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En el recurso contencioso-administrativo número 1337/98, interpuesto por «Cortijo Higuera Transportes, S.L.¯, contra Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía, números 14/1748/95 y 14/1749/95, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia, que es firme, de fecha dos de noviembre de dos mil uno, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Desestimamos el recurso contencioso-administrativo objeto de este procedimiento contra la resolución referida en el Antecedente de Hecho Primero de esta Resolución, la cual confirmamos, sin hacer expresa imposición de las costas procesales.¯
En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 25 de febrero de 1994, y de conformidad con lo establecido en los arts. 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Córdoba, 29 de octubre de 2002.- El Delegado, Antonio Hurtado Zurera.
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