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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Jaén, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto
266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de mayo,
R E S U E L V O
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido Cuota fija o de servicio
Uso doméstico 3,25 euros/bimestre Uso industrial 8,15 euros/bimestre Uso comercial y centros oficiales 6,49 euros/bimestre
Cuota variable o de consumo
Uso doméstico
De 0 hasta 15 mm?/bimestre 0,200873 euros/m? Más de 15 hasta 27 mm?/bimestre 0,296667 euros/m? Más de 27 hasta 45 m?/bimestre 0,645687 euros/m? Más de 45 m?/bimestre 1,007171 euros/m?
Uso industrial
De 0 hasta 100 m?/bimestre 0,388035 euros/m? Más de 100 hasta 500 m?/bimestre 0,810224 euros/m? Más de 500 m?/bimestre 1,136371 euros/m?
Uso comercial
De 0 hasta 35 m?/bimestre 0,277097 euros/m? Más de 35 hasta 75 m?/bimestre 0,491931 euros/m? Más de 75 m?/bimestre 0,970150 euros/m?
Uso centros oficiales
Bloque único/bimestre 0,083079 euros/m?
Derechos de acometida
Parámetro A: 6,46 euros/mm Parámetro B: 96,85 euros/l/seg.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota de contratación y reconexión
Cc = 600 d - 4.500 (2 - P/t)
Siendo d=diámetro del contador en mm
P-para uso doméstico=0,200873 euros
P-para uso industrial=0,388035 euros
P-para uso comercial=0,277097 euros
P-para uso en centros oficiales=0,083079 euros t-para uso doméstico=0,14 euros
t-para uso industrial y comercial=0,21 euros t-para uso en centros oficiales=0,06 euros
Fianzas
Uso doméstico
Calibre del contador en mm
13 42,25 euros
20 65,00 euros
25 81,25 euros
30 97,50 euros
40 130,00 euros
50 y superiores 162,50 euros
Uso industrial
Calibre del contador en mm
13 105,95 euros
20 163,00 euros
25 203,75 euros
30 244,50 euros
40 326,00 euros
50 y superiores 407,50 euros
Uso comercial y centros oficiales
Calibre del contador en mm
13 84,37 euros
20 129,80 euros
25 162,25 euros
30 194,70 euros
40 259,60 euros
50 y superiores 324,50 euros
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 10 de mayo de 2002.- El Viceconsejero, José
Salgueiro Carmona.
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