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NIG: 4109100C20010030937.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 900/2001. Negociado: 2S. De: Don José Marañón Campos y María Teresa Marañón Campos. Procuradora: Sra. María Dolores Romero Gutiérrez. Contra: Sociedad de Promoción de Naves Industriales, Ramón Andrade Alvarez, Salvador Borrego Borrego, Rafael Guerrero Fernández, Antonio Rodríguez Pérez, Joaquín Estrada Carazo, Antonio Marín García y Juan Andrade Alvarez. Procurador: Sr. Jacinto García Sainz.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el Proced. Ordinario (N) 900/2001, seguido en el Juzgado de Primera Instancia, núm. Uno de Sevilla, a instancia de José Marañón Campos y María Teresa Marañón Campos contra Sociedad de Promoción de Naves Industriales, Ramón Andrade Alvarez, Salvador Borrego Borrego, Rafael Guerrero Fernández, Antonio Rodríguez Pérez, Joaquín Estrada Carazo, Antonio Marín García y Juan Andrade Alvarez, se ha dictado la Sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
En Sevilla, a 26 de septiembre de 2002. Vistos por doña Francisca Torrecillas Martínez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos con el núm. 900/01-2, a instancia de don José Marañón Campos y doña Teresa Marañón Campos, representados por la Procuradora doña M.ª Dolores Romero Gutiérrez y asistidos por el letrado don Javier Romero Martínez-Cañavate, contra «Sociedad de Promoción de Naves Industriales de Sevilla, S.A.¯, don Salvador Borrego Borrego, don Rafael Guerrero Fernández, don Antonio Rodríguez Pérez, don Joaquín Estrada Carazo y don Antonio Marín García, representados por el Procurador don Jacinto García Sainz y asistidos por el Letrado don José Luis de Montes Meana, y contra don Ramón Andrade Alvarez y don Juan Andrade Alvarez, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad, y,
FALLO
Que estimando la demanda formulada por don José Marañón Campos y doña Teresa Marañón Campos contra «Sociedad de Promoción de Naves Industriales de Sevilla, S.A.¯, don Salvador Borrego Borrego, don Rafael Guerrero Fernández, don Antonio Rodríguez Pérez, don Joaquín Estrada Carazo, don Antonio Marín García, don Ramón Andrade Alvarez y don Juan Andrade Alvarez, debo condenar y condeno a los referidos demandados a abonar a los actores por mitades iguales las siguientes cantidades:
- A la «Sociedad de Promoción de Naves Industriales de Sevilla, S.A.¯, la suma de 3.219,23 euros.
- A don Salvador Borrego Borrego, la suma de 1.073,07 euros.
- A don Rafael Guerrero Fernández, la suma de 1.073,07 euros.
- A don Antonio Rodríguez Pérez, la suma de 1.073,07 euros.
- A don Joaquín Estrada Carazo, la suma de 1.073,07 euros.
- A don Antonio Marín García, la suma de 1.073,07 euros.
- A don Ramón Andrade Alvarez, la suma de 1.073,07 euros.
- A don Juan Andrade Alvarez, la suma de 1.073, 07 euros.
Junto con los intereses legales de las indicadas sumas desde las fechas de emplazamiento, sin hacer expresa condena en costas respecto de los demandados allanados e imponiendo a los demandados rebeldes las costas causadas por las acciones deducidas contra los mismos.
Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación que deberá prepararse por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.
Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al
demandado Ramón Andrade Alvarez cuyo actual paradero se desconoce, y su publicación en el BOJA y en el tablón de anuncios de este Juzgado, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintiséis de septiembre de dos mil dos.- El/La Secretario.
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