Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 11/04/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE ALMERIA

ANUNCIO de bases.

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CONVOCATORIA Y BASES GENERALES PARA LA PROVISION, EN PROPIEDAD, DE PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALMERIA, PERTENECIENTES A LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DEL AÑO 2001

I. Objeto de la convocatoria.

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, como funcionarios de carrera o como personal laboral fijo, de las plazas vacantes de la plantilla de personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Almería, pertenecientes a la Oferta de Empleo Público del año 2001, encuadradas en las escalas, subescalas, grupos y categorías definidos en el Capítulo IV del Título VII del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril.

Estarán dotadas con las retribuciones básicas correspondientes a cada grupo y complementarias que se establezcan anualmente en la Relación de Puestos de Trabajo de esta Corporación. Las plazas objeto de provisión son las siguientes:

FUNCIONARIOS DE CARRERA

Denominación: Arquitecto Superior.

Grupo: A.

Vacantes: 1.

Turno: Libre.

Clasificación: Escala de Admón. Especial. Subescala Técnica Clase Técnicos Superiores.

Anexo: 1.

Denominación: Ingeniero Superior Agrónomo. Grupo: A.

Vacantes: 1.

Turno: P. Interna.

Clasificación: Escala de Admón. Especial. Subescala Técnica. Clase Técnicos Superiores.

Anexo: 2.

Denominación: Analista Programador.

Grupo: B.

Vacantes: 2.

Turno: Libre.

Clasificación: Escala de Admón. Especial. Subescala Técnica. Clase Técnicos Medios.

Anexo: 3.

Denominación: Técnico Medio Gestión. Rama Graduado Social. Grupo: B.

Vacantes: 1.

Turno: P. Interna.

Clasificación: Escala de Admón. Especial. Subescala Técnica. Clase Técnicos Medios.

Anexo: 4.

Denominación: Subalterno.

Grupo: E.

Vacantes: 10.

Turno: Libre.

Clasificación: Escala de Admón. General. Subescala Subalterna. Anexo: 5.

Denominación: Encargado Parques y Jardines. Grupo: C.

Vacantes: 1.

Turno: P. Interna.

Clasificación: Escala de Admón. Especial. Subesc. Servicios Especiales. Clase Personal de Oficios. Anexo: 6.

PERSONAL LABORAL FIJO

Denominación: Agente Vigilante Notificación.

Vacantes: 2.

Turno: Libre.

Nivel de titulación: Certificado de Escolaridad.

Anexo: 7.

2. Los aspirantes que superen las convocatorias a que se refieren las presentes bases desempeñarán las funciones propias de las plazas a que accedan y quedarán sometidos al régimen de incompatibilidades, lo que supondrá la prohibición de ejercer cualquier otra actividad en el sector público o privado sin el previo reconocimiento de compatibilidad, salvo las legalmente excluidas en dicho régimen.

3. Las plazas objeto de esta convocatoria podrán ser aumentadas con las vacantes producidas antes del inicio del último ejercicio de la oposición, siempre que se encuentren dotadas presupuestariamente y no se encuentren incluidas en Ofertas de Empleo Público posteriores. En todo caso, no se podrá superar el límite del 25% de la tasa de reposición de efectivos, para personal de nuevo ingreso, de conformidad con lo dispuesto en el art. 21 de la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de

Presupuestos Generales del Estado para 2002.

4. La realización de los procesos selectivos se ajustará al sistema de concurso-oposición libre, con garantía, en todo caso, de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

5. Los funcionarios que participen en pruebas de promoción interna deberán tener una antigüedad de, al menos, dos años en el Grupo a que pertenezcan, computados hasta el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, y poseer la titulación y el resto de los requisitos establecidos con carácter general para el acceso al Grupo en el que aspiran ingresar. La promoción interna de las plazas convocadas se efectuará únicamente desde un determinado Grupo de titulación a otro inmediatamente superior. En los Anexos reguladores de las plazas adscritas al turno de

promoción interna se determinará la exención de materias y pruebas de las que los funcionarios se hayan examinado para ingresar en la categoría desde la que promocionan, de acuerdo con la normativa vigente.

6. Esta convocatoria con las correspondientes bases y sus anexos, listas de admitidos, Tribunales y la determinación de los lugares y fechas de celebración del primer ejercicio y de inicio de cada proceso selectivo se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos de la Corporación. Todas las demás actuaciones de los Tribunales, hasta la resolución del proceso selectivo, se publicarán únicamente en el tablón de edictos. En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se publicará esta convocatoria con sus Anexos correspondientes. En el Boletín Oficial del Estado se publicará extracto detallado de esta convocatoria.

II. Requisitos de los aspirantes.

7. Para participar en los procesos selectivos, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales además de los especificados en los Anexos de cada convocatoria:

a) Ser español/a.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquélla en que le falten menos de 10 para la jubilación forzosa por edad determinada por la legislación básica en materia de Función Pública. Este requisito no será aplicable en los casos de promoción interna.

c) Estar en posesión del título exigido para cada plaza o grupo de plazas, según se especifica en los Anexos que acompañan estas bases o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes.

d) No haber sido separado o despedido mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

e) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impidan el desempeño de las tareas y funciones de las plazas a cubrir.

f) No estar incurso en causa de incompatibilidad según lo dispuesto en el Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de dos horas y media, dos temas del Programa de Materias Específicas, uno del Bloque III y otro del Bloque IV. Los temas serán extraídos al azar en presencia de los aspirantes. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Tercer ejercicio: Práctico. De carácter, igualmente,

obligatorio y eliminatorio, consistirá en la realización de un trabajo o supuesto determinado por el Tribunal, que sea concerniente a las funciones correspondientes a la plaza de Arquitecto Superior, que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes durante un período de una hora y media. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

PROGRAMA

BLOQUE I

Materias comunes

1. La Constitución Española de 1978: Principios generales. Características y estructura. Principios generales.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Garantías y suspensión de los derechos y libertades. El Defensor del Pueblo.

3. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.

Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras Disposiciones generales.

5. Los Derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y

participación de los ciudadanos en la Administración, con especial referencia a la Admón. Local.

6. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Motivación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

7. El procedimiento administrativo local. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.

9. La responsabilidad de la Administración. Evolución

histórica. Régimen actual.

10. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entidades Locales.

11. Organización municipal. Competencias municipales.

12. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales: Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

13. El servicio público local. Concepto. Formas de gestión directa. Formas de gestión indirecta.

14. Los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Funcionamiento. Actas y

certificados de acuerdos.

15. Personal al servicio de la Entidad Local. Los funcionarios públicos: Clases. Selección. Situaciones administrativas. Provisión de Puestos de Trabajo. El personal laboral. Tipología y selección.

16. Derechos del personal al servicio de los Entes Locales. Deberes del personal al servicio de los Entes Locales.

Responsabilidad. Régimen disciplinario. Régimen de

Incompatibilidades.

17. Los contratos administrativos. Concepto y clases.

18. El Presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración. Aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y fiscalización.

BLOQUE II

Materias específicas

1. La licencia urbanística: Concepto, naturaleza y

caracteres. Actos sujetos a licencia.

2. Procedimiento de otorgamiento de las licencias urbanísticas. Especialidades procedimentales.

3. Suspensión del otorgamiento de licencias.

4. El instituto de la caducidad en las licencias.

5. Concepto urbanístico de solar. Edificación y urbanización simultáneas.

6. El deber urbanístico de conservación: Ordenes de ejecución y estado ruinoso.

7. Los edificios fuera de ordenación.

8. Las infracciones urbanísticas y su sanción.

9. Parcelaciones e indivisibilidad de las parcelas.

10. El contrato de Obras en la Administración Pública.

Actuaciones preparatorias. Anteproyectos y proyectos de obras. Documentación. Supervisión de proyectos. Replanteo y pliegos de cláusulas administrativas particulares. Los expedientes de contratación. Clases.

11. Formas de adjudicación de los contratos de obras. Las subastas. Las subastas con admisión previa. Los concursos. La contratación directa. La publicidad de las adjudicaciones. Formalización del contrato de obras.

BLOQUE III

12. Legislación urbanística: Objeto, antecedentes, competencias estatales desde la STC 61/97, competencias de las Comunidades Autónomas. Legislación urbanística de aplicación en la

Comunidad Autónoma de Andalucía.

13. El planeamiento como instrumento de la política

urbanística. Los diferentes tipos de Planes de ordenación.

14. Planeamiento supramunicipal: Plan Nacional de Ordenación y Planes Directores Territoriales.

15. Ordenación urbanística de los municipios. Plan General de Ordenación Urbana: Objeto, determinaciones y documentación.

16. Normas Complementarias y Normas Subsidiarias: Disposiciones generales. Normas Subsidiarias: Clases, determinaciones y documentación. Determinaciones de las Normas Complementarias.

17. Normas Subsidiarias de planeamiento municipal y

Complementarias en suelo no urbanizable de ámbito provincial.

18. Los proyectos de delimitación de suelo urbano. La

ordenación urbanística en municipios sin planeamiento. Normas de aplicación directa.

19. Planeamiento de desarrollo I. Planes Parciales: Objeto, determinaciones y documentación.

20. Planeamiento de desarrollo II. Planes Especiales: Clases, determinaciones y documentación. Planes Especiales de

Protección. Planes Especiales de Reforma Interior.

21. Planeamiento de desarrollo III. Programas de Actuación Urbanística: Determinaciones y documentación.

22. Otros instrumentos. Estudios de detalle. Proyectos de Urbanización. Catálogos.

23. Desarrollo y ejecución del Plan General de Ordenación Urbana de Almería: Instrumentos de gestión y ejecución.

24. Régimen del suelo no urbanizable en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Almería. Los usos en el suelo no urbanizable.

25. Elaboración y aprobación de los Planes I. Actos

preparatorios. Competencias y procedimiento.

26. Elaboración y aprobación de los Planes II. Iniciativa y colaboración en el planeamiento. Vigencia y revisión. Efectos.

27. Las áreas Amur y Azur en el vigente Plan General de Ordenación Urbana. Condiciones de edificación en dichas áreas.

28. El Plan Especial de Protección del Medio Físico de la Provincia de Almería y su catálogo.

29. Particularidades de la ordenación urbanística en las proximidades de las carreteras y ferrocarriles. Incidencia de la legislación sectorial en la ordenación urbanística,

carreteras y transportes.

30. Particularidades de la ordenación urbanística en las proximidades de costas, puertos y cauces públicos.

31. Normas Generales de usos en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Almería.

32. Usos dotacionales y de servicios en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Almería. Servicios de interés público y social. Espacios libres.

33. Normas Generales de edificación en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Almería; especial mención a las condiciones de posición y forma.

34. Condiciones calidad, higiene y seguridad en las normas de edificación del vigente Plan General de Ordenación Urbana de Almería.

35. Normas Generales de edificación en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Almería; especial mención a las condiciones ambientales y de estética.

36. Normas de urbanización en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Almería.

37. La protección del Patrimonio Cultural en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Almería. Especial mención a las normas de protección del Patrimonio Arqueológico.

38. El Patrimonio Arquitectónico en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Almería. Normas de protección. El catálogo de elementos protegidos.

39. La normativa particular de edificación en el suelo urbano del vigente Plan General de Ordenación Urbana de Almería. Zonas y subzonas.

40. Las zonas internas al área central en el suelo urbano del vigente Plan General de Almería. Zonas. Condiciones comunes. Condiciones estéticas.

41. Zonas y normativa en el suelo no urbanizable del municipio de Almería.

42. Información urbanística e intervención municipal en la edificación y uso del suelo en el vigente Plan General de Almería.

BLOQUE IV

43. Ley 7/94, de 18 de mayo, de Protección Ambiental en Andalucía. Disposiciones Generales. Prevención ambiental. Calidad ambiental. Residuos. Disciplina ambiental.

44. Calificación ambiental: Disposiciones Generales, puesta en marcha, inspección y vigilancia.

45. Normas de Protección Ambiental en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Almería.

46. Los proyectos de obras ordinarias de urbanización y los proyectos de edificación: Partes - contenido - documentación - normativa aplicable a su redacción.

47. Normas básicas de edificación. Especial referencia a las condiciones térmicas, acústicas y sísmicas en los edificios.

48. Condiciones acústicas en la edificación. Conceptos

fundamentales. Especificaciones de proyecto. Normativa.

49. Condiciones higrotérmicas en la edificación. Conceptos fundamentales. Inercia térmica. Especificaciones de proyecto. Normativa.

50. La normativa de protección contra incendios. Conceptos. Estructuración. El Reglamento de protección contra incendios.

51. El diseño contra incendios en los edificios. La

compartimentación, evacuación y señalización.

52. Medidas contra incendios en los elementos constructivos y los materiales. Los locales de riesgo especial.

53. Las instalaciones de protección contra incendios en los edificios.

54. Normativa técnica en la edificación. Normas. Reglamentos e instrucciones. Ambito de aplicación y obligatoriedad.

55. Normas técnicas para la accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y en el transporte de Andalucía.

56. Seguridad y Salud en el trabajo. Riesgos profesionales y técnicas de lucha. Seguridad y Salud en el sector de la construcción y obras públicas. Ley de Prevención de Riesgos Laborales y demás normativa.

57. Condiciones higiénicas mínimas en las viviendas.

58. Requisitos generales para la ejecución: Función

legitimadora del planeamiento, orden de prioridades. Especial referencia a la programación en el planeamiento y a las consecuencias de su incumplimiento.

59. Facultades urbanísticas del derecho de propiedad. Derechos, obligaciones y cargas de la propiedad. Equidistribución, cesiones, costes de urbanización y conservación. Edificación en los plazos previstos.

60. Las técnicas de justa distribución de los beneficios y cargas del planeamiento. Areas de reparto: Finalidad,

delimitación y especial referencia a los Sistemas Generales. Aprovechamiento tipo.

61. Justificación de la delimitación de las áreas de reparto. El cálculo del aprovechamiento tipo.

62. Las Unidades de Ejecución en la gestión urbanística y su delimitación.

63. El régimen del suelo urbano en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Almería. Gestión. Transferencias de aprovechamiento. Unidades de Ejecución.

64. Obtención de terrenos dotacionales: Integración en Unidades de Ejecución. Expropiación. Ocupación directa y Transferencias de Aprovechamiento Urbanístico.

65. Actuaciones asistemáticas en suelo urbano: Transferencias de Aprovechamiento Urbanístico. Intervención mediadora de la Administración en las Transferencias de Aprovechamiento.

66. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo.

Clasificación y calificación del suelo en municipios con planeamiento.

67. Suelo urbano.

68. Suelo urbanizable.

69. Suelo no urbanizable.

70. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo en el Plan General de Ordenación Urbana de Almería.

71. Los Sistemas de Actuación: Concepto y régimen de «números clausus¯. La elección del sistema y su sustitución.

72. El Sistema de Compensación. Proyecto de compensación. Ejecución de las obras de urbanización. cesión de terrenos y obras de urbanización.

ANEXO 2

CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE INGENIERO SUPERIOR AGRONOMO

GRUPO A

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante el sistema de acceso de promoción interna, como funcionario de carrera, de una plaza de Ingeniero Superior Agrónomo, encuadrada en la escala de Admón. Especial, subescala Técnica, clase Técnicos Superiores, perteneciente al Grupo A, por el sistema de acceso de concursooposición, por promoción interna.

A) Requisitos específicos:

2. Pertenecer a la Escala de Admón. Especial, Subescala Técnica, Clase Técnicos Medios, Grupo B, categoría Ingeniero Técnico Agrícola, del Ayuntamiento de Almería, con una

antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala, o desempeñar plaza del Grupo B de cualquier Escala, de

funcionario de carrera, de este Ayuntamiento, de contenido análogo o sustancialmente coincidente con la de Ingeniero Técnico Agrícola, con una antigüedad, al menos, de 2 años en la plaza del Grupo B.

3. Poseer la titulación de Ingeniero Agrónomo o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

B) Proceso selectivo:

4. El proceso de selección será el de concurso-oposición por el sistema de promoción interna, desarrollándose el mismo conforme a lo dispuesto en la base VI de la convocatoria y bases generales, con las siguientes particularidades:

a) Fase de concurso: En atención al sistema de acceso de promoción interna para esta convocatoria, el baremo a aplicar en esta fase será el que se indica en la base general 27 de la convocatoria:

b) Fase de oposición: Se ajustará conforme a lo previsto en la base VIII de la convocatoria y bases generales, desarrollándose los ejercicios como a continuación se especifica:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de dos horas, dos temas de carácter general, determinados por el Tribunal antes de celebrarse el ejercicio y relacionados, uno con el Bloque I de Materias Comunes y otro del Bloque II de Materias Específicas del Programa que acompaña a esta convocatoria, que no coincida con epígrafe concreto del mismo. La determinación de estos temas de carácter general se llevará a cabo por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio de entre cinco temas extraídos al azar. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, valorándose, además de los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita, la aportación personal del aspirante y su capacidad de

síntesis. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de dos horas y media, dos temas

correspondientes al Bloque II de Materias Específicas del Programa que acompaña a esta convocatoria. Los temas serán extraídos al azar en presencia de los aspirantes. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Tercer ejercicio: Práctico. De carácter, igualmente,

obligatorio y eliminatorio, consistirá en la realización de un trabajo o supuesto determinado por el Tribunal, que sea concerniente a las funciones correspondientes a la plaza de Ingeniero Superior Agrónomo, que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes durante un período de una hora y media. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

PROGRAMA PARA ACCESO POR PROMOCION INTERNA

De conformidad con lo dispuesto en el art. 77 del R.D.

364/95, de 10 de marzo, a continuación se relaciona temario con exención de las materias cuyo conocimiento se ha acreditado suficientemente en las pruebas de ingreso al cuerpo o escala de origen.

BLOQUE I

Materias comunes

1. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

2. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.

3. La responsabilidad de la Administración. Evolución

histórica. Régimen actual.

4. Organización municipal. Competencias municipales.

5. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales: Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

6. El servicio público local: Concepto. Formas de gestión directa. Formas de gestión indirecta.

BLOQUE II

Materias específicas

1. Climatología. Componentes del clima. Insolación. Luz natural.

2. Clima. Temperatura. Humedad. Viento. Cortavientos. Diagramas y clasificación de climas.

3. Suelos. Clases de suelos. Constituyentes. Enmiendas y acondicionamiento.

4. Sustratos orgánicos e inorgánicos. Estiércoles y turbas.

5. Fertilización. Clasificación de fertilizantes: Forma de empleo y aplicación.

6. Abonos y abonados. Clases y formas de empleo y aplicación.

7. Jardinería y jardines. Diversas formas de jardines y su composición.

8. Historia y origen de los estilos de jardinería.

9. Jardinería árabe. Jardinería renacentista italiana.

Jardinería francesa y jardinería inglesa.

10. Plantas de jardines. Plantación de árboles. Epocas de cultivo de las diferentes plantas. Transplante de plantas. Formas y épocas de hacerlo.

11. Plantación de arbustos. Formas libres y rígidas. Porte, color.

12. Céspedes y tapizantes. Implantación y cuidados.

13. Las gramíneas cespitosas en las instalaciones deportivas. Instalación y conservación.

14. Plagas de los jardines. Formas de combatirlas y productos empleados.

15. Enfermedades criptogámicas y bacterianas de las plantas. Virus. Lucha y tratamientos.

16. Poda. Formas de poda. Epocas de hacerla. Herramientas necesarias para hacerla.

17. Riego en jardinería. Clases y épocas de hacerlo.

18. Floricultura y diseño de jardines.

19. La tierra de los jardines. Clases. Preparación de la tierra para la plantación. Excavaciones.

20. Propagación de plantas. Bases y métodos de propagación.

21. Bancos de semillas en el suelo. Dormición. Mecanismos de ruptura de la dormición.

22. Acodos e Injertos. Condiciones que afectan a los mismos. Técnicas más importantes de realizarlos.

23. Palmáceas, plantas crasas y cactáceas. Descripción. Cultivo y variedades.

24. Formas de redactar un proyecto de parques y jardines. Memoria. Anejos. Planos. Pliegos de condiciones y presupuesto.

25. Ordenanzas municipales sobre jardinería y paisaje.

26. Características de un vivero municipal. Organización.

27. Conservación de espacios verdes en zonas áridas.

Xerojardinería.

28. Flora mediterránea. Estudio de la flora almeriense en función de la climatología.

29. Construcción de un campo de golf, ejemplo de jardín paisajista.

30. Mantenimiento y conservación de superficies ajardinadas en clima mediterráneo.

31. Parques infantiles de juego. Necesidades, condiciones y normativas.

ANEXO 3

CONVOCATORIA DE DOS PLAZAS DE ANALISTA PROGRAMADOR

GRUPO B

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, como funcionario de carrera, de dos plazas de Analista Programador, encuadradas en la escala de Admón. Especial, subescala Técnica, clase Técnicos Medios, perteneciente al Grupo B, por el sistema de acceso de concurso-oposición, turno libre.

A) Requisitos específicos:

2. Poseer la titulación de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión o de Sistemas, o Diplomado en Informática o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

B) Proceso selectivo:

3. El proceso de selección será el de concurso-oposición libre, desarrollándose el mismo conforme a lo dispuesto en la base VI de la convocatoria y bases generales, con las

siguientes particularidades:

a) Fase de concurso: Esta fase se calificará aplicando el baremo de la base general 23 de la convocatoria.

b) Fase de Oposición: Se ajustará conforme a lo previsto en la base VIII de la convocatoria y bases generales, desarrollándose los ejercicios como a continuación se especifica:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en realizar por escrito, durante un máximo de dos horas y media, dos temas de carácter general, de entre los comprendidos en el Bloque II de Materias Específicas, que no coincidan con epígrafe concreto del mismo, siendo leídos con posterioridad por los candidatos en sesión pública, salvo caso de fuerza mayor, previa justificación, en cuyo caso será leído por el Tribunal. La determinación de este tema de carácter general se llevará a cabo por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio de entre cinco temas extraídos al azar. Concluida su lectura, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre materias objeto de las mismas y pedirle cualquier otra explicación complementaria. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio: De carácter, igualmente, obligatorio y eliminatorio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas, un tema concreto, extraído al azar, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en presencia de los aspirantes, del Bloque I del Programa de Materias Comunes que acompaña esta convocatoria. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública, ante el Tribunal. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Tercer ejercicio: Práctico: De carácter obligatorio y

eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en

desarrollar por escrito, durante un período de hora y media, la realización de supuesto práctico, fijado por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de los ejercicios sobre materias objeto de la plaza de Analista Programador que se convoca, que ponga de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

PROGRAMA

BLOQUE I

Materias comunes

1. La Constitución Española de 1978: Principios generales. Características y estructura.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.

4. Los Derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y

participación de los ciudadanos en la Administración.

5. El acto administrativo: Concepto, eficacia y validez. El procedimiento administrativo local: Sus fases. El silencio administrativo.

6. Régimen Local español: Principios constitucionales y regulación jurídica.

7. Organización y competencias municipales.

8. Personal al servicio de la Entidad Local. La Función Pública Local: Organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

9. Derechos del personal al servicio de los entes locales. Deberes del personal al servicio de los entes locales.

Responsabilidad. Régimen disciplinario. Régimen de

Incompatibilidades.

10. Funcionamiento de los órganos colegiados locales:

Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

11. Los contratos administrativos: Concepto y clases.

Elementos.

12. El Presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y fiscalización.

BLOQUE II

Materias específicas

1. Sistemas operativos. Configuración de Windows NT 4.0 y Windows 2000 Server: Dominios y Relaciones de Confianza en NT

4.0. Roles en el Dominio. Configuración de Disco. Configuración de Red.

2. Sistemas operativos. Administración de Windows NT 4.0 y Windows 2000 Server: Seguridad. Cuentas de usuario y entornos de usuario. Grupos. Recursos. Permisos de recursos, directorios y ficheros.

3. Sistemas operativos. Administración de Windows NT 4.0 y Windows 2000 Server: Herramientas Administrativas. Servicios: Schedule, RAS, etc.

4. Sistemas operativos. Los Servicios de Terminal en Windows

2000 Server.

5. Redes. Modelo de referencia OSI.

6. Redes. Tecnología de redes en el nivel 2: Ethernet, Token Ring, ATM, Gigabit Ethernet, FDDI.

7. Redes. Tecnologías WAN: RDSI, DSL, Frame Relay, VPN.

8. Redes. Elementos Activos: Hub, Switch, Repetidor, Bridge, Router, etc.

9. Redes. Protocolo TCP/IP: Direccionamiento IP. Redes y Subredes. Resolución de Nombres.

10. Redes. Protocolos de enrutamiento.

11. Internet/Intranet. Protocolos y Servicios básicos.

12. Internet/Intranet. Programación: HTML, JavaScript, VB Script.

13. Internet/Intranet. Tecnología de Servidores Web: IIS y Domino.

14. Internet/Intranet. Mensajería y colaboración con Notes.

15. Bases de datos. Lenguaje SQL. Elementos de una Base de Datos Cliente/Servidor: Tablas, Relaciones, Procedimientos Almacenados, Triggers, etc.

16. Bases de datos. Acceso a las Bases de Datos. ODBC, acceso nativo, DAO, RDO y ADO.

17. Programación. Herramientas RAD en Windows. Entornos GUI. Programación orientada a eventos.

18. Programación. Programación Orientada a Objetos. Objetos, mensajes, métodos y propiedades. Abstracción, encapsulamiento, herencia y polimorfismo.

19. Programación. Programación mediante componentes. OLE, COM, DCOM, OLE2, ActiveX.

20. Proyectos informáticos: Gestión y Dirección de Proyectos. Estudio de viabilidad. Estudio funcional de los Sistemas de Información. Desarrollo. Implantación y Puesta en marcha. Mantenimiento de Sistemas de Información.

21. Metodología de análisis. Ciclo de vida de un sistema informático. Diseño y construcción de un sistema informático, técnicas descriptivas en el análisis funcional. Técnicas descriptivas de aspectos técnicos.

22. Bases de datos Adabas. Arquitectura Adabas. Utilidades Adabas.

23. Natpool en un entorno CICS. Administración de Informes. Administración de impresoras.

24. Arquitectura SNA. Logical Unit. Phisical Unit. Network. Addressable Unit. Modelos SNA y OSI.

25. Estructura del ACT/VTAM y ACF/NCP.

26. Comunicaciones personales 3270. Modos. Conectividad. Carecterísticas.

27. CICS/ESA. Funciones básicas. Organización. Objetivos del CICS. Transacciones y tareas. Componentes del CICS (tablas). Estructuras de instrucciones. Llamadas externas. Acceso a ficheros. Llamadas a programas.

28. Programación de aplicaciones en CICS, control de programas. Conceptos. Actividades. Estructuras de Programas. Mandatos asociados.

29. Programación de aplicaciones en CICS, control de

terminales. Servicios suministrados. Mandatos de control de terminales HLPI.

30. Programación de aplicaciones en CICS, control de ficheros. Opciones soportadas. Mandatos de entrada. Mandatos de salida. Mandatos de actualización, Mandatos de borrado. Condiciones Excepcionales.

31. Programación de aplicaciones en CICS. Configuración de programas ON-LINE en Cobol.

32. VSE/ESA. Programas de control de sistemas. Memoria y multiprogramación. Utilización del procesador. Area compartida. Gestión de datos. Organización de métodos de acceso. Métodos de acceso VSEESA/Memoria Virtual. Protección de datos.

33. VSE/POWER. Concepto y funciones. Operaciones periféricas simultáneas (SPOOLING). Entrada remota de trabajos. Lenguajes de control de la entrada de trabajos.

34. VSAM/AMS. Estructura física, lógica y de datos.

Organización y características. Indices y caminos alternativos.

35. Seguridad e integridad de datos en el HOST: Consideraciones generales. Seguridad e integridad en el VSE/ESA. Procedimiento de copia y recuperación, generalidades. Consideraciones de seguridad en DB2. Seguridad de la instalación.

36. Manejo de cintas magnéticas en el entorno VSE/SP. Programa de utilidad de sistema DITTO (Data Interfile Transfer, Testing, and Operations Utility) para VSE/ESA. Funciones de Control. Funciones de entrada/salida.

37. Asignación de dispositivos de entrada/salida en VSE/ ESA. Asignación de memoria. Arranque de particiones Background y Foreground. Interrupción o terminación de procesos.

38. Sentencias de control del sistema VSE/ESA. Visualización de la VTOC, y área de información de etiquetas. Impresión del fichero Hard-Copy e información de trabajos.

39. SORT/MERGE. Organización del programa. Formas de operación. Asignación de unidades externas. Sentencias de control del programa.

40. JCL. Lenguaje de control de trabajos (JCL). JCL

condicional. Uso de JCL condicional. Códigos de retorno. Sentencias de JCL condicionales.

41. Informática y Administración Pública: Normativa para la adquisición de Equipos, Sistemas y Servicios para el

Tratamiento de la Información en el ámbito público.

42. Informática y Administración Pública: Implantación de las nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones en las AA.PP.

43. Informática y Administración Local: Aplicaciones

Departamentales.

44. Informática y Administración Local: La informatización de las Oficinas de Gestión Descentralizada.

45. Informática y Administración Local: La informatización de la Nómina en la Administración Local.

46. Informática y Administración Local: Gestión Informatizada de Expedientes. Gestión Documental.

47. Informática y Administración Local: Definición de un proyecto SIG. Sistema de Información Geográfica. Estructura de un SIG. Funciones de un SIG. Constitución de un Equipo SIG.

48. Informática y Administración Local. El Padrón Municipal de Habitantes. Su informatización. Fases. Subproductos. ANEXO 4

CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE TECNICO MEDIO GESTIONRAMA

GRADUADO SOCIAL

GRUPO B

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, en propiedad, mediante el sistema de acceso de promoción interna, como funcionario de carrera, de una plaza de Técnico Medio Gestión, Rama Graduado Social. Grupo B, encuadrada en la escala de Admón. Especial, subescala Técnica, clase Técnicos Medios, perteneciente al Grupo B, por el sistema de acceso de concurso- oposición, por promoción interna.

A) Requisitos específicos:

2. Pertenecer a la Escala de Admón. General, Subescala

Administrativa, Grupo C, del Ayuntamiento de Almería, con una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala, o desempeñar plaza del Grupo C de cualquier Escala, como

funcionario de carrera de este Ayuntamiento, de contenido análogo o sustancialmente coincidente con la plaza de

Administrativo, con una antigüedad, al menos, de 2 años en la plaza del Grupo C.

3. Poseer la titulación de Graduado Social Diplomado o

Diplomatura de Técnico de Relaciones Laborales, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

B) Proceso selectivo:

4. El proceso de selección será el de concurso-oposición por el sistema de promoción interna, desarrollándose el mismo conforme a lo dispuesto en la base VI de la convocatoria y bases generales, con las siguientes particularidades:

a) Fase de concurso: En atención al sistema de acceso de promoción interna para esta convocatoria, el baremo a aplicar en esta fase será el que se indica en la base general 27 de la convocatoria.

b) Fase de oposición: Se ajustará conforme a lo previsto en la Base VIII de la convocatoria y bases generales, desarrollándose los ejercicios como a continuación se especifica.

Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en realizar por escrito, durante un máximo de dos horas, un tema de carácter general, de entre los comprendidos en el Bloque II del Programa que acompaña esta convocatoria, aunque no coincida, necesariamente, con epígrafe concreto del mismo, siendo leídos con

posterioridad por los candidatos en sesión pública, salvo caso de fuerza mayor, previa justificación, en cuyo caso será leído por el Tribunal. La determinación de este tema de carácter general se llevará a cabo por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio de entre cinco temas extraídos al azar. Concluida su lectura, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre materias objeto de las mismas y pedirle cualquier otra explicación complementaria. Se calificará de 0 a

10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio: De carácter, igualmente, obligatorio y eliminatorio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas y media, dos temas concretos, extraídos al azar, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en presencia de los aspirantes, del Bloque I del Programa del que acompaña esta convocatoria. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Tercer ejercicio: Práctico: De carácter obligatorio y

eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en

desarrollar por escrito, durante un período de hora y media, la realización de un supuesto práctico, fijado por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de los ejercicios sobre materias objeto de la plaza de Técnico Medio de Gestión, Graduado Social, que se convoca, que ponga de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

PROGRAMA PARA ACCESO POR PROMOCION INTERNA

De conformidad con lo dispuesto en el art. 77 del R.D.

364/95, de 10 de marzo, a continuación se relaciona temario con exención de las materias cuyo conocimiento se ha acreditado suficientemente en las pruebas de ingreso al cuerpo o escala de origen.

BLOQUE I

1. El personal de las Entidades Locales. Clases de personal local.

2. Organización de los factores subjetivos del personal. Grupos de titulación, escalas y subescalas. El Personal Laboral: Grupos y Categorías profesionales.

3. Planificación de los recursos humanos: Registros de

personal, oferta de empleo público y planes de empleo.

4. Planificación de los recursos humanos: Catálogos y

relaciones de puestos de trabajo. Los puestos de trabajo. Descripción y valoración.

5. Los instrumentos de ordenación y clasificación de puestos en la Administración Local: Plantillas, RPT. Naturaleza,

legislación, contenido.

6. La selección en la Administración Local Española. Normativa, principios constitucionales. Necesidades y posibilidades selectivas.

7. El proceso selectivo Local. OEP. Las bases y convocatorias. Procedimientos. Organos de selección.

8. Peculiaridades de la selección de algunos colectivos locales. Personal interino. Laboral. Policías y extinción de incendios. La selección bifásica. Otras formas de ingreso: Promoción interna y funcionarización.

9. La carrera administrativa, Concepto, clases, elementos.

10. Provisión de puestos. Movilidad. Procedimiento de provisión a voluntad conjunta de la Administración y funcionario. El concurso. La libre designación.

11. Procedimientos de provisión de puestos en los que opera la sola voluntad de la Administración. Figuras de provisión provisional.

12. El sistema retributivo de la Función Pública. Retribuciones de los funcionarios en prácticas.

13. Situaciones administrativas. Regulación y clases. Extinción de la relación de servicio, clases. Extinción de la relación laboral.

BLOQUE II

1. La Seguridad Social de los empleados locales.

2. La Administración de la Seguridad Social. Problemas actuales de la Seguridad Social.

3. Régimen de la Seguridad Social del Personal Local:

Contingencias protegidas.

4. Normas generales del Régimen General de Seguridad Social. Cotización.

5. Prestaciones de la Seguridad Social. Clasificación.

Características.

6. Incapacidad Temporal. Riesgo cubierto. Prestaciones.

7. La Jubilación en su modalidad contributiva. Prestaciones. Incompatibilidades.

8. La Incapacidad Permanente. Riesgo cubierto. Prestaciones.

9. Integración de los Funcionarios de la Admón. Local al Régimen General de la Seguridad Social.

10. Los derechos colectivos del personal de las Entidades Locales.

11. Organos de representación de los funcionarios

públicos.

12. El Sindicalismo en la Función Pública. La acción sindical.

13. Las vicisitudes de la relación laboral: Modificación sustancial de las condiciones de trabajo. La movilidad

funcional.

14. Reformas del Estatuto de los Trabajadores introducidas por la Ley 12/2001.

ANEXO 5

CONVOCATORIA DE DIEZ PLAZAS DE SUBALTERNOS DE ADMINISTRACION GENERAL

GRUPO E

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, como funcionario de carrera, de diez plazas de Subalternos,

encuadradas en la escala de Admón. General, subescala

Subalterna, perteneciente al Grupo E, por el sistema de acceso de Concurso-oposición, turno libre.

A) Requisitos específicos:

2. Poseer la titulación de Certificado de Escolaridad o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Proceso selectivo:

3. El proceso de selección será el de concurso-oposición libre, desarrollándose el mismo conforme a lo dispuesto en la base VI de la convocatoria y bases generales, con las

siguientes particularidades:

a) Fase de concurso: Esta fase se calificará aplicando el baremo de la base general 23 de la convocatorias.

b) Fase de oposición: Se ajustará conforme a lo previsto en la base VIII de la convocatoria y bases generales, desarrollándose los ejercicios como a continuación se especifica:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de una hora, un tema correspondiente al Bloque II de Materias Específicas del Programa que acompaña a esta convocatoria. Los temas serán extraídos al azar en presencia de los aspirantes. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en contestar por escrito, durante un período de treinta minutos, un cuestionario de 30 preguntas con respuestas alternativas tipo test, relacionadas con el Bloque I del Programa de Materias Comunes que acompaña esta convocatoria. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Tercer ejercicio: Práctico. De carácter, igualmente,

obligatorio y eliminatorio, consistirá en la realización de un trabajo o supuesto determinado por el Tribunal, que sea concerniente a las funciones correspondientes a la plaza de Subalterno, que ponga de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes durante un período de una hora. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los

aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

PROGRAMA

BLOQUE I

Materias comunes

1. La Constitución Española de 1978: Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

2. La Administración Pública Española. Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma.

Administración Local.

3. Organización municipal. Competencias municipales.

4. Personal al servicio de las Corporaciones Locales. Derechos y deberes.

5. La Administración al servicio del ciudadano: Atención al público. Acogida e información al ciudadano. Los servicios de información administrativa. El deber de sigilo profesional.

BLOQUE II

Materias específicas

1. Máquinas auxiliares de oficina, reproductoras,

multicopistas, fotocopiadoras, encuadernadoras, franqueadoras, destructoras y otras análogas. Utilización y mantenimiento básico preventivo.

2. Vigilancia y custodia del interior de edificios e

instalaciones. Actuaciones en caso de emergencia.

3. Nociones de archivo y almacenamiento.

4. Los documentos en la Administración: Recogida y reparto. Registro de entrada y salida.

5. El Ayuntamiento del Almería: Su organización

ANEXO 6

CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE ENCARGADO DE PARQUES Y JARDINES

GRUPO C

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, en propiedad, mediante el sistema de acceso de promoción interna, como funcionario de carrera, de una plaza de Encargado de Parques y Jardines, encuadrada en la escala de Admón. Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Personal de Oficios, perteneciente al Grupo C, por el sistema de acceso de concurso- oposición, por promoción interna.

A) Requisitos específicos:

2. Pertenecer a la Escala de Admón. Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Personal de Oficios, Grupo D, categoría Oficial de Jardines, del Ayuntamiento de Almería, con una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala, o desempeñar plaza del Grupo D de funcionario de carrera, de cualquier Escala de este Ayuntamiento, de contenido análogo o sustancialmente coincidente con la de Oficial de Jardines, con una antigüedad, al menos, de 2 años en la plaza del Grupo D.

3. Poseer la titulación de Bachiller Superior, FP II o

equivalente o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, o una antigüedad de diez años en un Cuerpo o Escala del Grupo D.

B) Proceso selectivo:

4. El proceso de selección será el de concurso-oposición por el sistema de promoción interna, desarrollándose el mismo conforme a lo dispuesto en la base VI de la convocatoria y bases generales, con las siguientes particularidades:

a) Fase de concurso: En atención al sistema de acceso de promoción interna para esta convocatoria, el baremo a aplicar en esta fase será el que se indica en la base general 27 de la convocatoria.

b) Fase de Oposición: Se ajustará conforme a lo previsto en la Base VIII de la convocatoria y bases generales, desarrollándose los ejercicios como a continuación se especifica:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de una hora y media, un tema de carácter general, determinado por el Tribunal antes de celebrarse el ejercicio y relacionado con el Bloque I de Materias Comunes del Programa que acompaña esta convocatoria, aunque no coincida, necesariamente, con ningún epígrafe concreto del mismo. La determinación de estos temas de carácter general se llevará a cabo por el Tribunal de conformidad con lo dispuesto en la base

35 de la convocatoria y bases generales. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, valorándose, además de los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita, la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis. Se

calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de hora y media, dos temas correspondientes al Bloque II de Materias Específicas del Programa que acompaña a esta convocatoria. Los temas serán extraídos al azar en presencia de los aspirantes. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Tercer ejercicio: Práctico. De carácter, igualmente,

obligatorio y eliminatorio, consistirá en la realización de un trabajo o supuesto determinado por el Tribunal, que sea concerniente a las funciones correspondientes a la plaza de Encargado de Parques y Jardines, que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes durante un período de una hora y media que determine el Tribunal. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

PROGRAMA PARA ACCESO POR PROMOCION INTERNA

De conformidad con lo dispuesto en el art. 77 del R.D.

364/95, de 10 de marzo, a continuación se relaciona temario con exención de las materias cuyo conocimiento se ha acreditado suficientemente en las pruebas de ingreso al cuerpo o escala de origen.

BLOQUE I

Materias comunes

1. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.

Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras Disposiciones generales.

2. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y

participación de los ciudadanos en la Administración, con especial referencia a la Admón. Local.

3. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Motivación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El procedimiento administrativo local. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y

notificaciones.

4. El Presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración. Aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y fiscalización. BLOQUE II

Materias específicas

1. Principios básicos de botánica.

2. Estudio del suelo.

3. Las Plantas: Partes y funciones.

4. Los abonos y los fertilizantes.

5. Riegos automáticos.

6. Factores estéticos en un proyecto de jardín.

7. La realización del jardín y su mantenimiento.

8. La reproducción de las plantas.

9. Las plantas herbáceas: Anuales, bienales y vivaces.

10. Las plantas con cormos, rizomas, tuberos y raíces

tuberosas.

11. Las coníferas arbóreas.

12. Las plantas bulbosas.

13. Los enemigos de las plantas: Generalidades.

14. La horticultura ornamental: Los jardines botánicos.

15. La poda: Conceptos generales.

16. Lucha química contra plagas y enfermedades.

17. La evolución histórica de la jardinería.

18. Los jardines árabes.

19. Los jardines españoles.

20. La decoración floral: Flores naturales.

ANEXO 7

CONVOCATORIA DE DOS PLAZAS DE AGENTE VIGILANTE NOTIFICACION. LABORAL FIJO

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, como Personal laboral fijo, de dos plazas de Agente Vigilante Notificación, encuadradas en la plantilla de personal laboral, con nivel de titulación Certificado de Escolaridad, por el sistema de acceso de concurso-oposición, turno libre.

A) Requisitos específicos:

2. Poseer la titulación de Certificado de Escolaridad o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

B) Proceso selectivo:

3. El proceso de selección será el de concurso-oposición libre, desarrollándose el mismo conforme a lo dispuesto en la base VI de la convocatoria y bases generales, con las

siguientes particularidades:

a) Fase de concurso: Esta fase se calificará aplicando el baremo de la base general 23 de la convocatoria.

b) Fase de oposición: Se ajustará conforme a lo previsto en la base VIII de la convocatoria y bases generales, desarrollándose los ejercicios como a continuación se especifica:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de una hora, un tema correspondiente al Bloque II de Materias Específicas del Programa que acompaña esta convocatoria. El tema será extraído al azar en presencia de los aspirantes. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en contestar por escrito, durante un período de treinta minutos, un cuestionario de 30 preguntas con respuestas alternativas tipo test, relacionados con el Bloque I del Programa de Materias Comunes que acompaña esta convocatoria. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Tercer ejercicio: Práctico. De carácter, igualmente,

obligatorio y eliminatorio, consistirá en la realización de un trabajo o supuesto determinado por el Tribunal, que sea concerniente a las funciones correspondientes a la plaza de Agente Vigilante Notificación, que ponga de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes durante un período de una hora. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

PROGRAMA

BLOQUE I

Materias comunes

1. La Constitución Española de 1978: La organización y

competencias municipales.

2. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local y su organización. El personal laboral. Tipología y selección.

BLOQUE II

Materias específicas

1. La Administración al servicio del ciudadano: Atención al público. Acogida e información al ciudadano. Los servicios de información administrativa. El deber de sigilo profesional.

2. Vigilancia y custodia del interior de edificios e

instalaciones. Actuaciones en caso de emergencia.

3. Organización del trabajo y el trabajo en equipo en la Administración.

4. Los documentos en la Administración: Recogida y reparto. Registro de entrada y salida.

5. Las notificaciones administrativas.

6. Vigilancia en materia de disciplina urbanística.

7. Normas de Prevención de Riesgos laborales en edificios públicos. Derechos y deberes de los trabajadores.

8. El Ayuntamiento del Almería: Su organización. III. Presentación de solicitudes y documentos.

8. Quienes deseen tomar parte en la convocatoria deberán presentar sus solicitudes, dirigidas al Ilmo. Sr. Alcalde, en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Almería, o por los medios previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente de la

publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las solicitudes que se cursen a través de las oficinas de Correos deberán presentarse en sobre abierto, para que el funcionario correspondiente pueda estampar en ellas el sello de fechas antes de certificarlas.

9. Los aspirantes presentarán tantas solicitudes como plazas a las que deseen concurrir, manifestando en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base II, acompañadas de fotocopias compulsadas o certificación acreditativa de los méritos que aleguen. No se tendrán en cuenta los presentados y obtenidos una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

10. A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen, que podrán ser abonados mediante ingreso en metálico en la Caja delegada dependiente de la Tesorería municipal, por giro postal o telegráfico. Los derechos de examen ascienden, en función del Grupo de clasificación de la plaza a la que opte, a la cantidad de:

- Para Grupo A o nivel de titulación equivalente: 18,03 euros.

- Para Grupo B o nivel de titulación equivalente: 15,03 euros.

- Para Grupo C o nivel de titulación equivalente: 12,02 euros.

- Para Grupos D y E o nivel titulación equivalente: 9,02 euros.

En el resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen, el aspirante deberá consignar su nombre y la convocatoria a la que opta. La falta de

presentación de dicho resguardo original determinará la exclusión del aspirante al proceso selectivo.

No obstante, estarán exentos del pago de dicha tasa quienes se encuentren incluidos en el ámbito de aplicación del art. 18 de la Ley 66/97, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y Orden Social, esto es: «a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33%. b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria (publicación BOE) de pruebas selectivas de acceso a los Cuerpos y Escalas de funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas por la Administración pública estatal en las que soliciten su participación. Serán requisitos para el disfrute de la exención que en el plazo de que se trate no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.¯ Por tanto:

- Los aspirantes que se encuentren incluidos en las causas de exención del apartado 5.a) del art. 18 de la referida Ley 66/97 deberán aportar certificación de minusvalía que acredite su discapacidad igual o superior al 33%, por el órgano Estatal o Autonómico competente en la materia.

- Los aspirantes que se encuentren incluidos en las causas de exención del apartado 5.b) del art. 18 deberán acreditar correctamente, mediante certificación expedida por el Inem, su condición de demandantes de empleo, en la que conste,

igualmente, la acreditación de la ausencia de rechazo de oferta de empleo adecuado ni la negativa a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesional en los términos establecidos en esta convocatoria.

- Además deberán aportar declaración jurada de carencia de rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo

Interprofesional.

IV. Lista de admitidos y excluidos.

11. Expirado el plazo de presentación de solicitudes,

comprobado el pago de derechos de examen y demás requisitos de acceso, el Ilmo. Sr. Alcalde, en el plazo de un mes, dictará Resolución declarando aprobada las lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de

exclusión. En dicha Resolución, de la que se publicará anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicará que se encuentran expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos en el tablón de edictos de la Corporación y la designación nominativa de los Tribunales. En igual medio se publicarán la fecha y lugar de comienzo de la fase de concurso y la de los ejercicios de la fase de

oposición.

12. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado. En todo caso, la Resolución anterior establecerá un plazo de 10 días para la presentación de reclamaciones y subsanación de errores por los interesados legítimos, de conformidad con lo dispuesto en el art. 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

13. Transcurrido el plazo de reclamaciones, en caso de no haberlas, la lista provisional se considerará como definitiva. Si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas por Resolución del Alcalde de la Corporación en la que se declarará aprobada la lista definitiva de admitidos o excluidos, que será publicada en la forma indicada anteriormente en el Boletín Oficial de la Provincia.

14. Los aspirantes excluidos podrán interponer recurso

contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, a partir de la publicación del anuncio de la citada Resolución. Esta publicación será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones y recursos contra las listas definitivas de admitidos y excluidos.

V. Tribunal Calificador.

15. La composición de los Tribunales Calificadores se ajustará a lo establecido en el art. 4.e) y f) Real Decreto 896/1991, de

7 de junio, estando integrados por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía.

- Un representante de la Junta de Personal. En el caso de convocatorias de personal laboral, la representación

corresponderá al Comité de Empresa.

- El Jefe del Servicio dentro de la especialidad, o técnico experto del Ayuntamiento de Almería.

- Un funcionario técnico en la materia designado por el Ayuntamiento.

Secretario: Un funcionario de la Sección de Personal, con voz y sin voto.

La composición de los Tribunales será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o

especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

16. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la Función Pública en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar en cualquier momento a los miembros de los Tribunales cuando concurran las

circunstancias previstas anteriormente.

17. Los Tribunales no podrán constituirse ni actuar sin la presencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros. Quedan autorizados para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de las convocatorias.

18. Los Tribunales podrán estar asistidos de los asesores necesarios, que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y actuarán con voz y sin voto.

19. Los miembros de los Tribunales y sus asesores serán indemnizados por el concepto de asistencias por participación en procesos de selección, clasificándose atendiendo al Grupo de pertenencia de las plazas convocadas, en las categorías primera a quinta, conforme a lo dispuesto en el art. 33.2 del R.D.

236/88, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, modificado por la Resolución de 25 de julio de 2001, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.

VI. Procedimiento de selección de los aspirantes.

20. El sistema de provisión de las plazas convocadas será por concurso-oposición libre o por promoción interna según se indica en la base I de esta convocatoria y constará de dos fases. Se llevarán a cabo conforme a las normas indicadas en las bases VII y VIII de esta convocatoria, salvo que se especifique otro desarrollo distinto en su Anexo

correspondiente.

VII. Desarrollo de la fase de concurso.

21. Se celebrará previamente a la fase de oposición, no teniendo carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

22. Los aspirantes deberán presentar con la solicitud de participación en la respectiva convocatoria cuantos documentos sean necesarios para acreditar los méritos que aleguen, debidamente compulsados. Los méritos estarán referidos al trabajo desarrollado, los cursos de formación superados o impartidos en centros oficiales de formación, las titulaciones académicas, en su caso, la antigüedad, así como otros méritos adecuados a las condiciones reales y particulares de las plazas que determinen la idoneidad de los aspirantes. Se entenderán como documentos acreditativos de los méritos los certificados oficiales expedidos por los órganos competentes de la Admón. Pública en materia de Personal; certificados de empresa, contratos u otros documentos válidos oficialmente, según se especifica detalladamente en el baremo de esta convocatoria. No se tendrán en cuenta los documentos obtenidos y presentados una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes.

23. El baremo para calificar los méritos alegados en la fase de concurso para el acceso a plazas del turno libre será el que a continuación se detalla:

A) Baremo para las plazas de turno libre:

1. Méritos profesionales:

1.1. Por cada mes completo de servicios prestados por cuenta ajena en cualquiera de las Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual o similar naturaleza, que se acreditará mediante certificación expedida por la Secretaría General o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal: 0,11 puntos.

1.2. Si la prestación de los servicios a que se refiere el punto anterior ha tenido lugar en el Excmo. Ayuntamiento de Almería, que se acreditará mediante certificación original de la Secretaría General, se incrementará la puntuación en 0,04 puntos por mes completo.

1.3. Por cada mes completo de servicios prestados en empresas públicas o privadas, con contrato laboral por cuenta ajena, en plaza o puesto de igual o similar naturaleza al convocado, que se acreditará mediante contrato de trabajo, acompañado de certificación de cotizaciones a la Seguridad Social,

correspondiente al período de contrato: 0,04.

No se computarán servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados, ya sea en Administración Pública o empresa pública o privada y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

2. Méritos académicos.

Se valorarán los títulos académicos oficiales siempre que se encuentren relacionados con la materia propia de la titulación exigida para las plazas convocadas, no teniéndose en cuenta, a efectos de valoración, las titulaciones exigibles para cada convocatoria. El título superior que se alegue excluirá en cuanto a su posible valoración a los inferiores comprendidos en el mismo por razón de la materia. La valoración se hará de acuerdo con la siguiente proporción, siempre que el Anexo correspondiente de las convocatorias no disponga lo contrario:

Plazas de los Grupos A y B:

2.1 Grado de doctor en materia propia de la titulación

exigida para la plaza/puesto, 1,00 punto.

2.2. Licenciatura/Diplomatura (Grupo B) en la misma área de conocimientos u otra especialidad en la titulación exigida para la plaza/puesto. 1,00 punto.

2.3. Por estar en posesión del título de Experto Universitario en un área de conocimientos directamente relacionada con la plaza/puesto a que se opta, 0,50 puntos.

2.4. Por estar en posesión de la Suficiencia Investigadora en materia directamente relacionada con la plaza/puesto a que se opta, 0,50 puntos.

Plazas del Grupo C:

2.5. Diplomatura en la misma área de conocimientos u otra especialidad en la titulación exigida para la plaza/puesto a que se opta, 1,00 punto.

Plazas del Grupos D:

2.6. Bachiller Superior/Formación Profesional de Segundo Grado u otra especialidad de FP I en la misma área de

conocimiento que los exigidos para la plaza/puesto, en los supuestos en que se exija la de Primer Grado, 1,00 punto.

Plazas del Grupo E:

2.7. Graduado Escolar/Formación Profesional de Primer Grado, que guarde relación con el área de conocimientos exigidos para la plaza/puesto, en los supuestos en que aquélla no se exija,

1,00 punto.

3. Cursos de formación:

Se valorarán los cursos, seminarios, congresos o jornadas de especialización, en materia relacionada con las plazas que se convocan, impartidos o recibidos por centros o instituciones oficiales, bien por una Administración Pública o una

Universidad, bien por una institución pública o privada (Colegio Profesional, Sindicato, etc.) en colaboración con la Administración Pública, así como aquéllos incluidos en el Acuerdo para la Formación Continua en las Administraciones Públicas, con arreglo al siguiente baremo:

- Por la participación como asistente, 0,005, por cada hora de duración.

- Por la participación como ponente o por impartir un curso,

0,010 puntos por cada hora de duración.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima de 0,005 puntos o 0,010 en cada caso. En la acreditación de seminarios permanentes que duren un curso lectivo deberán especificarse el número de horas, en caso contrario se valorarán con la puntuación mínima. En el supuesto de que la duración del curso se exprese en días, se establece una equivalencia de 5 horas por cada día de curso.

4. Superación de pruebas selectivas:

4.1. Haber aprobado todos los ejercicios de pruebas

selectivas celebradas en el ámbito de las Administraciones Públicas para cubrir permanentemente plazas o puestos iguales a los que se pretende acceder y obtenido plaza, 1,00 punto por cada selección. De no obtener plaza, se considerará como superación de pruebas para plazas de carácter temporal.

4.2. Haber aprobado todos los ejercicios de pruebas selectivas celebradas en el ámbito de las Administraciones Públicas para cubrir temporalmente plazas o puestos iguales a los que se pretende acceder, 0,50 puntos por cada selección.

5. Otros méritos:

5.1. Se tendrán en cuenta en este apartado otros méritos relacionados con la plaza convocada, debidamente documentados, que serán apreciados libre y motivadamente por el Tribunal, hasta un máximo de 0,25 puntos.

5.2. Igualmente, se podrán valorar en este apartado la

realización de trabajos en Colaboración Social en el

Ayuntamiento de Almería, al amparo del R.D. 1445/82, de 25 de junio, como apoyo en puestos semejantes a los de las plazas convocadas, otorgándose 0,07 puntos por cada mes completo de realización de dichos trabajos.

B) Aplicacion del concurso.

24. Los puntos obtenidos en la fase de concurso (cuando el acceso sea por concurso-oposición) se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

25. Para una puntuación total, en la fase de oposición, de treinta puntos, la puntuación máxima que se podrá obtener en la fase de concurso en cada apartado del baremo será la siguiente:

Méritos profesionales (en todo caso, puntuación máxima 6,50):

- En el Ayuntamiento de Almería: 6,50 puntos.

- En la Admón. Pública: 4,00 puntos.

- En la empresa pública o privada: 2,00 puntos.

Méritos académicos: 1,00 punto.

Cursos: 1,00 punto.

Superación de pruebas: 1,50 puntos.

Otros méritos: 1,50 puntos.

Puntuación máxima total: 11,50 puntos.

C) Justificación de los méritos alegados.

26. La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado en el punto A) será la siguiente en cada caso:

1. Experiencia profesional.

1.1. La experiencia profesional en plaza o puesto de igual o similar contenido fuera del ámbito de la Administración Pública se justificará aportando los siguientes documentos:

- Contrato de trabajo correspondiente al período que se alega.

- Informe de vida laboral de la Seguridad Social.

1.2. La experiencia profesional en plaza o puesto de igual contenido en el ámbito de la Administración Pública se

justificará :

- Aportando la documentación indicada en el apartado 1.1, o

- Presentando certificación expedida por la Secretaría General o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal, donde constarán los siguientes datos:

Denominación de las plazas y de los puestos de trabajo que hayan desempeñado con expresión del tiempo que los haya ocupado.

Dependencias a las que estén adscritos dichos puestos.

Relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño de los puestos con la Administración.

1.3. En los dos apartados del punto 1 del baremo, para

acreditar que se ocupa o se ha ocupado plaza o puesto de igual o similar contenido, cuando no coincida la denominación de los que se hayan ocupado con el de la plaza o puesto al que se opta, el interesado habrá de adjuntar certificado en el que consten las funciones desarrolladas, para justificar que son iguales o similares a las que la relación de puestos de este Ayuntamiento asigna a la mencionada plaza o puesto.

2. Expediente académico. Para acreditar los méritos señalados en el punto 2 del baremo habrá de aportarse certificación académica personal o, en su caso, el título o resguardo del abono de los derechos por su expedición.

3. Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas. Para acreditar los méritos señalados en el punto 3 del baremo habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la Universidad o Administración Pública organizadora del curso, seminario, congreso o jornada, o en colaboración con la cual se haya realizado la actividad formativa, en la que conste:

- Denominación del curso, seminario, congreso o jornada.

- Número de horas/días de duración.

- Concepto en el que participó el aspirante.

En todo caso habrá de tenerse en cuenta que sólo se valorarán cursos, seminarios, congresos o jornadas relacionadas con las funciones a desarrollar en este Ayuntamiento en el puesto/plaza de que se trate.

En el supuesto de cursos organizados por los sindicatos al amparo de los planes anuales de Formación Continua del personal al servicio de la Administración Pública, habrá de aportarse certificación del órgano competente de la mencionada

institución donde consten los extremos antes indicados y la convocatoria de Formación Continua a la que pertenezca el curso.

4. Superación de pruebas selectivas. En los dos supuestos previstos en el punto 4 del baremo, para justificar la

superación de pruebas selectivas, habrá de aportarse

certificación en la que conste este extremo, indicando, asimismo:

- Procedimiento de selección: Oposición o concursooposición.

- Carácter temporal o permanente de la provisión.

- Publicidad: Fecha de publicación en los diarios oficiales o medios de comunicación.

- Número de ejercicios de que consta la fase de oposición.

- Superación de todos los ejercicios de las correspondientes pruebas selectivas.

- Si se ha obtenido o no plaza.

5. Otros méritos.

5.1. Se podrán valorar en este apartado publicaciones en revistas especializadas de trabajos de investigación

relacionados con la singularidad de las plazas convocadas; certificación de asistencia a Máster de especialización impartido por centros oficiales, o cualquiera otros de

similares características especializados en la plaza que se convoca, que serán apreciados libre y motivadamente por el Tribunal.

5.2. En este apartado será necesario certificación de la Secretaría General del Ayuntamiento de Almería.

27. El baremo para calificar los méritos alegados en la fase de concurso para las plazas del turno de promoción interna será el que a continuación se detalla:

A') Baremo para las plazas de promoción interna:

1.1. Antigüedad:

1.1.1. Por cada mes completo de servicios prestados por cuenta ajena en el Ayuntamiento de Almería, que se acreditará mediante certificación expedida por la Secretaría General o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal: 0,010 puntos.

1.1.2. Por cada mes completo de servicios prestados por cuenta ajena en cualquiera de las Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual o similar naturaleza a la que haya de desempeñarse para participar en la promoción interna, que se acreditará mediante certificación expedida por la Secretaría General o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal: 0,020 puntos.

1.1.3. Si la prestación de los servicios a que se refiere el punto anterior ha tenido lugar en el Excmo. Ayuntamiento de Almería, que se acreditará mediante certificación original de la Secretaría General, la puntuación será de 0,030 puntos por mes completo.

1.1.4. Por cada mes completo de servicios prestados por cuenta ajena en cualquiera de las Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual o similar naturaleza a la que se opta, que se acreditará mediante certificación expedida por la Secretaría General o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal: 0,032 puntos.

1.1.5. Si la prestación de los servicios a que se refiere el punto anterior ha tenido lugar en el Excmo. Ayuntamiento de Almería, que se acreditará mediante certificación original de la Secretaría General, la puntuación será de 0,042 puntos por mes completo.

No se computarán servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

Se valorarán los servicios prestados de modo permanente o con carácter definitivo, así como los prestados con carácter temporal previamente. Si los servicios han sido prestados en otra Administración Pública distinta del Ayuntamiento de Almería, para poder valorarlos tendrán que haber sido

reconocidos en este Ayuntamiento a efectos de antigüedad.

2.2. Nivel de formación: En este apartado se valorarán tanto la asistencia a actividades formativas como los méritos académicos que se indican:

a) Méritos académicos. Se valorarán los títulos académicos oficiales siempre que se encuentren relacionados con la materia propia de la titulación exigida para las plazas convocadas, no teniéndose en cuenta, a efectos de valoración, las titulaciones exigibles para cada convocatoria. El título superior que se alegue excluirá en cuanto a su posible valoración a los inferiores comprendidos en el mismo por razón de la materia. La valoración se hará de acuerdo con la siguiente proporción, siempre que el Anexo correspondiente de las convocatorias no disponga lo contrario:

Plazas de los Grupos A:

2.2.1. Grado de doctor en materia propia de la titulación exigida para la plaza/puesto, 1,00 punto.

2.2.2. Otra Licenciatura en la misma área de conocimientos u otra especialidad en la titulación exigida para la

plaza/puesto. 1,00 punto.

Plazas del Grupo B:

2.2.3. Otra Diplomatura en la misma área de conocimientos u otra especialidad en la titulación exigida para la

plaza/puesto, 1,00 punto.

2.2.4. Licenciatura en materia propia de la titulación exigida para la plaza/puesto, 1,00 punto.

Plazas del Grupo C:

2.2.5. Diplomatura en la misma área de conocimientos u otra especialidad en la titulación exigida para la plaza/puesto a que se opta, 1,00 punto.

Plazas del Grupo D:

2.2.6. Bachiller Superior/Formación Profesional de Segundo Grado u otra especialidad de FP I en la misma área de

conocimiento que los exigidos para la plaza/puesto, en los supuestos en que se exija la de Primer Grado, 1,00 punto.

b) Formación: Se valorarán los cursos, seminarios, congresos o jornadas de especialización, en materia relacionada con las plazas que se convocan, impartidos o recibidos por centros o instituciones oficiales, bien por una Administración Pública o una Universidad, bien por una institución pública o privada (Colegio Profesional, Sindicato, etc.) en colaboración con la Administración Pública, así como aquéllos incluidos en el Acuerdo para la Formación Continua en las Administraciones Públicas, con arreglo al siguiente baremo:

2.2.7. Por la participación como asistente, 0,005, por cada hora de duración.

2.2.8. Por la participación como ponente o por impartir un curso, 0,010 puntos por cada hora de duración.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima de 0,005 puntos o 0,010 en cada caso. En la acreditación de seminarios permanentes que duren un curso lectivo deberán especificarse el número de horas, en caso contrario se valorarán con la puntuación mínima. En el supuesto de que la duración del curso se exprese en días, se establece una equivalencia de 5 horas por cada día de curso.

2.2.9. Por estar en posesión del título de Experto

Universitario en un área de conocimientos directamente

relacionada con la plaza/puesto a que se opta, 0,50 puntos.

2.2.10. Por estar en posesión de la Suficiencia Investigadora en materia directamente relacionada con la plaza/puesto a que se opta, 0,50 puntos.

3.3. Superación de pruebas selectivas:

3.3.1. Haber aprobado todos los ejercicios de pruebas

selectivas celebradas en el ámbito de las Administraciones Públicas para cubrir permanentemente plazas o puestos iguales a los que se pretende acceder y obtenido plaza, 0,50 puntos por cada selección. De no obtener plaza, se considerará como superación de pruebas para plazas de carácter temporal.

3.3.2. Si la superación de pruebas del apartado anterior ha tenido lugar en procesos selectivos convocados por el

Ayuntamiento de Almería, la puntuación será de 1,00 punto por cada selección. De no obtener plaza, se considerará como superación de pruebas para plazas de carácter temporal.

3.3.3. Haber aprobado todos los ejercicios de pruebas

selectivas celebradas en el ámbito de las Administraciones Públicas para cubrir temporalmente plazas o puestos iguales a los que se pretende acceder, 0,25 puntos por cada selección.

3.3.4. Si la superación de pruebas del apartado anterior ha tenido lugar en procesos selectivos convocados por el

Ayuntamiento de Almería, la puntuación será de 0,50 puntos por cada selección.

B') Aplicación del concurso.

28. Los puntos obtenidos en la fase de concurso (cuando el acceso sea por concurso-oposición) se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

29. Para una puntuación total, en la fase de oposición, de treinta puntos, la puntuación máxima que se podrá obtener en la fase de concurso en cada apartado del baremo será la siguiente:

- Antigüedad: 5,50 puntos.

- Nivel de Formación: 3,50 puntos.

- Superación de pruebas: 1,00 punto.

Puntuación máxima total: 10,00 puntos.

C') Justificación de los méritos alegados.

30. La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado en el punto A) será la siguiente en cada caso:

1.1. Antigüedad. La experiencia profesional en el ámbito de la Administración Pública se justificará:

Presentando certificación expedida por la Secretaría General o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal, donde constarán los siguientes datos:

- Denominación de las plazas y de los puestos de trabajo que hayan desempeñado con expresión del tiempo que los haya ocupado.

- Dependencias a las que estén adscritos dichos puestos.

- Relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño de los puestos con la Administración.

En el ámbito de otras Administraciones Públicas, para

acreditar que se ocupa o se ha ocupado plaza o puesto de igual o similar contenido, cuando no coincida la denominación de los que se hayan ocupado con el de la plaza o puesto al que se opta, el interesado habrá de adjuntar certificado en el que consten las funciones desarrolladas, para justificar que son iguales o similares a las que la relación de puestos de este Ayuntamiento asigna a la mencionada plaza o puesto.

2.2. Nivel de formación.

a) Para acreditar los méritos señalados en el punto a) sobre M. académicos del baremo habrá de aportarse certificación

académica personal o, en su caso, el título o resguardo del abono de los derechos por su expedición.

b) Para acreditar los méritos señalados en el punto 3 del baremo habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la Universidad o Administración Pública organizadora del curso, seminario, congreso o jornada, o en colaboración con la cual se haya realizado la actividad formativa, en la que conste:

- Denominación del curso, seminario, congreso o jornada.

- Número de horas/días de duración.

- Concepto en el que participó el aspirante.

En todo caso habrá de tenerse en cuenta que sólo se valorarán cursos, seminarios, congresos o jornadas relacionadas con las funciones a desarrollar en este Ayuntamiento en el puesto/plaza de que se trate.

En el supuesto de cursos organizados por los sindicatos al amparo de los planes anuales de Formación Continua del personal al servicio de la Administración Pública, habrá de aportarse certificación del órgano competente de la mencionada

institución donde consten los extremos antes indicados y la convocatoria de Formación Continua a la que pertenezca el curso.

3.3. Superación de pruebas selectivas. En los supuestos previstos en el punto 3.3 del baremo para justificar la superación de pruebas selectivas habrá de aportarse

certificación en la que conste este extremo, indicando, asimismo:

- Procedimiento de selección: Oposición o concursooposición.

- Carácter temporal o permanente de la provisión.

- Publicidad: Fecha de publicación en los diarios oficiales o medios de comunicación.

- Número de ejercicios de que consta la fase de oposición, superación de todos los ejercicios de las correspondientes pruebas selectivas.

- Si se ha obtenido o no plaza.

VIII. Desarrollo de la fase de oposición.

31. Se celebrará con posterioridad a la fase de concurso y su desarrollo y calificación se ajustará a las siguientes normas, salvo que se especifique otro desarrollo en su Anexo

correspondiente.

32. Constará de tres ejercicios. La celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas dará comienzo a partir de la segunda quincena del mes de mayo de 2002, determinándose con la publicación de las listas de admitidos en el Boletín Oficial de la Provincia la fecha, lugar y hora de celebración del mismo, que se realizará, como mínimo, con 15 de días de antelación a la fecha de su celebración. El proceso selectivo de las plazas convocadas deberá finalizar como fecha límite el

30 de diciembre de 2002.

33. En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 17 del R.D.

364/95, de 10 de marzo, la actuación de los aspirantes, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse de forma conjunta, se iniciará por la letra «V¯ del primer apellido, conforme al resultado del sorteo público celebrado al efecto. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos por el Tribunal, en el tablón de edictos de la Corporación, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o 24 si se trata de otro distinto.

34. Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales.

35. Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo caso de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por el Tribunal.

36. Comenzada la práctica de los ejercicios, cada Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los opositores para que acrediten su personalidad.

37. Este sistema selectivo constará de tres ejercicios de carácter obligatorio, siendo uno de ellos de tipo práctico, que ponga de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes, pudiendo los mismos disponer, para la

realización de este ejercicio, de textos de consulta y material específico durante el desarrollo de la prueba.

38. Los ejercicios que se realicen por escrito y no sean de carácter práctico serán leídos públicamente por los aspirantes ante el Tribunal. Si se trata de ejercicios para desarrollar por escrito temas de carácter general, salvo que en su Anexo correspondiente se prevea otro desarrollo distinto, se

extraerán al azar dos temas relacionados con el programa contenido en los Anexos de cada una de las convocatorias. En los ejercicios para desarrollar temas concretos se extraerán al azar las bolas correspondientes a los mismos.

IX. Calificación de los ejercicios.

39. Los ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio, se calificarán de 0 a 10 puntos. La puntuación de cada aspirante en los diferentes ejercicios será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal, eliminándose de este cálculo la mayor y la menor puntuación otorgadas. No serán calificados aptos los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.

40. Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas, exponiéndose en el tablón de edictos de la Corporación.

41. La calificación final de esta fase será el resultado de la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los ejercicios de la oposición.

X. Calificación global.

42. Esta será el resultado de la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso y la obtenida de la fase de oposición.

43. En los casos en que se produzca empate en la puntuación obtenida por los aspirantes, se resolverá atendiendo al mayor tiempo de servicios prestados, por el orden de preferencia que se relaciona:

1. En el Ayuntamiento de Almería.

2. En plaza o puesto igual o similar en el Ayuntamiento de Almería.

3. En plaza o puesto igual o similar en otras Administraciones Públicas.

4. En plaza o puesto igual o similar en empresas públicas o privadas.

XI. Relación de aprobados.

44. Concluido el proceso selectivo, cada Tribunal publicará en el tablón de edictos de la Corporación la relación de aprobados por orden de puntuación, con indicación de las calificaciones otorgadas en cada prueba y el resultado final, sin que, en ningún caso, el Tribunal pueda declarar como aprobados ni proponer a un número mayor de candidatos superior al de las plazas convocadas, de conformidad con lo establecido en el párrafo quinto del art. 18 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

45. Seguidamente, cada Tribunal elevará la relación de

aprobados, junto con la propuesta de nombramiento como

funcionarios de carrera al Presidente de la Corporación, quien dictará Resolución al respecto.

46. Las Resoluciones de los Tribunales tendrán carácter vinculante para la Administración Municipal, sin perjuicio de que ésta, en su caso, proceda a su revisión conforme a lo establecido en el ordenamiento jurídico.

47. El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas puedan presentarse y adoptar resoluciones, criterios y medidas, en relación con aquellos aspectos no regulados en la presente convocatoria o en la legislación vigente.

48. Contra la propuesta del Tribunal, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Alcalde-Presidente, en el plazo de un mes, contado desde el siguiente a la fecha de exposición del anuncio de la propuesta del Tribunal en el tablón de edictos de este Excmo. Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Todo ello sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que estimen

pertinente.

XII. Presentación de documentos.

49. Los aspirantes propuestos, dentro del plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la propuesta del Tribunal, aportarán los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria en la Sección de Personal de este Excmo.

Ayuntamiento, que a continuación se relacionan:

- Fotocopia compulsada del título exigido en los Anexos de cada convocatoria.

- Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

- Declaración jurada de no desempeñar puesto de trabajo retribuido en cualquier Administración Pública, referido al día de toma de posesión, ateniéndose a lo dispuesto en el art. 10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, ni actividad privada sujeta a reconocimiento de compatibilidad.

- Fotocopia compulsada del DNI.

50. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.

51. Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación que acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.

52. La toma de posesión como funcionarios de carrera estará supeditada a informe médico favorable expedido por el Servicio Médico y de Prevención de este Ayuntamiento, en el que se acredite no padecer enfermedad ni defecto físico que le impida el desempeño de sus funciones.

XIII. Base final.

53. La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos se deriven de las mismas podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. A los efectos de plazos de posibles recursos contra estas bases, será

determinante la fecha de publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia.

54. Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; el R.D. 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por R.D. 364/95, de 10 de marzo; el R.D. 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Admón. Local y demás disposiciones vigentes en esta materia.

55. La precedente convocatoria general, bases y sus Anexos correspondientes han sido aprobadas por Resolución del Alcalde de esta Corporación el día 4 de marzo de 2002.

Almería, 4 de marzo de 2002.- El Alcalde-Presidente, P.D., El Concejal Delegado del Area de Personal, Informática y Admón. Periférica, Agustín López Cruz.

ANEXO 1

CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO SUPERIOR

GRUPO A

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, como funcionario de carrera, de una plaza de Arquitecto Superior, encuadrada en la escala de Admón. Especial, subescala Técnica, clase Técnicos Superiores, perteneciente al Grupo A, por el sistema de acceso de concurso-oposición, turno libre.

A) Requisitos específicos:

2. Poseer la titulación de Arquitecto o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de

presentación de solicitudes.

B) Proceso selectivo:

3. El proceso de selección será el de concurso-oposición libre, desarrollándose el mismo conforme a lo dispuesto en la base VI de la convocatoria y bases generales, con las

siguientes particularidades:

a) Fase de concurso: Esta fase se calificará aplicando el baremo de la base VII de la convocatoria y bases generales.

b) Fase de oposición: Se ajustará conforme a lo previsto en la base VIII de la convocatoria y bases generales, desarrollándose los ejercicios como a continuación se especifica:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de dos horas, dos temas de carácter general, determinados por el Tribunal antes de celebrarse el ejercicio y relacionados uno del Bloque I de Materias Comunes y otro del Bloque II de Materias Específicas del programa que acompaña esta convocatoria, que no coincida con epígrafe concreto del mismo. La determinación de estos temas de carácter general se llevará a cabo por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio de entre cinco temas extraídos al azar. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, valorándose, además de los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita, la aportación personal del aspirante y su capacidad de

síntesis. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

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