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NIG: 1808742C20020006845.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 353/2002. Negociado: R.
De: Doña María Rodríguez Raya.
Procuradora: Sra. María del Carmen Rivas Ruiz.
Contra: Entidad Castellano y Albarracín, S.L.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 353/2002, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Granada a instancia de María Rodríguez Raya contra Entidad Castellano y Albarracín, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NUM. 172
En Granada, 3 de octubre de 2003. Vistos por la Ilma. Sra. doña Angélica Aguado Maestro, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia número Seis de la misma, los autos de Juicio Ordinario que bajo el número 353/2002, se tramitan a instancias de doña María Rodríguez Raya, representada por la Procuradora doña María del Carmen Rivas Ruiz y defendida por el letrado don Fernando Reyes-Gómez Solana contra Castellano y Albarracín, S.A., declarada en rebeldía y versando el juicio sobre cancelación condición resolutoria.
FALLO
Condeno a Castellano y Albarracín, S.A., a que otorgue a doña María Rodríguez Raya la correspondiente escritura de carta de pago por la cantidad de 5.409,11 euros (equivalentes a 900.000 pesetas), teniendo por cancelada la condición resolutoria inscrita sobre la finca núm. 3.616 de Gójar, perteneciente al Registro de la Propiedad núm. 6 de Granada, con expresa condena en costas a la demandada.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación ante este Juzgado pero dirigido a la Ilma. Audiencia Provincial en el plazo de cinco días.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
E/
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Entidad Castellano y Albarracín, S.L., extiendo y firmo el presente en Granada, 6 de octubre de 2003.- El Secretario.
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