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Visto el expediente Administrativo de Desahucio A-15/2001 incoado contra don Diego Carracedo Vázquez, por presunta infracción al Régimen legal que regula las viviendas de Protección Oficial, resultan los siguientes:
H E C H O S
Primero. Con fecha 24.7.01, se acordó la incoación del expediente de Desahucio, el nombramiento de Instructora y Secretaria, así como el correspondiente pliego de cargos, imputándole como cargo la ocupación sin título de la vivienda sita en la C/ Valparaíso, 2 - 2.º B, de Huelva.
Segundo. Personados en la Delegación Provincial, familiares del interesado manifiestan que dicho señor, es titular de la vivienda, y que esta, se encuentra ocupada actualmente por un sobrino llamado Alfonso Sánchez Pulido.
Tercero. Realizadas las averiguaciones oportunas, se comprueba que, don Diego Sánchez Quintero es titular en arrendamiento de la vivienda sita en la C/ Valparaíso, 2 - 2.º B, de Huelva, y que por error se inició el correspondiente expediente de desahucio.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. En virtud de lo dispuesto en el Decreto 86/1984, de 3 de abril, son competentes para resolver los expedientes de desahucio los Delegados Provinciales de la Consejería de Política Territorial (hoy Consejería de Obras Públicas y Transportes).
Segundo. De conformidad con lo establecido en el art. 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común y el art. 142 del Decreto 2114/1968, de 24 de julio, la Administración a la vista de las alegaciones formuladas y pruebas presentadas podrá acordar el archivo del expediente.
Tercero. A la vista de las actuaciones realizadas, queda desvirtuado suficientemente el hecho que constituye el fundamento del presente expediente administrativo de desahucio.
Esta Delegación Provincial, a la vista de lo anterior y teniendo en cuenta el cumplimiento de las formalidades exigidas en la normativa aplicable, ha resuelto:
Acordar el archivo del expediente administrativo de desahucio A-15/2001.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa podrá interponer recurso de Alzada, bien directamente o a través de esta Delegación Provincial, ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de UN MES a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente Resolución, y sin perjuicio de que por Ud., se pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Huelva, 16 de enero de 2002.- La Delegada, Rocío Allepuz Garrido.
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