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B A S E S
Primera. Objeto de la convocatoria.
Se convocan concurso-oposición libre para cubrir, en propiedad, una plaza de Arquitecto Técnico, vacante en la plantilla de funcionarios de esta Corporación, más todas aquéllas que se puedan producir hasta la fecha de realización de los ejercicios, y que se encuentra encuadrada en:
Grupo: B.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Técnica.
Clase Media.
Denominación: Arquitecto Técnico o Aparejador. Edad de jubilación: 65 años.
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
1. Pertenecer a la Comunidad Europea.
2. Tener una edad mínima de 18 años.
3. Estar en posesión del título de Arquitecto Técnico, Aparejador.
4. No padecer enfermedad o defecto físico que impidan el normal ejercicio de la función.
5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas con sentencia firme.
6. No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad especifica previstas en la legislación vigente.
Tercera. Realizará las tareas propias de Arquitecto Técnico, o Aparejador, determinadas en su cuadernillo de Valoración.
Cuarta. Instancias.
Las instancias solicitando tomar parte en el concursooposición libre deberán ser dirigidas al Sr. Alcalde y deberán hacer referencia a que se reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda de la convocatoria, referidas a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, y que se compromete a prestar juramento o promesa según las disposiciones vigentes.
Se presentarán en el Registro General (Oficina de Atención al Ciudadano) del Excmo. Ayuntamiento de Linares, durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezca el extracto de las presentes bases en el Boletín Oficial del Estado, según establece el art. 18 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Las instancias también se podrán presentar en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los derechos de examen ascenderán a 6,01 E y serán satisfechos por los aspirantes al presentar las instancias, acompañando carta de pago o justificante de haber hecho efectiva dicha cantidad.
Quinta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía aprobará la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, concediéndose un plazo de diez días para oír reclamaciones. Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán admitidas o rechazadas mediante Resolución de la Alcaldía por la que se apruebe la lista definitiva y será hecha pública en la forma indicada anteriormente, todo ello, según se establece en el artículo 20 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso al Servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Sexta. Tribunal Calificador.
Estará constituido de acuerdo con lo dispuesto por el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, y el artículo 11 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, quedando de la forma siguiente:
Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue.
Vocal: Un representante del Colegio de Secretarios,
Interventores y Tesoreros de Admón. Local.
Vocal: Un representante de la Junta de Andalucía.
Vocal: Un funcionario de carrera designado por la Corporación, a propuesta de la Junta de Personal, de igual o superior categoría o titulación.
Vocal: Un representante del Colegio Oficial de Arquitectos Técnicos de Andalucía.
Vocal: El Técnico de Admón. Gral. y Jefe del Departamento de la Unidad Técnica de Urbanismo.
Secretario: El Secretario de la Corporación o funcionario en quien delegue.
El Tribunal podrá disponer o requerir de cuantos Asesores considere convenientes para aquellas materias que crea
convenientes.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En tal caso, los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran algunas de dichas
circunstancias.
Asimismo, y de conformidad con el artículo 26 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las
decisiones que el Tribunal adopte serán por mayoría de los votos presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente. Si por cualquier circunstancia no concurrieran a alguna de las sesiones el Presidente y el Secretario, se suplirán por los Vocales de mayor y menor edad, respectivamente.
La designación de los miembros del Tribunal y de sus suplentes se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento.
Séptima. Comienzo y desarrollo de los ejercicios del
concurso-oposición Libre.
Para establecer el orden en que habrán de actuar los opositores en aquellos ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente se verificará un sorteo, único para todos las convocatorias, según establece el artículo 17 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo.
La lista con el número obtenido por cada opositor en el sorteo se hará pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Al menos veinte días antes de celebrarse el primer ejercicio, se anunciarán en el Boletín Oficial de la Provincia el
Tribunal, día, hora y lugar en que habrá de realizarse, Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan.
Si en el transcurso del procedimiento llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes ha incurrido en inexactitudes o falsedades, deberá dar cuenta a los Organos Municipales competentes a los efectos procedentes.
Octava. Ejercicios del concurso-oposición libre.
La selección constará de dos fases: Una de concurso y otra de oposición.
La fase de concurso será previa a la de oposición, no teniendo carácter eliminatorio.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición.
FASE DE CONCURSO
Las puntuaciones se otorgarán de acuerdo con el siguiente baremo de méritos:
Por servicios prestados en la Administración en puestos relacionados con la plaza a cubrir: 0,20 puntos por cada mes o fracción.
Por servicios prestados en la Administración en otro tipo de puesto: 0,10 puntos por cada mes o fracción.
Máximo por este apartado: 4 puntos.
Por cada curso organizado por la Administración, relacionado con la plaza a cubrir:
De 15 horas o 2 días: 0,20 puntos.
De 20 horas o 3 días: 0,30 puntos.
De 30 horas o 4 días: 0,40 puntos.
Más de 30 horas o más de 4 días: 0,50 puntos.
Máximo por este apartado: 2,50 puntos.
Máxima puntuación en la fase de concurso: 6.5 puntos.
FASE DE OPOSICION
Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito en un tiempo máximo de una hora a preguntas relativas a tos temas incluidos en cada uno de los Grupos I y II del Anexo I de esta convocatoria, iguales para todos los concursantes.
Segundo ejercicio. Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de una hora, a preguntas, según las dos opciones de especialidad, de entre las materias comprendidas en los Grupos I y II del Anexo II de esta convocatoria.
Tercer ejercicio. Será de carácter práctico y consistirá en resolver dos supuestos determinados por el Tribunal
inmediatamente antes de su celebración, con un tiempo que, asimismo, se determinará por el Tribunal, en relación con la naturaleza de sus funciones a desempeñar.
Por ello, los aspirantes podrán ir provistos de cinta métrica, libros, textos legales, calculadoras y cualquier otro elemento que el concursante pueda considerar oportuno.
Novena. Calificación de los ejercicios.
Los ejercicios primero y segundo de la oposición serán
eliminatorios, siendo calificados los mismos de 0 a 10 puntos, y siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos para poder pasar al siguiente.
El tercer ejercicio, práctico, eliminatorio, se calificará de 0 a 20, siendo necesario alcanzar un mínimo de 10 puntos para poder superarlo.
La puntuación de cada opositor, en cada uno de los ejercicios, se obtendrá dividiendo la suma de los puntos obtenidos por cada uno de ellos por el número de miembros del Tribunal.
La calificación total de la fase oposición vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en los tres ejercicios.
La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición.
Décima. Resolución de empates.
En caso de empate, se realizarán sucesivas baterías de
preguntas, por escrito, hasta que se produzca el desempate.
Undécima. Relación de aprobados y presentación de documentos y nombramiento.
Terminada la calificación de los ejercicios realizados por los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, es decir, el nombre del aprobado, y la puntuación obtenida, que se elevará a la Alcaldía para que formule el correspondiente nombramiento; no pudiendo figurar en dicha relación mayor número de aprobados que el de la plaza convocada. El opositor propuesto presentará en la Secretaria General, Sección de Personal del Excmo. Ayuntamiento de Linares, dentro del plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de publicación de su aprobación, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la presente convocatoria. Si en el plazo indicado, salvo caso de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentara la documentación, o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubiera podido incurrir por falsedad en los datos expuestos en la instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición libre.
Duodécima. Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar resoluciones, criterios y medidas, en relación con aquellos aspectos no regulados en la presente convocatoria, o en la legislación vigente, para el buen orden del concurso-oposición libre.
Decimotercera. Para lo no previsto en estas bases será de aplicación la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio, y subsidiariamente el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto
364/95, de 10 de marzo, y demás legislación concordante.
ANEXO I
Grupo I. Derecho Civil y Régimen Jurídico de la propiedad Urbana
1. El Derecho de propiedad: Contenido y extensión.
Adquisición del dominio. Modos originarios y derivativos. Actuaciones que nacen del dominio. Deslinde, amojonamiento y cierre de fincas. Acción reivindicatoria.
2. Pérdida del dominio. Modos voluntarios e involuntarios. La Ley de Expropiación Forzosa. Criterios de valoración.
Valoración en las expropiaciones urbanísticas. El procedimiento de urgencia. La expropiación en casos especiales. Ocupación temporal. Jurados provinciales de expropiación forzosa.
3. Propiedades especiales. Propiedad de aguas. Propiedad de minas. Propiedad industrial. Propiedad intelectual.
4. La posesión. Su naturaleza jurídica. Adquisición y pérdida de la misma. Clases de posesión según el Código Civil.
Protección del estado posesorio: Los interdictos.
Particularidades de la posición de bienes inmuebles.
5. Derecho real de servidumbre: Fundamento, caracteres y elementos. Clases. Adquisición y pérdida de servidumbre. Las servidumbres voluntarias.
6. Servidumbres legales. Su concepto y regulación en el Código Civil. Servidumbre de regulación administrativa.
7. Derechos reales de garantía. La hipoteca: Concepto,
caracteres y clases. Hipotecas legales e hipotecas voluntarias. La hipoteca mobiliaria. La prenda. La prenda sin
desplazamiento. La anticresis.
8. La obligación: Concepto. Estructura. Elementos que la integran. Fuente/s de las obligaciones. Clasificaciones. Cumplimientos de las obligaciones. Extinción. Incumplimiento y cumplimiento anormal. Pruebas de las obligaciones.
9. El contrato: Fundamento y función. Elementos del contrato. Forma y clasificación de los contratos. El contrato
preparatorio o precontrato. El contrato de opción. Perfección y efectos del contrato. Eficacia, interpretación, rescisión y nulidad de los contratos.
10. El contrato de compraventa: Concepto y clases. Elementos personales, reales y formales. Obligaciones del vendedor y del comprador. El tanteo y retracto.
11. El contrato de arrendamiento. El arrendamiento de cosas. Derechos y obligaciones del arrendador y del arrendatario. Régimen especial de arrendamiento de fincas urbanas. La Ley de Arrendamientos Urbanos. Conceptos y clases de rentas.
12. El contrato de arrendamiento de obra: Concepto, elementos, contenido y responsabilidades. El contrato de arrendamiento de servicios.
13. Contrato de sociedad. Contrato de mandato. Contrato de depósito. De las obligaciones que se contraen sin Convenio.
14. Reglamento de salubridad y habitabilidad de la vivienda. Cédula de habitabilidad. Condiciones higiénicas mínimas de las viviendas. Edificios ruinosos.
15. Legislación sobre Vivienda de protección oficial:
Beneficios, Cédulas de calificación provisional y definitiva. Limitaciones en la rentabilidad y valor en venta. Infracciones y sanciones. Descalificación y efectos de la misma. Protección oficial de la actividad inmobiliaria.
16. El Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana. Régimen Urbanístico del suelo. La ejecución de los Planes de ordenación. Sistemas de actuación. Beneficios tributarios de la Ley del Suelo.
17. El Reglamento de Planeamiento.
18. El Reglamento de Disciplina Urbanística.
19. El Reglamento de Gestión-Urbanística.
Grupo II. Derecho Constitucional y Derecho Administrativo
1. La Constitución actual española: Carácter y principios fundamentales. Derechos y Deberes fundamentales. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno. Relaciones entre ambas
Instituciones.
2. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial. La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. El Tribunal Constitucional. La Reforma Constitucional. El Consejo de Estado. El Defensor del Pueblo.
3. La Administración Pública. El Derecho Administrativo. Las Fuentes del Derecho Administrativo español. Especial referencia a la Ley y al Reglamento.
4. Las potestades administrativas. Los actos administrativos: Concepto, elementos, clasificación, requisitos y revocación de los actos administrativos. El silencio administrativo:
Naturaleza y régimen jurídico. El principio de publicidad de la actividad administrativa .
5. El servicio público: Concepto y clases. Formas de gestión. Gestión directa y descentralizada. Régimen de concesión. La actividad mercantil e industrial de los Entes públicos: Empresas públicas.
6. Los contratos de la Administración: Distinción entre los contratos administrativos y los demás del Estado, La Ley articulada de Contratos del Estado. Sistemas de contratación de Obras. Intervención del Consejo de Estado y del Tribunal de Cuentas. La Junta Consultivo de Contratación Administrativa. Clasificación y registro de los Contratistas.
7. Proyectos oficiales de obras; redacción, supervisión y condiciones que han de cumplir. Recepciones de obras;
provisional y definitiva. Plazo de garantía. Certificaciones y liquidaciones de obras. Legislación especial sobre revisión de precios, índices de precios y módulos de revisión. Fórmulas polinómicas. El Comité Superior de Precios de Contratos del Estado.
8. Ley de Procedimiento Administrativo. Ambito de aplicación. Los órganos administrativos. Los interesados. Actuación administrativa. Procedimientos especiales. Conflictos
jurisdiccionales.
9. La Administración Local. Entes locales. Legislación vigente en materia de régimen local.
10. El Municipio. Autoridades y órganos municipales.
Competencias. Estructura del Excmo. Ayuntamiento de Linares.
11. Actual estructura Administrativa del Ayuntamiento de Linares: Organigrama funcional. Actual estructura Política. Las Delegaciones de servicios.
12. La Provincia. Autoridades y órganos provinciales.
Competencias.
13. Los funcionarios públicos locales. Derechos y obligaciones. Responsabilidad.
14. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases, procedimiento de elaboración y aprobación.
15. Relaciones entre Entes Territoriales. Autonomía municipal y control jurisdiccional.
16. El dominio público. El patrimonio privado de la
Administración.
17. Formas de actividad de las Entidades Locales. La
intervención administrativa en la actividad privada.
Procedimiento del otorgamiento de licencias.
18. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.
19. Intervención administrativa en defensa del Medio Ambiente.
20. La acción administrativa en la actividad inmobiliaria. Préstamos y ayudas económicas para la construcción y
adquisición de viviendas. Régimen especial de rehabilitación de viviendas y áreas urbanas. Protección a la rehabilitación del patrimonio residencial urbano. Crédito hotelero. Construcciones docentes. Centros y zona de interés turístico. Construcciones agrícolas e industriales.
ANEXO II
Grupo I. Urbanismo
1. El planeamiento urbanístico. Clases de planes.
2. Formación y aprobación de los planes. Vigencia, revisión y modificación de los planes.
3. Requisitos generales para la ejecución. Función legitimadora del planeamiento. Orden de prioridades y delimitación de polígonos y unidades de actuación.
4. Reparcelaciones. Normas generales. Requisitos. Contenido. Procedimiento general y procedimiento abreviado.
5. Teoría general de los sistemas de actuación.
6. Valoración del suelo, disposiciones comunes. Valor inicial y valor urbanístico.
7. La intervención en la edificación y en el uso del suelo. Licencias. Ordenes de ejecución. Inspección urbanística.
8. Régimen disciplinario. Infracciones y sanciones. Su
naturaleza y alcance.
9. Criterios y objetivos de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Linares.
10. Clasificación y calificación del suelo en el Plan General de Ordenación Urbana de Linares.
11. Normativa y ordenación del Plan General de Ordenación Urbana de Linares.
Grupo II. Obras
1. Confección del Presupuesto de edificaciones u
organizaciones (mediciones, cuadro de servicios unitarios, etc.).
2. Descripción de los trabajos de replanteo sobre el terreno de una obra, tanto en caso de edificación como de urbanización (viales, alineaciones y rasantes, etc.).
3. Cálculo de resistencia de elementos constructivos de madera, perfiles laminados de hierro y elementos de hormigón armado.
4. Estimación y valoración de edificios. Componentes.
Estimación y valoración en las edificaciones antiguas.
Criterios y conceptos de depresión.
5. Valoraciones de solares urbanos en función del
aprovechamiento urbanístico del suelo (método sintético, residual y del coeficiente o repercusión).
6. Conceptos básicos de contratación de obras municipales y de su certificación y liquidación.
7. Saneamiento de poblaciones. Sistema de evacuación. Red de saneamiento. Colectores generales: Trazados y características. Problemas que plantean los cauces de riego a su paso por núcleos urbanos. Redes de aguas potables.
8. Acústica: Intensidad, frecuencia y medición del sonido. conceptos de absorción y reverberación: Niveles de inmisión acústica.
9. Tipos, clases y categoría de los cementos utilizados y recomendados prácticas para la utilización de los mismos, según las instrucciones para el proyecto y la ejecución de obras de hormigón en masa o armado.
10. Condiciones mínimas de habitabilidad en las viviendas. Legislación.
11. El concepto de ruina urbanística, definición y tipos de declaración en base a los motivos legales. Concepto de ruina inminente, declaración, competencia y procedimiento.
Linares, 15 de julio de 2002.- El Alcalde.
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