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En virtud de la resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Turismo y Deporte en Málaga de 26 de diciembre de 2001 (BOJA núm. 12, de 29.1.2002), se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones a Entidades Locales, clubes deportivos y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro para la organización de actividades deportivas que no excedan del ámbito estatal y para la participación de campeonatos de cualquier ámbito, correspondientes al ejercicio
2002. El procedimiento para la concesión de estas ayudas se regula a través de la Orden de 3 de enero de 2000 (BOJA núm. 9, de 25.1.2000), modificada por la Orden de 18 de diciembre del mismo año (BOJA núm. 151, de 31.12.2000).
El artículo 11 de la Orden de 3 de enero establece que el competente para resolver los expedientes de solicitud de subvenciones es el Delegado Provincial de la Consejería de Turismo y Deporte, que resuelve, por delegación del Consejero, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de una subvención.
Por su parte, el art. 7 de la Orden establece que el plazo de resolución y notificación de la convocatoria será de tres meses, contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Teniendo en cuenta el número de solicitudes presentadas y de entidades afectadas, y una vez agotados los medios a disposición posibles, se hace inviable el cumplimiento del plazo de resolución inicialmente previsto.
Por ello, visto el art. 42.6 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en uso de la competencia que me atribuye la orden de convocatoria, a propuesta del servicio de Deporte de esta Delegación Provincial,
D I S P O N G O
Ampliar el plazo para resolver la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades deportivas que se contiene en la Resolución de 26 de diciembre de 2001 hasta el próximo día 15 de julio de 2002.
Contra la presente Resolución, de acuerdo con el artículo
42.6 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no cabe recurso alguno.
Publíquese la presente Resolución en el Boletín de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de la Delegación Provincial.
Málaga, 28 de mayo de 2002.- La Delegada, María José Lanzat Pozo.
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