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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de mayo,
R E S U E L V O
Autorizar las Tarifas de Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido Tarifa 1
Bajada de bandera 0,95 euros Por Kilómetro recorrido 0,51 euros Hora de espera 12,98 euros Carrera mínima 2,48 euros
Tarifa 2
Bajada de bandera 1,18 euros Por Kilómetro recorrido 0,63 euros Hora de espera 16,20 euros
Servicio Urbano nocturno (de 22,00 a 6,00 horas), Domingos y Festivos
Carrera mínima 3,09 euros
Suplementos:
Por cada maleta o bulto de más de 60 cm. 0,41 euros Sábados a partir de las 15,00 horas
hasta las 22,00 horas 0,44 euros
Servicios especiales
Servicio aeropuerto-ciudad y viceversa,
en un solo sentido, será incrementado
con un suplemento sobre el marcador
del taxímetro de 3,15 euros
Servicio mínimo desde el Aeropuerto
a las barriadas de Costacabana,
la Cañada de San Urbano y El Alquián 8,82 euros Espera en Estaciones Marítimas y Ferrocarril 0,44 euros
La tarifa 2 será de aplicación en los supuestos siguientes:
- Servicios nocturnos en días laborables, desde las 22,00 a las 6,00 horas.
- Servicios en días festivos, desde las 00:00 a las 24:00 horas.
- Días de Feria, Navidad y Año Nuevo (desde el día 24 de diciembre, al 6 de enero).
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 4 de junio de 2002.- El Viceconsejero, José
Salgueiro Carmona.
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