Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 32 de 16/03/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE LA MALAHA

ANUNCIO sobre subsanación de omisión de las bases que se citan.

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Habiéndose producido una omisión en el apartado 6.º de las bases para provisión en propiedad de plaza de funcionario, Auxiliar de Biblioteca, publicadas en el BOJA núm. 22, de 21 de febrero de 2002, a continuación se transcribe:

El Tribunal podrá incorporar a sus trabajos a cuantos asesores especialistas considere oportunos con voz y sin voto. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.

Los miembros del Tribunal se abstendrán de intervenir cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en el art.

28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. Asimismo, los aspirantes podrán recusar en cualquier momento a los miembros de los Tribunales cuando concurran causas legales. El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de las convocatorias.

El Tribunal no podrá proponer que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de las vacantes convocadas, siendo nulas las propuestas que contravengan este límite.

B. PROCEDIMIENTO SELECTIVO

Fase de concurso: Que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición.

El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes y el resultado se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, previamente al primer ejercicio de la oposición.

La valoración de los méritos se ajustará a los siguientes criterios:

A) Méritos profesionales (hasta un máximo de 6 puntos).

1. Por cada mes completo de servicios prestados en el Ayuntamiento de La Malahá en plaza o puesto al que se opta acreditados mediante certificación: 0,05 puntos.

2. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en plaza o puesto de igual o similar contenido acreditados mediante certificación de la Administración Pública correspondiente: 0,03 puntos.

3. Por cada mes completo de servicios prestados en empresa pública o privada en plaza o puesto de igual o similar contenido acreditado mediante fe de vida laboral y respectivos contratos: 0,02 puntos.

B) Por estar en posesión de titulación superior a la exigida, Diplomatura o Licenciatura Universitaria: 1 punto.

La Malahá, 4 de marzo de 2002.- El Alcalde, Antonio Martín Martín.

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