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La Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Almería, de conformidad con la Orden de 3 de septiembre de 2001 (BOJA de
22 de septiembre), por la que se convocan ayudas económicas para financiar actividades de las organizaciones estudiantiles andaluzas, en los niveles no universitarios durante el año
2001,
HA RESUELTO
Primero. Hace pública la concesión de las citadas ayudas económicas entre las actividades presentadas por las organizaciones estudiantiles de esta provincia relacionadas en el Anexo I de la presente Resolución con sus correspondientes cuantías.
Segundo. Denegar las ayudas económicas a las organizaciones estudiantiles relacionadas en el Anexo II de la presente Resolución, indicando el motivo de su exclusión.
Tercero. Las entidades beneficiarias deberán justificar, en el plazo de tres meses, a partir de la fecha de recepción de la subvención, la correcta inversión de las ayudas concedidas mediante la presenteación de la documentación que se relaciona en el artículo 13.1, apartados a), b) y c), de la Orden de convocatoria.
Cuarto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOJA, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con los dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley
4/1999, de 13 de enero.
Almería, 22 de noviembre de 2001.- El Delegado, Jorge F. Cara Rodríguez.
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