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Examinado el expediente incoado a instancia de don Miguel Soriano Sánchez, en su calidad de representante legal de la "Fundación Auxilia Sevilla", entidad titular del Centro docente privado de Educación Especial "Arco-Auxilia", con domicilio en C/ Patricio Sáenz, núm. 15 Acc., de Sevilla, en solicitud de autorización definitiva de apertura y funcionamiento del mencionado centro por cambio de domicilio.
Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la entonces Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla.
Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de dicha Delegación Provincial.
Resultando que el mencionado Centro con código 41009691, tiene autorización definitiva para 3 unidades de Educación Especial Básica para 30 puestos escolares y 1 unidad de Educación Especial Aprendizaje de Tareas para 15 puestos escolares, por Orden de 4 de febrero de 1993 (BOJA de 9 de marzo).
Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 (BOE de 14 de enero); la Ley Orgánica 8/1985, de
3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE de 4 de octubre); la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (BOE de 24 de diciembre); la Orden de 26 de marzo de
1981, por la que se aprueban los programas de necesidades para la redacción de los proyectos de construcción y adaptación de centros de Educación Especial (BOE de 26 de abril); el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas escolares de régimen general (BOE de 10 de diciembre); el Real Decreto 827/2003, de 27 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (BOE de 28 de junio), modificado por el Real Decreto 1318/2004, de 28 de mayo (BOE del 29); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio).
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
Esta Consejería de Educación ha dispuesto:
Primero. Conceder la autorización definitiva de apertura y funcionamiento, por cambio de domicilio, al Centro docente privado de Educación Básica Especial "Arco-Auxilia", quedando con la autorización definitiva que se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro de Educación Especial.
Denominación específica: Arco-Auxilia.
Código de Centro: 41009691.
Domicilio: Plaza del Sacrificio, s/n.
Localidad: Sevilla.
Municipio: Sevilla.
Provincia: Sevilla.
Titular: Fundación Auxilia Sevilla.
Composición resultante:
- 4 unidades de Educación Básica Especial para 29 puestos escolares.
- 1 unidad de Educación Especial, Aprendizaje de Tareas para
11 puestos escolares.
Segundo. El personal que atienda las unidades de Educación Especial autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre (BOE de 10 de diciembre), y la Orden Ministerial de
11 de octubre de 1994 (BOE de 19 de octubre).
Tercero. La titularidad del Centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla la
relación del profesorado del Centro, con indicación de su titulación respectiva.
Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa.Sevilla, 3 de mayo de 2005
CANDIDA MARTINEZ LOPEZ
Consejera de Educación
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