Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 194 de 04/10/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 31 de agosto de 2004, por la que se modifica la autorización de Enseñanzas del Centro Docente Privado Cenec, de Sevilla.

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Visto el expediente tramitado por don Tomás García García, como representante de don Leopoldo Moral Regil, titular del Centro docente privado "Cenec", con domicilio en C/ Arroyo,, de Sevilla, solicitando modificar la autorización concedida por Orden de 30 de agosto de 2002 (BOJA de 17 de octubre), por disminución de un Ciclo Formativo de Grado Superior de Formación Profesional Específica de Administración de Sistemas Informáticos y por incremento de un Ciclo Formativo de Grado Medio de Formación Profesional Específica de Explotación de Sistemas Informáticos.

Resultando que por Orden de 30 de agosto de 2002 (BOJA de 17 de octubre), el Centro tiene autorización para impartir Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional Específica: dos de Administración de Sistemas Informáticos y dos de Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.

Vistas: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica

9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, evaluación y el gobierno de los centros docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre (BOE de 10), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que imparten enseñanzas escolares de régimen general; el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (BOE de 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto 827/2003, de 27 de junio (BOE de 28), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del Sistema Educativo, establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad en la Educación; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación; el Real Decreto 1660/1994, de 22 de julio (BOE de 30 de septiembre), por el que se establece el Título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1661/1994, de 22 de julio (BOE de 30 de septiembre), por el que se establece el Título de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 497/2003, de 2 de mayo (BOE de 24), por el que se establece el Título de Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos y las correspondientes enseñanzas mínimas.

Considerando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla, como se contempla en el artículo 9, punto 4, del Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Esta Consejería de Educación ha dispuesto:

Primero. Autorizar la modificación de las enseñanzas solicitadas al Centro Docente Privado "Cenec", de Sevilla, y como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del centro que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: "Cenec".

Titular: Leopoldo Moral Regil.

Domicilio: C/ Arroyo, 5.

Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Código núm.: 41011154.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional Específica, impartidos en doble turno:

- Administración de Sistemas Informáticos.

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 50.

- Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.

Núm. ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 100.

b) Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Específica, impartidos en doble turno:

- Explotación de Sistemas Informáticos.

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 50.

Segundo. El Centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Tercero. La autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Cuarto. La titularidad del Centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación de Sevilla la relación del profesorado del centro con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 31 de agosto de 2004

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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