Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De acuerdo con lo establecido en los arts. 146.12 del Real Decreto 1471/1989, por el que se aprueba el Reglamento General para desarrollo y ejecución de la Ley de Costas, en relación con el art. 63.3 de la Ley 27/1992, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se hace público que la Comisión Ejecutiva de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía de fecha 1 de febrero de 2002 tomó, por delegación de la Consejera de Obras Públicas y Transportes, entre otros, el siguiente Acuerdo:
"Aprobar, por delegación del titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, el otorgamiento de concesión administrativa a favor de la entidad Arbupesca 2000, S.L., cuyo objeto es "la explotación del servicio portuario de suministro de hielo a los pesqueros en el Puerto de Bonanza (Cádiz)", con una duración de quince años y un canon anual de
20.082,68 euros con sujeción a los términos y contenidos recogidos en el Pliego de Condiciones Generales para Concesiones de Dominio Público en Puertos e Instalaciones Portuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y Pliego de Condiciones Particulares y Prescripciones y al Reglamento de Explotación de Fábrica de Hielo del Puerto de Bonanza y anexos al mismo, que se adjuntan a la propuesta.
El presente acuerdo queda condicionado a la incorporación al expediente del informe preceptivo sobre el canon ofrecido por el adjudicatario, a evacuar por la Dirección General de Tributos, art. 13, Ley 6/86, de tarifas y cánones en Puertos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y Decreto 176/1995 sobre determinación del sumando de actividad de los cánones de concesiones en los puertos adscritos a la Comunidad Autónoma."
Sevilla, 26 de febrero de 2002.- El Director Gerente, Juan Carlos Fernández-Rañada de la Gándara
Descargar PDF