Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley
30/92, de 26 de noviembre, y habida cuenta que no ha sido posible la notificación, se ha resuelto la publicación de la siguiente resolución de inicio de expediente de caducidad de la autorización del local núm. C39 en el puerto de Marbella.
Visto el informe de la Dirección de Explotación, y en base a las consideraciones que en él se detallan, de conformidad con el art. 30.3 de la Ley 4/86, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y al amparo del Real Decreto 3137/83, y arts. 57 a 62 de la Ley 27/92, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, y según los arts. y 18 del Decreto 126/92, por el que se constituye la Empresa Pública de Puertos de Andalucía y se aprueban sus estatutos, el Director Gerente de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía
R E S U E L V E
1.º Dar inicio al expediente de caducidad de la autorización del local núm. C39 en el puerto de Marbella, otorgada a don Juan Molina Robles, por las causas siguientes:
(Continúa en el fascículo 2 de 2)
a) Incumplimiento de la obligación del pago de las facturas correspondientes a la ocupación practicada por plazo superior a un año (Cláusula 14.ª de la autorización).
b) La falta de utilización de las instalaciones por un período de tiempo superior a cuatro (4) meses (Cláusula 3.ª de la autorización).
2.º Dar traslado del asunto para que antes de redactar la propuesta de resolución, y en el plazo máximo de 10 días, a contar a partir de la recepción de la presente, pueda alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes. Sevilla, 6 de mayo de 2002. El Gerente Adjunto, Fdo.: Ignacio Alvarez Ossorio Ramos.
Sevilla, 3 de julio de 2002.- El Director Gerente, Juan Carlos Fernández Rañada de la Gándara.
Descargar PDF