Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 24/08/2002

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Otros. AYUNTAMIENTO DE PORCUNA

ANUNCIO de bases.

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Don Luis Carlos Funes Quero, Alcalde-Presidente del Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad de Porcuna (Jaén).

Hace saber: Que por Resolución de la Alcaldía de 5 de julio de 2002, se han aprobado las siguientes bases:

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION DE PLAZA DE SARGENTO DE POLICIA LOCAL, INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DE 2001 MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION, POR PROMOCION INTERNA

1.º Objeto. Es objeto de esta convocatoria la provisión en propiedad de una plaza perteneciente a la Escala Ejecutiva del Cuerpo de Policía Local, categoría de Sargento, Grupo C, vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, e incluida en la Oferta de Empleo Público de 2001, mediante el sistema de concurso-oposición, por promoción interna.

2.º Requisitos de los aspirantes.

Los aspirantes, antes de que termine el plazo para la presentación de solicitudes, deberán reunir los siguientes requisitos, que se acreditarán antes de realizar el curso de capacitación:

a) Llevar al menos dos años de servicios efectivos en la Escala Básica del Cuerpo de Policía Local, con la categoría inferior a la que se aspira, que es la de Cabo.

b) Estar en posesión de la titulación académica que corresponda a la categoría que se aspira: Bachiller Superior, Formación Profesional de 2.º grado o, en su defecto una antigüedad de 10 años en el grupo D con la categoría de Cabo, o 5 años y un curso de formación específico, con arreglo a la Disposición Adicional 22.ª de la Ley 42/94.

c) Carecer en el expediente personal de inscripciones por faltas graves o muy graves en virtud de resolución firme.

3.º Solicitudes.

Las instancias manifestando estar en posesión de todos los requisitos se presentarán en el Registro municipal, en el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente a la publicación del anuncio en el BOE.

4.º Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos, concediendo el plazo previsto en el art. 71 de la Ley 30/92 a los excluidos y determinando la composición del Tribunal, y lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas, que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia. Los restantes actos se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

5.º Tribunal Calificador.

El Tribunal estará constituido por los siguientes miembros titulares y suplentes:

- Presidente: El de la Corporación o Concejal/a en quien delegue.

- Secretaria: La de la Corporación o en quien delegue, con voz y sin voto.

Vocales:

Un representante de la Junta de Andalucía. Un representante del personal.

Un técnico del Area de Personal de la Diputación Provincial. Un funcionario del Ayuntamiento.

Un Concejal/a.

Un representante del Colegio Provincial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local.

Todos los vocales deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida para la plaza convocada. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse y podrán ser recusados en los términos y forma previstos en la Ley 30/92.

El Tribunal interpretará y resolverá cuantas dudas o cuestiones surjan en la aplicación de las bases, y se constituirá y actuará con arreglo al art. 16 del D. 196/92.

6.º Sistema de selección y calificación.

Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, actuando por orden alfabético. La no presentación a cualquiera de los ejercicios significará la eliminación en el proceso selectivo, salvo fuerza mayor debidamente justificada.

A) Fase de concurso: El Tribunal procederá a baremar los méritos alegados y acreditados por los aspirantes, con arreglo a la Orden de 14 de febrero de 2002 de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 34), que en ningún caso servirá para superar la fase de oposición, haciendo público su resultado en el tablón de anuncios antes de que comience la fase de oposición. Anexo 1.

B) Fase de oposición.

a) Pruebas de aptitud física: Serán las cuatro establecidas con carácter obligatorio para la categoría de Sargento en la Orden de 14 de noviembre 2001 de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, por la que se establecen pruebas de acceso a los Cuerpos de Policía Local de Andalucía (BOJA núm. 144, pág. 18.412), debiendo entregar antes al Tribunal Certificado médico acreditativo de que se reúnen las condiciones físicas precisas para la realización de dichas pruebas. Anexo 2.

b) Prueba psicotécnica, con arreglo a lo dispuesto en la Orden de 14.11.01 (págs. 18.413 y 18.414 del BOJA núm. 144). Anexo 3.

c) Prueba de conocimientos: Consistirá, la primera parte, en contestar en un tiempo máximo de una hora a un test de 50 preguntas con respuestas alternativas sobre el temario del programa de esta convocatoria (Anexo 4), compuesto por los 45 temas establecidos para el acceso a la categoría de Sargento, según Orden antes citada de 14.11.01 (pág. 18.407, del BOJA núm. 144), y la segunda parte, en la resolución de un caso práctico en un máximo de dos horas, de contenido relacionado con el temario. Ambas partes de esta tercera prueba de

conocimientos se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar el 5 como mínimo en cada una de ellas, para aprobar la prueba.

7.º Relación de aprobados y presentación de documentos. Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aprobados y propuesta de nombramiento de quien obtenga mayor puntuación. El propuesto presentará en la Secretaría del Ayuntamiento en el plazo de 20 días naturales los documentos acreditativos del cumplimiento de los

requisitos, no pudiendo ser nombrados en prácticas en caso contrario.

8.º Curso de capacitación y nombramiento.

Una vez que se produzca el nombramiento como Sargento en prácticas por Resolución de la Alcaldía, se realizará el correspondiente Curso de Capacitación en la Escuela de

Seguridad Pública de Andalucía. A la vista del Informe

favorable de la superación del curso de capacitación que se remitirá al Ayuntamiento, se producirá nombramiento definitivo y toma de posesión del funcionario.

9.º Final.

En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en las disposiciones legales vigentes que sean de aplicación.

BASES PARA CUBRIR MEDIANTE PROMOCION INTERNA, POR CONCURSO- OPOSICION, UNA PLAZA VACANTE DE ADMINISTRATIVO DE

ADMINISTRACION GENERAL

Primera. Objeto de la convocatoria.

El objeto es la provisión por promoción interna, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Administrativo de Administración General, perteneciente a la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2001, dotada con el sueldo correspondiente al Grupo C, pagas extraordinarias, trienios, complemento de destino y otras complementarias que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

A) Ser español/a.

B) Tener cumplida la edad de 18 años.

C) Estar en posesión del título de Bachiller Superior,

Formación Profesional de 2.º Grado, equivalente o superior.

D) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el cumplimiento de sus funciones.

E) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de la Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

F) No hallarse incurso en causa alguna de incapacidad.

G) Ser Auxiliar Administrativo de Administración General de la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de Porcuna, con dos años efectivos de servicios prestados, como mínimo.

Tercera. Presentación de instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-

oposición, en las que deberán manifestar que reúnen los requisitos necesarios, se presentarán en el Registro del Ayuntamiento o demás formas previstas en el art. 38 de la Ley

30/92, RJAP y PAC, durante 20 días naturales a partir de la publicación de la convocatoria en el BOE, junto con los documentos siguientes:

- Certificación expedida por la Administración Local

correspondiente, donde se acrediten los servicios prestados.

- Títulos o certificaciones emitidas por las instituciones de carácter público que hayan impartido los cursos o seminarios que aleguen los aspirantes.

Cuarta. Lista de admitidos y excluidos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, concediendo, en su caso, el plazo previsto en el art. 71 para subsanación y mejora de las solicitudes. En dicha Resolución se determinarán el lugar y fecha concretos de comienzo de los ejercicios e igualmente el nombramiento del Tribunal.

Dicha Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y se expondrá en el tablón de anuncios de la

Corporación. Los errores de hecho podrán subsanarse en

cualquier momento de oficio o a petición del intersado.

Quinta. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

1. Presidente: El de la Corporación o Concejal en quien delegue.

2. Vocales:

- Un representante designado por la Junta de Andalucía.

- Un representante del personal del Ayuntamiento.

- Un funcionario municipal.

- Un Concejal de la Corporación.

3. Secretario: El de la Corporación o quien le sustituya, que actuará con voz y sin voto.

El nombramiento del Tribunal llevará consigo el nombramiento de los correspondientes suplentes. Todos los vocales deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida para la plaza convocada. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse y podrán ser recusados en los términos y forma previstos en la Ley 30/92.

El Tribunal interpretará y resolverá cuantas dudas o cuestiones surjan en la aplicación de las bases, y se constituirá con arreglo al art. 16 del D. 196/92.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y al menos dos de sus vocales, titulares o suplentes, indistintamente.

Sexta. Proceso selectivo.

Constará de dos fases: Una de concurso y otra de oposición. La fase de concurso será previa a la fase de oposición.

1. Fase de concurso.

1.A) Experiencia profesional. Por cada mes completo de servicio prestado en la Administración Local como Auxiliar

Administrativo, 0,05 puntos por mes. Hasta un máximo de 3 puntos.

1.B) Cursos y seminarios de formación. Siempre que se

encuentren relacionados con la plaza convocada e impartidos por instituciones de carácter público. Por cada curso o jornada,

0,05 puntos. Hasta un máximo de 3 puntos.

1.C) Méritos académicos. Por titulaciones académicas superiores a las exigidas para tomar parte en el concurso-oposición, 1 punto.

2. Fase de oposición.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 80.3 del R.D.

364/95, de 10 de marzo, se establece la exención en esta fase de las pruebas destinadas a comprobar el conocimiento teórico de determinadas materias de Derecho Administrativo, por haber sido acreditado ya el mismo suficientemente en las pruebas de ingreso a la Subescala Auxiliar.

El examen de la fase de oposición comprenderá la realización de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en responder, en el plazo máximo de sesenta minutos, un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, relacionado con el temario que figura como Anexo a estas bases.

El número de preguntas que integran este test de conocimientos es de 40.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico entre dos supuestos que planteará el Tribunal en el período máximo de dos horas.

Se valorarán los conocimientos, la claridad de la exposición y la comprensión.

Los opositores serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

Los ejercicios primero y segundo serán valorados de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen una puntuación mínima de 5 puntos en cada uno. La calificación de la oposición será la suma de la puntuación de los tres

ejercicios.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de oposición y concurso, quedando seleccionado el aspirante que haya obtenido mayor puntuación.

Séptima. Relación de aprobados y propuesta del Tribunal Calificador.

Terminada la calificación de los ejercicios realizados por los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, que se elevará a la Alcaldía para que formule la correspondiente propuesta de nombramiento, no pudiendo declarar que han superado las pruebas mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.

El opositor propuesto presentará en Secretaría, dentro del plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de su aprobación, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la oposición se exigen en la base segunda.

Si en el indicado plazo, y salvo caso de fuerza mayor, el opositor propuesto no presentara la documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en la que hubiera podido incurrir por falsedad en los datos expuestos en la instancia.

Octava. Base final.

La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de las mismas, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A N E X O

Tema 1. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia, ejecutividad y suspensión. Validez e invalidez de los actos administrativos.

Tema 2. El procedimiento administrativo: Concepto, clases y principios. Fases: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. El silencio administrativo.

Tema 3. La revisión del acto administrativo. Revisión de oficio. Recursos administrativos: Recursos de alzada,

reposición y revisión. Recurso económico administrativo.

Tema 4. Los contratos administrativos en la esfera local. Procedimientos y formas de adjudicación. Selección del

contratista. Garantías. Ejecución, modificación y suspensión. Revisión de precios.

Tema 5. Los bienes de las Entidades Locales. Clases de bienes. Usos y utilización de los bienes locales. El dominio público: Utilización y protección. El patrimonio privado de los Entes Locales.

Tema 6. La actividad administrativa. El servicio público local. Modos de gestión del servicio público. La actividad de policía: Licencias municipales. Concepto, régimen jurídico y

procedimiento.

Tema 7. Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Procedimientos de elaboración y aprobación. Infracciones y procedimiento

sancionador.

Tema 8. Personal al servicio de las Entidades Locales.

Funcionarios: Concepto y régimen jurídico. Personal laboral y personal eventual.

Tema 9. Las Haciendas Locales. Recursos de las Entidades Locales: Impuestos, tasas y contribuciones especiales.

Clasificación de ingresos. El gasto público local. Ejecución de gastos y contabilidad.

Tema 10. El Presupuesto Municipal: Concepto, principios y procedimiento de aprobación. Estructura. Modificaciones. Gestión y liquidación del Presupuesto.

Porcuna, 19 de julio de 2002.- El Alcalde, Luis Carlos Funes Quero.

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