Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 22/06/2002

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 22 de mayo de 2002, por la que se establece nuevo plazo de regularización de determinados ocupantes de viviendas de promoción pública adjudicadas en régimen de arrendamiento o acceso diferido a la propiedad en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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Por el Decreto 376/2000, de 1 de septiembre, se posibilitó a determinados ocupantes de viviendas de promoción pública, adjudicadas en régimen de arrendamiento o acceso diferido a la propiedad y de titularidad de la Junta de Andalucía, que carecieran de título bastante para ello, la posibilidad de regularización de su situación mediante el otorgamiento del correspondiente contrato de cesión, previo cumplimiento de determinados requisitos.

Era necesario resolver situaciones socialmente injustas, en las que la no utilización de la vivienda como domicilio habitual y permanente por parte del titular viene acompañada por situaciones a menudo consolidadas donde la necesidad objetiva de la vivienda es más que notoria.

El Decreto 376/2000 autoriza en su Disposición Final Primera al titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes para conceder nuevos plazos de acogimiento con posterioridad a su entrada en vigor y a su amparo, dando cuenta de ello al Consejo de Gobierno. Se dan las condiciones objetivas y sociales que posibilitan, en base a lo allí regulado, abrir un nuevo plazo de acogimiento al proceso de regularización de la ocupación de determinadas viviendas adjudicadas en régimen de alquiler o acceso diferido a la propiedad.

Asimismo, resulta necesario que las solicitudes de regularización de ocupación formuladas con posterioridad al plazo de seis meses establecido por el Decreto 376/2000 vengan a considerarse como realizadas en plazo hábil, disponiendo su tramitación con arreglo a la citada normativa.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, esta Consejería dispone lo siguiente:

Artículo primero. Objeto.

Se establece un plazo de seis meses, a contar desde la entrada en vigor de la presente Orden, con objeto de que los ocupantes de viviendas de promoción pública adjudicadas en régimen de arrendamiento o acceso diferido a la propiedad que carezcan de título bastante puedan acogerse al procedimiento de regularización regulado en el Decreto 376/2000, de 1 de septiembre, conforme a lo establecido en el párrafo segundo de la Disposición transitoria primera de la mencionada norma.

Artículo segundo. Solicitudes formuladas fuera de plazo al amparo del Decreto 376/2000, de 1 de septiembre. Las solicitudes de acogimiento al Decreto 376/2000 presentadas con posterioridad a la finalización del plazo señalado en su artículo 2, apartado primero, y antes de la entrada en vigor de esta Orden se considerarán formuladas dentro de plazo y se tramitarán y resolverán conforme a lo previsto en el citado Decreto.

Disposición Final. Desarrollo y entrada en vigor. Se autoriza al Viceconsejero de la Consejería de Obras Públicas y Transportes para que dicte las instrucciones que estime necesarias para la ejecución, desarrollo y cumplimiento de la presente Orden, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de mayo de 2002

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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