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Vista la petición formulada por doña Elena Valenzuela Poyatos, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, para obtener nombramiento provisional en el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención del Servicio Provincial de Asistencia a Municipios de la Excma. Diputación Provincial de Granada, así como informe favorable adoptado por esa Diputación con fecha 22 de noviembre de 2004 y por el Ayuntamiento de Castilléjar (Granada) mediante Resolución de Alcaldía de fecha 26 de octubre de 2004, de conformidad con lo establecido en el articulo 30 del Real Decreto 1732/1994, de
29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de
27 de junio y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por la Disposición Adicional Novena de la Ley
22/1993, de 29 de diciembre, en relación con el artículo
12.1.e) del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero. Nombrar a doña Elena Valenzuela Poyatos, con DNI
26.227.146, como Secretaria-Interventora, con carácter provisional, del Servicio Provincial de Asistencia a Municipios de la Excma. Diputación Provincial de Granada.
Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el articulo 46.1 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
Sevilla, 25 de noviembre de 2004.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.
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