Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 20/06/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE COLMENAR

EDICTO de 29 de mayo de 2002, sobre corrección de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Pedro Fernández Palomo, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Colmenar (Málaga).

Hace saber: Que por Decreto de la Alcaldía de fecha de hoy y en cumplimiento del requerimiento efectuado de conformidad con el art. 65 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, en relación con el contenido de ciertas bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de policía local, mediante el sistema de oposición libre, vacante en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento, publicadas en el BOJA de 9 de mayo de 2002 y BOP de 17 de abril de 2002, se rectifica el contenido de las Bases que a continuación se indican, las que quedan redactadas de la siguiente forma:

Base primera: Clasificación de la plaza: Donde dice «...dotada con el sueldo correspondiente al Grupo D¯, debe decir «...dotada con el sueldo correspondiente al Grupo C¯. Base segunda: Se suprime el apartado d). Base quinta: El apartado d) de la 1.ª Fase queda redactado como sigue:

«d) Prueba de conocimiento.

Consistirá en la contestación, por escrito, de los temas o cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuestos por el Tribunal para cada materia de las que figuren en el temario de la convocatoria, y la resolución de un caso práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesarios para aprobar obtener 5 puntos en las contestaciones y otros 5 en la resolución práctica. La calificación final será la suma dividida por 2. Para su realización se dispondrá de 3 horas, como mínimo¯.

Se incluye el siguiente texto en la Segunda Fase, Curso de Ingreso: «Estarán exentos de realizar los cursos de ingreso o capacitación quienes ya hubieran superado el correspondiente a la misma categoría a la que aspiran en la ESPA o Escuelas Concertadas; en el caso de las Escuelas Municipales de Policía Local, los cursos necesitarán la homologación de la ESPA. Esta exención tendrá una duración de 5 años a contar desde la superación del curso realizado hasta la fecha de terminación de la fase de oposición¯.

Base sexta: El punto 1 queda redactado de la siguiente forma:

Composición. El tribunal calificador estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Vocales:

- El Concejal Delegado de Personal.

- Un concejal en representación de cada uno de los grupos políticos existentes en la Corporación (PSOE, PP e IU). - Un representante de la Junta de Andalucía nombrado por la Delegación de Gobierno de la Junta de Andalucía. - El delegado de personal de los funcionarios municipales.

Todos los miembros del Tribunal contarán con voz y voto, excepto el Secretario, que contará con voz pero no con voto.

Base octava. La forma de calificación será la establecida en la base quinta.

Base décima. Se suprimen los apartados c) y f) y se incluye uno que dice «Declaración de compromiso de portar armas y conducir vehículos policiales¯.

Base undécima. Queda redactada de la siguiente forma:

1. «Concluido el proceso selectivo y aportados los documentos a que se refiere la base anterior, el Alcalde, de acuerdo con la propuesta del tribunal calificador, procederá a nombrar funcionario en prácticas mientras realiza el preceptivo curso de ingreso.

2. Superado con aprovechamiento el curso de ingreso, se enviará un informe sobre las aptitudes del alumno, que será valorado por el Tribunal, antes de ser nombrado Funcionario de carrera por el Ayuntamiento.¯

ANEXO II

CUADRO DE EXCLUSIONES MEDICAS

3. Exclusiones definitivas.

3.1. Ojo y visión. Se incluye:

3.1.5. Discromatopsias.

Dichas rectificaciones deberán publicarse en los diarios oficiales correspondientes y en el Tablón Municipal de

Anuncios, bien entendido que el resto de las bases no sufren alteración alguna.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Colmenar, 29 de mayo de 2002.- El Alcalde, Pedro Fernández Palomo.

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