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Por don Serafín Esteban Aguilera Daza y don Luis Jiménez Redondo, en representación de la empresa «Cemalsa Expertos en Calidad, S.L.¯, ha sido presentada solicitud, acompañada de documentación, para la acreditación del laboratorio localizado en Almería, Ctra. de Níjar, núm. 28, Los Partidores-La Cañada. Realizada inspección al laboratorio para la evaluación de las condiciones técnicas de la entidad, se estima que cumple las condiciones requeridas.
Considerando que se ha dado cumplimiento a lo previsto en la Orden de esta Consejería de 15 de junio de 1989, por la que se regula el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública, así como a lo previsto en las disposiciones reguladoras específicas de las áreas de acreditación, establecidas mediante Ordenes de 5 de febrero y de
24 de octubre de 1991, y de 15 de julio de 1997, a propuesta de la Secretaría General Técnica, y en virtud de las facultades atribuidas por la Orden de 15 de junio de 1989 citada, esta Consejería ha resuelto lo siguiente:
Primero. Acreditar al laboratorio de la empresa «Cemalsa Expertos en Calidad, S.L.¯, localizado en Almería, Ctra. de Níjar, núm. 28, Los Partidores-La Cañada, para su actuación como laboratorio de ensayos para el control de calidad de la construcción y obra pública en las siguientes áreas técnicas: Area de control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua (HC).
- Area de ensayos de suelos, áridos, mezclas bituminosas y sus materiales constituyentes en viales (SV).
- Area de control de firmes flexibles y bituminosos y sus materiales constituyentes (SF).
Segundo. Inscribir la acreditación concedida en el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública de esta Consejería, con el número L082-53AL.
Tercero. Publicar esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cuarto. La acreditación otorgada tendrá validez por un período de cinco años, quedando supeditada al cumplimiento de lo establecido en la Orden de 15 de junio de 1989 y disposiciones específicas del área acreditada, debiendo, en todo caso, el interesado solicitar la prórroga de la misma en los seis meses anteriores a la expiración de dicho período. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio, o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Sevilla, 31 de julio de 2000
CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO
Consejera de Obras Públicas y Transportes
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