Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 15/06/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 10 mayo de 2000, por la que se concede la modificación de las enseñanzas de Bachillerato al Centro privado de Educación Secundaria Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia, de Alcalá la Real (Jaén).

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Visto el expediente instruido a instancia de don Joaquín Morales Ferrer, como representante de la Fundación Benéfica Docente «Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia-Safa¯, titular del Centro Docente privado «Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia¯, sito en Alcalá la Real (Jaén), Avda. de Europa, núm. 1, solicitando autorización para reducir 2 unidades de Bachillerato en la modalidad de Tecnología y ampliar 2 unidades de Bachillerato en la modalidad de Ciencias de la Naturaleza y la Salud, según lo dispuesto en el Título IV, art..f), del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el Centro privado «Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia¯, de Alcalá la Real (Jaén), por Orden de 7 de octubre de 1996 (BOJA de 24 de mayo) tiene autorización definitiva para tres Centros, un Centro de Educación Infantil de 6 unidades y 120 puestos escolares, otro de Educación Primaria de 12 unidades y 300 puestos escolares y otro de Educación Secundaria con capacidad para: a) Educación Secundaria Obligatoria con 12 unidades y 360 puestos escolares,

b) Bachillerato con 2 unidades y 70 puestos escolares en la modalidad de Humanidades y Ciencias de Sociales y 2 unidades y

70 puestos escolares en la modalidad de Tecnología, y por Orden de 22 de junio de 1998 (BOJA de 30 de julio) está autorizado para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio: 1 ciclo de Técnico en Gestión Administrativa con

30 puestos escolares, 1 ciclo de Técnico en Instalaciones Electrotécnicas con 30 puestos escolares, 1 ciclo de Técnico en Electromecánica de Vehículos con 30 puestos escolares, 1 ciclo de Técnico en Operaciones de Transformación de Plásticos y Caucho con 30 puestos escolares; y Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior: 1 ciclo de Técnico Superior en Secretariado con 30 puestos escolares, y 1 ciclo de Técnico Superior en Automoción con 30 puestos escolares.

Vistos: La Constitución española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, evaluación y el gobierno de los Centros Docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común; el Real Decreto 1004/91, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/98, de 16 de febrero; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto

109/1992, de 9 de junio, la modificación de la autorización de las enseñanzas de Bachillerato al Centro de Educación Secundaria «Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia¯, de Alcalá la Real (Jaén), y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: «Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia¯.

Titular: Fundación Benéfico-Docente Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia-Safa.

Domicilio: Avda. de Europa, núm. 1.

Localidad: Alcalá la Real.

Municipio: Alcalá la Real.

Provincia: Jaén.

Código: 23000091.

Enseñanzas que se autorizan:

Educación Secundaria Obligatoria. Capacidad: 12 unidades y 360 puestos escolares.

Bachillerato:

- Modalidad: Ciencias de la Naturaleza y la Salud.

Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

- Modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: 4 unidades y 140 puestos escolares.

Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio:

- Un Ciclo de Técnico en Gestión Administrativa.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico en Equipos e Instalaciones

Electrotécnicas.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico en Electromecánica de Vehículos.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico en Operaciones de Transformación de Plásticos y Caucho.

Capacidad: 30 puestos escolares.

Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior:

- Un Ciclo de Técnico Superior en Secretariado.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Automoción.

Capacidad: 30 puestos escolares.

Segundo. La presente autorización surtirá efecto conforme a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 20 de junio, y de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Tercero. Antes del inicio de las enseñanzas autorizadas por la presente Orden, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Jaén, previo informe del Servicio de Inspección de

Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el Centro.

Cuarto. El Centro queda obligado al cumplimiento de la

legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. La presente Orden modifica las Ordenes de 7 de octubre de 1996 (BOJA de 2 de noviembre) y de 22 de junio de 1998 (BOJA de 30 de julio).

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, o, potestivamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 10 de mayo de 2000

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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