Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 22/2/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 21 de enero de 2000, por la que se modifica la subvención concedida a la entidad promotora KNA, SA, según Resolución que se cita.

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Por Resolución de 13 de abril de 1998, se concedía al promotor KNA, S.A. (expediente 11.1.0057/97, 38 Viviendas de Protección Oficial de Régimen Especial en Alquiler en la Parcela SC-4 San García de Algeciras) una subvención al amparo de lo establecido en el artículo 76 del Decreto/1996, de 6 de febrero, equivalente al 10% del precio máximo a que debieran haber podido venderse las viviendas que no superen los 70 m de superficie útil, la cual ascendía a la cantidad de 24.932.862 ptas. a abonar en relación al cumplimiento de los distintos hitos de obra, se especificaban en la mencionada Resolución.

No obstante lo anterior, con posterioridad, se acreditó la construcción de 950 m de superficie útil de garajes vinculados, por exigencia de la normativa municipal del Ayuntamiento de Algeciras, los cuales también se encuentran protegidos por la misma normativa y en el mismo porcentaje.

En virtud de lo anterior, y según lo dispuesto en el mismo artículo 76 y en los artículos 103 y siguientes de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y teniendo en cuenta el cumplimiento de las formalidades exigidas en la normativa aplicable,

HE RESUELTO

Primero. Se concede a la empresa «KNA, S.A.¯ una subvención equivalente al importe del 10% del precio máximo a que se hubieran podido vender los garajes vinculados exigidos por las ordenanzas municipales y que asciende a un total de cinco millones de trescientas veinticuatro mil trescientas setenta pesetas (5.324.370 ptas.).

Segundo. El abono de la subvención se efectuará conforme al grado de ejecución de las obras con arreglo a los siguientes hitos y porcentajes, pudiéndose acumular dos o más libramientos en función del estado de las obras:

- 75% a la publicación de la Resolución de concesión.

- 25% a la presente de certificación, emitida por el Secretario de la Delegación correspondiente, con el V.ºB.º del Delegado Provincial, de haber obtenido la Calificación Definitiva, una vez fiscalizadas las cantidades entregadas a cuenta (art. de la Ley 10/98).

Tercero. Una vez percibido el importe de la subvención mencionada, deberá acreditarse la aplicación de la misma a la finalidad prevista en el mencionado Decreto.

Cuarto. Se autoriza al Viceconsejero para que dicte las instrucciones necesarias para su ejecución, desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden, que entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 21 de enero de 2000

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes