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El Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria del día 10 de mayo de 2001, aprobó por mayoría absoluta, definitivamente, la modificación al Estudio de Detalle de la de la U.E. «Cooperativa Santísimo Cristo del Consuelo¯, conforme al acuerdo que transcrito literalmente dice:
APROBACION DEFINITIVA DE LA MODIFICACION AL ESTUDIO DE DETALLE DE LA UE «COOPERATIVA SANTISIMO CRISTO DEL CONSUELO¯
Considerando que por Resolución de la Alcaldía 2/2001, de 8 de enero, se aprobó inicialmente la modificación al Estudio de Detalle de la U.E. «Cooperativa Santísimo Cristo del Consuelo¯, redactada por el Arquitecto don Antonio Angel Rodríguez Serrano, a instancia de Promociones y Construcciones Aljumua, S.L.
Considerando que sometido a información publica durante el plazo de 15 días mediante anuncios en el BOJA, BOP y Diario Jaén, no se han presentado reclamaciones, conforme así se desprende del Certificado expedido por Secretaría a tal efecto.
Vistos los informes técnicos y jurídicos, emitidos al efecto y obrantes en el expediente.
Esta Comisión Informativa propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución «Cooperativa Santísimo Cristo del Consuelo¯, redactado por el Arquitecto don Antonio Angel Rodríguez Serrano, a instancia de Construcciones y Promociones Aljumua, S.L.
Segundo. Que se publique el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, en el BOJA y se comunique a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo y se notifique al interesado con señalamiento de recursos procedentes.
Lo que se hace público para la efectividad del mismo en cumplimiento de lo preceptuado en el art. 140.6 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición con carácter potestativo ante el Pleno del Ayuntamiento en el plazo de un mes, o interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo competente, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cazorla, 16 de mayo de 2001.- El Alcalde, Francisco Navarrete Arriaga.
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