La Junta
Consejo de Gobierno
Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Primero: Número de plazas a cubrir: Tres; escala básica; categoría Policía Local; subescala Servicios Especiales; turno libre; procedimiento de selección por oposición.
Segundo: El órgano a que debe dirigirse las solicitudes de participación y en el que se pongan de manifiesto las sucesivas comunicaciones, será la Secretaría Municipal.
Tercero: El orden de actuación de los aspirantes será por orden alfabético.
Cuarto: El Tribunal estará constituido por el Alcalde o Concejal en quien delegue, cuatro Vocales de los que uno será el representante de la Consejería de Gobernación y otro de la Junta o Delegado de Personal del Ayuntamiento. Los dos restantes serán designados por el Alcalde. Será Secretario, el de la Corporación o el funcionario que se designe como sustituto.
Quinto: Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de 45 días hábiles.
Sexto: Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio realizará el resto de pruebas quedando la calificación condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física en la fecha que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento, que no podrá superar los seis meses de duración desde el comienzo de las pruebas.
Séptimo: Queda suprimida la prueba de la natación.
Octavo: En el anexo I el tema 16 se referirá a la Ley 13/01 de
11 de diciembre.
Noveno: El plazo de presentación de solicitudes debe comenzar a contarse desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Décimo: No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
Undécimo: Los aspirantes que aprueben la oposición tendrán que superar el Curso de ingreso para policía en la ESPA, escuelas concertadas o la que designe el Ayuntamiento. Superado el curso se efectuará el nombramiento de funcionario.
Campillos, 15 de diciembre de 2003.- El Alcalde, Pedro Durán Morgado.
Disposición anterior
Disposición siguiente