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Por Resolución de 20 de octubre de 1997, se concedía al promotor KNA, S.A. (expediente 11.1.0041/96, 35 Viviendas de Protección Oficial de Régimen Especial en Alquiler en la Parcela E-5 Polígono San García de Algeciras), una subvención al amparo de lo establecido en el artículo 76 del Decreto/1996, de 6 de febrero, equivalente al 10% del precio máximo a que debieran haber podido venderse las viviendas que no superen los
70 m de superficie útil, la cual ascendía a la cantidad de
22.885.450 ptas. a abonar en relación al cumplimiento de los distintos hitos de obra, se especificaban en la mencionada Resolución.
No obstante lo anterior, con posterioridad, se acreditó la construcción de 875 m de superficie útil de garajes vinculados, por exigencia de la normativa municipal del Ayuntamiento de Algeciras, los cuales también se encuentran protegidos por la misma normativa y en el mismo porcentaje.
En virtud de lo anterior, y según lo dispuesto en el mismo artículo 76 y en los artículos 103 y siguientes de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y teniendo en cuenta el cumplimiento de las formalidades exigidas en la normativa aplicable,
HE RESUELTO
Primero. Se concede a la empresa «KNA, S.A.¯ una subvención equivalente al importe 10% del precio máximo a que se hubieran podido vender los garajes vinculados exigidos por las ordenanzas municipales y que asciende a un total de cuatro millones novecientas cuatro mil veinticinco pesetas (4.904.025 ptas.).
Segundo. El abono de la subvención se efectuará conforme al grado de ejecución de las obras con arreglo a los siguientes
hitos y porcentajes, pudiéndose acumular dos o más libramientos en función del estado de las obras:
- 75% a la presentación de
- 25% a la presente de certificación, emitida por el Secretario de la Delegación correspondiente, con el V.ºB.º del Delegado Provincial, de haber obtenido la Calificación Definitiva.
Tercero. Una vez percibido el importe de la subvención mencionada, deberá acreditarse la aplicación de la misma a la finalidad prevista en el mencionado Decreto.
Cuarto. Se autoriza al Viceconsejero para que dicte las instrucciones necesarias para su ejecución, desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden, que entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.
Sevilla, 21 de enero de 2000
FRANCISCO VALLEJO SERRANO
Consejero de Obras Públicas y Transportes