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, perdiendo todos sus derechos aquel opositor que el día de la prueba no se presente a realizarla.
Los ejercicios primero y segundo serán calificados con el concepto de: Apto o No Apto.
Todas las pruebas se establecen obligatorias, salvo la natación que será opcional. Para ser considerado Apto en el ejercicio, el aspirante debe superar al menos cuatro de las cinco pruebas de que consta el ejercicio.
Caso de no superar el mínimo de cuatro pruebas, incluso por lesión sufrida en el desarrollo de alguna de ellas, será declarado No Apto, quedando desde ese momento eliminado.
El ejercicio tercero se calificará de la siguiente forma: Cada una de las dos partes de que se compone el ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar, obtener como mínimo 5 puntos en las contestaciones y otros 5 en la resolución práctica. La calificación final del ejercicio, será la suma de ambas calificaciones dividida por 2. Para su realización se dispondrá de tres horas como mínimo.
La calificación de la fase de oposición, vendrá dada por la puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
Curso de Capacitación.
El aspirante que supere el Concurso-Oposición se incorporará a la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía para la
realización del Curso de Capacitación preceptivo.
El contenido del Curso, se ajustará a la adquisición de los conocimientos necesarios para el desempeño del puesto policial al que se ha optado.
La no incorporación al Curso de Capacitación o el abandono del mismo, sólo podrá excusarse por causas involuntarias que lo impidan, debidamente justificadas y apreciadas por el Alcalde, debiendo el interesado incorporarse al primer curso que se celebre una vez desaparecidas tales circunstancias. En este caso, el posterior escalafonamiento tendrá lugar con la promoción en que efectivamente se realice el curso.
La no incorporación o el abandono de este curso, sin causa que se considere justificada, producirá la necesidad de superar nuevamente las pruebas de selección realizadas.
Cuando el alumno no haya superado el curso a la vista del informe remitido por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, el Ayuntamiento decidirá si se da opción a que el alumno repita el curso siguiente que, de no superar, supondrá la pérdida de los derechos adquiridos en ella fase anterior.
ANEXO II.1
Cuadro de exclusiones médicas
Estatura mínima: 1,70 metros en hombres, 1,65 metros en mujeres.
1. Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el desempeño del puesto de trabajo. Peso no inferior ni superior al 20% del teórico ideal, calculado según la fórmula siguiente:
P.I. = [(Talla en cm - 100) + edad ] x 0,9
4
2. Enfermedades o lesiones agudas activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones propias del cargo.
3. Exclusiones definitivas.
3.1. Ojos y visión:
3.1.1. Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos.
3.1.2. Desprendimiento de retina en más de dos ocasiones.
3.1.3. Queratotomía radial.
3.1.4. Estrabismo.
3.1.5. Hemianopsia.
3.1.6. Discromatopsias.
3.1.7. Cualquier otro proceso patológico que dificulte de manera importante la agudeza visual.
3.2. Oído y audición: Agudeza auditiva que suponga una
pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o 4.000 hertzios a 45 decibelios. Asimismo, no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.
3.3. Otras exclusiones:
3.3.1. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial o que puedan agravarse, a juicio de los Inspectores médicos, con el desempeño del puesto de trabajo (patología ósea de
extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defecto de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares).
3.3.2. Aparato digestivo: Ulcera gastroduodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio de los Inspectores médicos, dificulte el desempeño del puesto de trabajo.
3.3.3. Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar la cifra en reposo de
145 mm/Hg en presión sistólica y los 90 mm/Hg en presión diastólica; varices o insuficiencia venoso periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los Inspectores médicos, pueda limitar el desempeño del puesto de trabajo.
3.3.4. Aparato respiratorio: El asma bronquial, la broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de su trabajo.
3.3.5. Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.
3.3.6. Piel y faneras: Psoriasis, excemas, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
3.3.7. Otros procesos patológicos: Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedades inmunológicas, sistémicas, intoxicaciones
crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los Inspectores médicos, limite o incapacite para el desarrollo de la función policial.
ANEXO II.2
T E M A R I O
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y
contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.
Tema 2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo. Las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.
Tema 3. Tipología de los entes públicos: Las administraciones central, autonómica, local e institucional.
Tema 4. Las comunidades autónomas: Constitución y competencias. El estatuto de autonomía para Andalucía: Estructura y
disposiciones generales.
Tema 5. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 6. El Parlamento de Andalucía. El Presidente de la Junta de Andalucía y el Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.
Tema 7. Relaciones de la Junta de Andalucía con la
Administración Central y con otras comunidades autónomas. La reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
Tema 8. El Derecho Administrativo y sus fuentes. La ley y el Reglamento.
Tema 9. Los actos administrativos: Concepto y clases.
Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.
Tema 10. Los recursos administrativos: Concepto y clases.
Tema 11. La organización territorial del Estado: La provincia y el municipio.
Tema 12. La Administración Local: Autonomía de los Entes Locales. Principios constitucionales de la Administración Local.
Tema 13. Organización y funcionamiento de la Administración Local. El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. La Comisión de Gobierno. Organos complementarios.
Tema 14. Potestades de la Administración Local. Potestad normativa: Reglamentos, ordenanzas, bandos. Competencia de los Entes Locales: Materias en las que pueden asumir competencias. Servicios mínimos obligatorios. Competencias delegadas.
Tema 15. La Función Pública Local: Concepto. Clases.
Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Especial referencia a los policías locales. Derechos, deberes e
incompatibilidades de los funcionarios públicos locales.
Tema 16. La actividad de las policías locales. Funciones según la Ley Orgánica 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Ley
1/89 de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.
Tema 17. Ley de Seguridad Vial. El Reglamento de Circulación. Normas generales de circulación. Transportes de mercancías que requieren precauciones especiales.
Tema 18. La actividad de la Policía Local como policía
administrativa. La actividad de la Policía Local en materia de protección civil municipal.
Tema 19. Delitos y faltas. Concepto. Circunstancias
modificativas de la responsabilidad criminal.
Tema 20. De los delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos de la persona reconocidos por las leyes. Delitos cometidos por particulares y por funcionarios públicos.
Tema 21. Delitos de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos. Delitos contra la autoridad y sus agentes.
Tema 22. Delitos contra las personas. Delitos contra la propiedad.
Tema 23. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.
Tema 24. Vida en sociedad. Personalidad y socialización. Status. Rol.
Tema 25. La ciudad. El suburbio. El fenómeno de la
urbanización. Población y grupo social.
Tema 26. La sociedad de masas. Características.
Tema 27. La Ley Orgánica 2/86, de Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad.
Tema 28. La Ley 1/89, de Coordinación de Policías Locales. Desarrollo.
Tema 29. Etica policial.
ANEXO II.3
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
ANEXO III
PLAZA DE AGENTE DE RECAUDACION
Número de plazas: Una.
Denominación: Agente de Recaudación.
Escala: Administración General.
Subescala: Agente de Recaudación.
Grupo: D.
Sistema de selección: Concurso-Oposición.
Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de
1. Grado o equivalente.
Derechos de examen: 1.035 ptas.
Sistema de selección y pruebas selectivas.
Fase de concurso.
Será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter
eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Se desarrollará mediante la valoración de los méritos que a continuación se indican:
- Desempeño de plaza análoga a la convocada en cualquiera de las Administraciones Públicas, 1 punto por cada año de servicio (las fracciones puntuarán proporcionalmente cuando alcancen meses completos), hasta un máximo de tres puntos.
Fase de oposición.
Constará de los siguientes ejercicios con carácter obligatorio y eliminatorio:
1.º Consistirá en copiar a máquina, durante 10 minutos, un texto elegido por el Tribunal, común a todos los aspirantes a una velocidad mínima de 250 pulsaciones por minuto. A efectos de puntuación, si se utilizan máquinas eléctricas o
electrónicas, las pulsaciones obtenidas se reducirán en un 10% a efecto de igualar sus ventajas comparativas con las normales. No se admitirán máquinas con memoria ni elementos correctores, siendo eliminados aquellos aspirantes que incumplan esta norma.
Se calificará la velocidad desarrollada, la limpieza y
exactitud de lo copiado y la corrección que presente el escrito. La máquina será aportada por los aspirantes.
2.º Consistirá en la realización de un test con respuestas alternativas o en el desarrollo de tres temas elegidos al azar por el Tribunal, común a todos los aspirantes, en el tiempo que por el Tribunal se determine, sobre las materias del programa adjunto.
3.º Consistirá en la resolución por escrito durante el tiempo que determine el Tribunal de un supuesto o supuestos prácticos, común a todos los aspirantes, que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio en relación con las funciones propias de la plaza y el programa anexo.
P R O G R A M A
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Los derechos y deberes fundamentales. Nociones generales.
Tema 2. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y
disposiciones generales. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 3. El Municipio. Organización municipal. Competencias.
Tema 4. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes administraciones territoriales. La autonomía municipal y el control de legalidad.
Tema 5. Las Haciendas Locales. Clasificación de los recursos. Las Ordenanzas Fiscales.
Tema 6. Los actos administrativos: Concepto y clases.
Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.
Tema 7. La informática en la Administración Pública. El ordenador personal: Sus componentes fundamentales.
Tema 8. Deberes de los funcionarios públicos. Responsabilidad y régimen disciplinario.
Tema 9. La ofimática. Especial referencia al tratamiento de texto y las bases de datos.
Tema 10. El IBI: Naturaleza del impuesto. Hecho imponible. Sujetos pasivos.
Tema 11. El IBI: Base imponible. Base liquidable. Tipo. Beneficios fiscales.
Tema 12. El IBI: Gestión catastral y tributaria.
Tema 13. Las ordenanzas fiscales en el ámbito local. Contenido, imposiciones y modificaciones.
Tema 14. Tasas y precios públicos. Concepto y distinción entre ambas figuras. Los estudios económicos y financieros para su imposición.
Tema 15. El IVTM. Hecho imponible. Tarifas. Su gestión
tributaria.
Tema 16. La prescripción y la caducidad y sus efectos
tributarios.
Tema 17. La protección de los datos tributarios.
Tema 18. El embargo de bienes y derechos en el Reglamento General de Recaudación.
Tema 19. Pagos. Medios de pagos y justificantes de pagos tributarios.
Tema 20. Recaudación de deudas de vencimientos periódicos y notificaciones colectivas.
Tema 21. El procedimiento de apremio. Disposiciones Generales. Título para la ejecución. Ingreso en el procedimiento de apremio.
Tema 22. Reclamaciones y recursos en materia tributaria. La suspensión de los actos administrativos tributarios.
Tema 23. El Impuesto sobre Construcciones y Obras. Hecho imponible y sujeto pasivo. La autoliquidación del impuesto. La tasa por expedición de licencia de obra.
Tema 24. Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Nociones generales.
ANEXO IV
PLAZA DE AGENTE CATASTRAL
Número de plazas: Una.
Denominación: Agente Catastral.
Grupo de convenio: C.
Sistema de selección: Concurso-Oposición.
Titulación exigida: Técnico Especialista en Delineación. Derechos de examen: 1.035 ptas.
Sistema de selección y pruebas selectivas.
Fase de concurso.
Será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter
eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Se desarrollará mediante la valoración de los méritos que a continuación se indican:
- Desempeño de plaza análoga a la convocada en cualquiera de las Administraciones Públicas, 1 punto por cada año de servicio (las fracciones puntuarán proporcionalmente cuando alcancen meses completos), hasta un máximo de tres puntos.
Fase de oposición.
Constará de los siguientes ejercicios:
1.º Ejercicio teórico. Consistirá en la realización de un test con respuestas alternativas o en el desarrollo de tres temas elegidos al azar por el Tribunal, común a todos los aspirantes, en el tiempo que por el Tribunal se determine, sobre las materias del programa adjunto.
2.º Consistirá en la resolución por escrito, en el tiempo que determine el Tribunal, de un supuesto o supuestos prácticos, común a todos los aspirantes, que planteará el Tribunal, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en relación con las funciones propias de la plaza y el programa anexo.
P R O G R A M A
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios
generales.
Tema 2. La Corona. El Poder Legislativo.
Tema 3. Organización territorial del Estado. Estatuto de Autonomía Andaluza: Su significado.
Tema 4. Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica.
Tema 5. La provincia en el Régimen Local. Organización
provincial. Competencias.
Tema 6. El municipio. Término municipal y población.
Organización y competencias.
Tema 7. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos locales. Resoluciones de los órganos unipersonales. Ordenanzas y Reglamentos: Concepto, clases, procedimientos de elaboración y aprobación.
Tema 8. Derechos y deberes del personal laboral. Derechos y deberes del personal según el Estatuto de los Trabajadores.
Tema 9. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votación. Actas y certificaciones de acuerdos.
Tema 10. La Administración Pública en el Ordenamiento Español. La personalidad jurídica de la Administración Pública. Clases de Administraciones Públicas.
Tema 11. El administrado. Colaboración y participación del ciudadano en las funciones administrativas. El principio de audiencia del interesado.
Tema 12. El acto administrativo. Concepto. Elementos.
Tema 13. Principios generales del procedimiento administrativo. Normas reguladoras. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Días y horas hábiles; cómputos de plazos. Recepción y registro de documentos.
Tema 14. La informática en la Administración Pública. El ordenador personal: Sus componentes fundamentales.
Tema 15. La ofimática. Especial referencia al tratamiento de texto y las bases de datos.
Tema 16. El IBI: Naturaleza del impuesto. Hecho imponible. Sujetos pasivos.
Tema 17. El IBI: Base imponible. Base liquidable. Tipo. Beneficios fiscales.
Tema 18. La gestión catastral y tributaria del Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza urbana.
Tema 19. La gestión catastral y tributaria del Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza rústica.
Tema 20. Las ordenanzas fiscales en el ámbito local. Contenido, imposiciones y modificaciones.
Tema 21. El Registro de la Propiedad y el Catastro.
Tema 22. El Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística.
Tema 23. La inscripción en el Registro de la Propiedad derivada del procedimiento del art. 131 de la Ley Hipotecaria y subastas judiciales.
Tema 24. El impuesto sobre sucesiones y donaciones.
Autoliquidación del impuesto, hecho imponible y sujeto pasivo.
Tema 25. El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos: Hecho imponible y sujeto pasivo. Obligaciones de los notarios respecto de los Ayuntamientos.
Tema 26. Planos catastrales. Levantamiento topográfico de los inmuebles para su inclusión en el catastro.
Tema 27. Inventario general de bienes y derechos de las Corporaciones Locales: Los bienes inmuebles, su conservación y protección.
Tema 28. Competencias del Instituto Geográfico Nacional en lo concerniente al mapa nacional topográfico y parcelario.
Tema 29. El término municipal. Alteraciones de términos municipales: Procedimientos. Deslinde de los términos
municipales.
Tema 30. El Sistema de Integración Geográfica y Catastral. Utilidad del Catastro y su relación con los tributos locales que afectan a los bienes inmuebles.
Tema 31. El Reglamento de dominio público hidráulico y su aplicación en el término municipal de La Rinconada.
Tema 32. La Ley de Costas y su Reglamento. Posible aplicación en el término municipal de La Rinconada.
Tema 33. Composición, funcionamiento y competencias de las Juntas Periciales de catastro en mobiliario rústico.
Tema 34. La Ley del Suelo de 1998 y la Ley de Expropiación Forzosa. Las valoraciones de inmuebles y el valor catastral.
Tema 35. La inspección de tributos en el ámbito de la
competencia del Centro de Gestión Catastral y cooperación tributaria.
Tema 36. Alteraciones catastrales. Nuevas construcciones, cambios de dominio y otros.
Tema 37. La Dirección General del Catastro. Su estructura y funciones.
Tema 38. Bases de datos catastrales y cartografía catastral.
Tema 39. Las ponencias de valores y la revisión de datos catastrales.
Tema 40. Colaboración y coordinación interadministrativa en materia de gestión catastral.
Tema 41. Los convenios en materia de gestión tributaria y cartográfica.
Tema 42. Los intercambios informáticos, formatos y contenidos de los ficheros del padrón del IBI y otros ficheros
catastrales.
Tema 43. Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Nociones generales.
ANEXO V
PLAZA DE AUXILIAR DE CATASTRO
Número de plazas: Una (Personal laboral).
Denominación: Auxiliar de Catastro.
Grupo de convenio: D.
Sistema: Oposición libre.
Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de
1. Grado o equivalente.
Derechos de examen: 1.035 ptas.
Sistema de selección y pruebas selectivas.
Fase de oposición.
Constará de los siguientes ejercicios:
1.º Consistirá en copiar a máquina durante 10 minutos, un texto elegido por el Tribunal, común a todos los aspirantes, a una velocidad mínima de 250 pulsaciones por minuto. A efectos de puntuación, si se utilizan máquinas eléctricas o
electrónicas, las pulsaciones obtenidas se reducirán en un 10% a efecto de igualar sus ventajas comparativas con las normales. No se admitirán máquinas con memoria ni elementos correctores, siendo eliminados aquellos aspirantes que incumplan esta norma.
Se calificará la velocidad desarrollada, la limpieza y
exactitud de lo copiado y la corrección que presente el escrito. La máquina será aportada por los aspirantes.
2.º Ejercicio teórico. Consistirá en la realización de un test con respuestas alternativas o en el desarrollo de tres temas elegidos al azar por el Tribunal, común a todos los aspirantes, en el tiempo que por el Tribunal se determine, sobre las materias del programa adjunto.
3.º Consistirá en la resolución por escrito, en el tiempo que determine el Tribunal, de un supuesto o supuestos prácticos, común a todos los aspirantes, que planteará el Tribunal, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en relación con las funciones propias de la plaza y el programa anexo.
P R O G R A M A
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Los derechos y deberes fundamentales. Nociones generales.
Tema 2. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y
disposiciones generales. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 3. El Municipio. Organización municipal. Competencias.
Tema 4. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes administraciones territoriales. La autonomía municipal y el control de legalidad.
Tema 5. Las Haciendas Locales. Clasificación de los recursos. Las Ordenanzas Fiscales.
Tema 6. Los actos administrativos: Concepto y clases.
Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.
Tema 7. Los recursos contra las resoluciones administrativas de los Ayuntamientos.
Tema 8. La potestad normativa en el municipio. Competencias y procedimiento.
Tema 9. La informática en la Administración Pública. El ordenador personal: Sus componentes fundamentales.
Tema 10. Derechos y deberes del personal laboral. Derechos y deberes del personal según el Estatuto de los Trabajadores.
Tema 11. La ofimática. Especial referencia al tratamiento de texto y las bases de datos.
Tema 12. El IBI: Naturaleza del impuesto. Hecho imponible. Sujetos pasivos.
Tema 13. El IBI: Base imponible. Base liquidable. Tipo. Beneficios fiscales.
Tema 14. La gestión catastral y tributaria del Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza urbana.
Tema 15. La gestión catastral y tributaria del Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza rústica.
Tema 16. Las ordenanzas fiscales en el ámbito local. Contenido, imposiciones y modificaciones.
Tema 17. Alteraciones catastrales. Nuevas construcciones, cambios de dominio y otros.
Tema 18. La Dirección General del Catastro. Su estructura y funciones.
Tema 19. Bases de datos catastrales y cartografía catastral.
Tema 20. Las ponencias de valores y la revisión de datos catastrales.
Tema 21. Colaboración y coordinación interadministrativa en materia de gestión catastral.
Tema 22. Los convenios en materia de gestión tributaria y cartográfica.
Tema 23. Los intercambios informáticos, formatos y contenidos de los ficheros del padrón del IBI y otros ficheros
catastrales.
Tema 24. Ley 31/95, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. Nociones generales.
ANEXO VI
PLAZA DE AGENTE MEDIOAMBIENTAL
Número de plazas: Una (Personal laboral).
Denominación: Agente Medioambiental.
Grupo de convenio: D.
Sistema de selección: Oposición libre.
Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de
1. Grado o equivalente.
Derechos de examen: 1.035 ptas.
Sistema de selección y pruebas selectivas.
Fase de oposición.
Constará de los siguientes ejercicios:
1.º Ejercicio teórico. Consistirá en la realización de un test con respuestas alternativas o en el desarrollo de tres temas elegidos al azar por el Tribunal, común a todos los aspirantes, en el tiempo que por el Tribunal se determine, sobre las materias del programa adjunto.
2.º Consistirá en la resolución por escrito, en el tiempo que determine el Tribunal, de un supuesto o supuestos prácticos, común a todos los aspirantes, que planteará el Tribunal, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en relación con las funciones propias de la plaza y el programa anexo.
P R O G R A M A
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Los derechos y deberes fundamentales. Nociones generales.
Tema 2. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y
disposiciones generales. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 3. El Municipio. Organización municipal. Competencias.
Tema 4. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes administraciones territoriales. La autonomía municipal y el control de legalidad.
Tema 5. Las Haciendas Locales. Clasificación de los recursos. Las Ordenanzas Fiscales.
Tema 6. Los actos administrativos: Concepto y clases.
Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.
Tema 7. La informática en la Administración Pública. El ordenador personal: Sus componentes fundamentales.
Tema 8. La ofimática. Especial referencia al tratamiento de texto y las bases de datos.
Tema 9. El medio ambiente en la Constitución Española y el Estatuto de Andalucía. Distribución de competencias en materia medioambiental entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 10. Organización de la Junta de Andalucía: La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.
Tema 11. La Ley 7/1994, de Protección Ambiental Andaluza. Estructura y conceptos generales.
Tema 12. Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (Decreto 292/1995). Conceptos generales.
Tema 13. Reglamento de Residuos Sólidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (Decreto 283/1995). Conceptos generales.
Tema 14. Reglamento de Calificación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (Decreto 297/1995). Conceptos generales.
Tema 15. Reglamento de Informe Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (Decreto 153/1996). Conceptos generales.
Tema 16. Reglamento de la Calidad del Aire de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (Decreto 74/1996). Conceptos generales. Orden de desarrollo del Reglamento (Orden de 23 de febrero de
1996). La Ordenanza Marco para municipios de más de 20.000 habitantes.
Tema 17. Reglamento de la calidad de las aguas litorales de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (Decreto 14/1995). Conceptos generales.
Tema 18. La Ley 3/1995, de Vías Pecuarias. Conceptos generales.
Tema 19. El Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (Decreto 155/1998). Conceptos generales.
Tema 20. Decreto 334/1994, sobre Autorizaciones de Vertidos al Dominio Público Marítimo-Terrestre. Conceptos generales.
Tema 21. La Ley 6/1998 del Suelo. El suelo no urbanizable y su protección.
Tema 22. Legislación sobre actividades extractivas. La Ley
22/1973 de Minas.
Tema 23. La Ley 22/1988, de Costas y su Reglamento de
desarrollo. (R.D. 1471/1989).
Tema 24. La Ley 29/1985 de Aguas. El Reglamento de Dominio Hidráulico.
Tema 25. Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Nociones generales.
ANEXO VII
PLAZA DE AUXILIAR DE BIBLIOTECA
Número de plazas: Dos (Personal laboral).
Categoría Profesional: Auxiliar de Biblioteca.
Grupo: D.
Sistema de selección: Oposición libre.
Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional 1. Grado o equivalente.
Derechos de examen: 1.035 ptas.
Sistema de selección y pruebas selectivas.
Fase de oposición.
Constará de los siguientes ejercicios:
1.º Ejercicio teórico. Consistirá en la realización de un test con respuestas alternativas o en el desarrollo de tres temas elegidos al azar por el Tribunal, común a todos los aspirantes, en el tiempo que por el Tribunal se determine, sobre las materias del programa adjunto.
2.º Consistirá en la resolución por escrito, en el tiempo que determine el Tribunal, de un supuesto o supuestos prácticos, común a todos los aspirantes, que planteará el Tribunal, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en relación con las funciones propias de la plaza y el programa anexo.
P R O G R A M A
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Los derechos y deberes fundamentales. Nociones generales.
Tema 2. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y
disposiciones generales. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 3. El Municipio. Organización municipal. Competencias.
Tema 4. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes administraciones territoriales. La autonomía municipal y el control de legalidad.
Tema 5. Las Haciendas Locales. Clasificación de los recursos. Las Ordenanzas Fiscales.
Tema 6. Los actos administrativos: Concepto y clases.
Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.
Tema 7. La informática en la Administración Pública. El ordenador personal: Sus componentes fundamentales.
Tema 8. La ofimática. Especial referencia al tratamiento de texto y las bases de datos.
Tema 9. El administrado. Concepto y clases. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.
Tema 10. La lectura en nuestra sociedad. El poder y el placer de leer.
Tema 11. Competencias de los municipios en materia cultural. Servicios y equipamientos culturales del Ayuntamiento de La Rinconada.
Tema 12. La Biblioteca Pública Municipal. Definición.
Organización. Funciones y servicios que deben ofrecer.
Tema 13. Los catálogos. Funciones de los catálogos en una biblioteca pública. Diferentes tipos de catálogos.
Tema 14. La colección de la biblioteca pública. Criterios generales para la selección y adquisición de sus fondos. El circuito del libro desde su adquisición hasta que se pone a disposición del lector en las distintas secciones de la Biblioteca.
Tema 15. Visión general de la catalogación y la clasificación. La Clasificación Decimal Universal (CDU).
Tema 16. La informatización de bibliotecas: Sistemas y
aplicaciones.
Tema 17. El servicio de préstamo. Importancia del servicio de préstamo en una biblioteca pública.
Tema 18. La Sección de Adultos en la biblioteca pública municipal. Espacios, fondos y servicios. Principales
editoriales y colecciones de libros para adultos.
Tema 19. La Sección Infantil en la biblioteca pública
municipal. Espacios, fondos y servicios. Principales
editoriales y colecciones de libros para niños.
Tema 20. La formación de usuarios en la biblioteca pública. Recursos de información y ayuda al lector. Guías de uso. Guías de lectura.
Tema 21. Servicios de biblioteca pública municipal para usuarios con necesidades específicas: Enfermos, invidentes, presos, etc....
Tema 22. Actividades de dinamización. Promoción del libro y de la lectura en la biblioteca municipal y su integración en el barrio y la ciudad.
Tema 23. Las bibliotecas escolares: Funciones y
características. La biblioteca escolar como centro de
documentación. Su relación con la biblioteca pública.
Tema 24. Ley de Bibliotecas de Andalucía. El Sistema de Bibliotecas de Andalucía.
Tema 25. Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Nociones generales.
La Rinconada, 24 de agosto de 2000.- El Alcalde.
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