Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 15/04/2000

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 14 de marzo de 2000, de la Dirección General de Administración Local, por la que se autoriza a doña Elia Márquez Machuca, Secretaria del Ayuntamiento de La Lantejuela (Sevilla), a desempeñar las funciones del puesto de trabajo de Secretaría en la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Estepa (Sevilla), en régimen de acumulación.

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La Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Estepa (Sevilla) acordó solicitar de esta Comunidad Autónoma, en sesión celebrada el día 17 de febrero de 2000, la autorización para la acumulación de las funciones de Secretaría a favor de doña Elia Márquez Machuca, Secretaria del Ayuntamiento de La Lantejuela (Sevilla).

El Ayuntamiento de La Lantejuela (Sevilla), mediante Resolución de su Presidencia de fecha 8 de marzo de 2000, no pone reparos a que la indicada funcionaria se haga cargo en forma acumulada de la función de Secretaría de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Estepa (Sevilla).

La petición formulada por la Mancomunidad últimamente citada, para que se autorice dicha acumulación de funciones, está fundamentada en la necesidad de asistencia profesional para los asuntos que afecten a la buena marcha de la Entidad, funciones éstas de carácter público y necesarias en todas las Corporaciones Locales, tal y como dispone el artículo 92.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local.

Con este propósito se ha instruido el preceptivo expediente que ha sido tramitado de conformidad con lo establecido en los artículos 129 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y 31 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

Por todo ello, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Artículo único. Autorizar la acumulación de la función del puesto de trabajo de Secretaría de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Estepa (Sevilla) a doña Elia Márquez Machuca, NRP 52561846/13/A3015, Secretaria del Ayuntamiento de La Lantejuela (Sevilla).

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y

177 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 14 de marzo de 2000.- El Director General, Jesús María Rodríguez Román.

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