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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, se publica, para general conocimiento en sus propios términos, el fallo de la sentencia dictada con fecha 25 de julio de 2000, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el recurso contencioso-administrativo número 1381/1996, promovido por Alkantar, S.L., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Juan Ramón Ferreira Siles, en nombre de la entidad Alkantar, S.L., contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, de fecha 5 de marzo de 1996, que desestimó el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Delegación provincial de dicha Consejería en Granada, de fecha
6 de julio de 1995 (expediente SH-109/95), por la que se impuso una sanción de multa de 100.000 pesetas; y en consecuencia se confirman los actos impugnados por ser ajustados a Derecho. No hace especial pronunciamiento sobre las costas causadas.
Sevilla, 13 de diciembre de 2000.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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