Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 23/06/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 30 de mayo de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde del abrevadero denominado "Abrevadero de la Fuente de la Venta de Roz-Aimí", en el término municipal de Cúllar, provincia de Granada (V.P. 553/02).

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Examinado el expediente de Deslinde del abrevadero denominado "Abrevadero de la Fuente de la Venta de Roz-Aimí", instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vías pecuarias y abrevaderos del término municipal de Cúllar, provincia de Granada, fueron clasificadas por Orden Ministerial de 24 de mayo de 1966, publicada en el BOE de fecha 23 de junio de 1966.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 16 de octubre de 2002, se acordó el inicio del deslinde del abrevadero.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el día 8 de abril de 2003, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm., de 13 de marzo de 2003. En dicho acto no hubo alegaciones por parte de los asistentes.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm., de fecha 27 de noviembre de 2003.

Quinto. A la Proposición de Deslinde no se han presentado alegaciones.

Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 15 de febrero de 2005.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente deslinde en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de modificación de la Ley

30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. El abrevadero denominado "Abrevadero de la Fuente de la Venta de Roz-Aimí, fue clasificado por Orden Ministerial de fecha 24 de mayo de 1966, debiendo por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, incluyendo los abrevaderos, descansaderos, majadas y demás lugares asociados al tránsito ganadero, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Considerando que en el presente deslinde se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada con fecha 22 de julio de 2005, así como el informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitido con fecha

15 de febrero de 2005.

RESUELVO

Aprobar el deslinde del abrevadero denominado "Abrevadero de la Fuente de la Venta Roz-Aimí", instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada, a tenor de la descripción que sigue, y en función de las

coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

Descripción:

"Finca rústica conocida como Abrevadero de la Fuente de Roz- Aimí que se ubica en el término de Cúllar, provincia de Granada, en el cruce de la autovía A-92 y el río Cúllar, que tiene una superficie deslindada de una hectárea y cinco con sesenta y seis centiáreas y que se encuentra dividida en dos parcelas de formas poligonales, que se desprenden de la vía pecuaria denominada "Cordel del Camino Real de Lorca"; una hacia el Norte con una superficie deslindada de veintisiete áreas y ochenta y dos con cuarenta y siete centiáreas y otra hacia el Sur con una superficie deslindada de setenta y dos áreas y veintitrés con diecinueve centiáreas. Los linderos de ambas parcelas se describirán a continuación de forma

independiente:

- Parcela Norte: Linda al Norte, al Sur y al Oeste con el río Cúllar (Confederación Hidrográfica del Guadalquivir; parcela

37/9015). Y al Este con el Cordel del Camino Real de Lorca.

- Parcela Sur: Linda al Norte, con el Ayuntamiento de Cúllar (parcelas 36/163 y 36/173). Al Oeste con el Cordel del Camino Real de Lorca. Al Sur, con doña Alfonsa Sánchez Burgos

(parcela 37/496), con la carretera del Saúco a Cúllar

(Consejería de Obras Públicas y Transportes; parcela 37/9018), con don José Martínez Pérez (parcela 40/208), con el río Cúllar (Confederación Hidrográfica del Guadalquivir; parcela

36/9002) y con doña M.ª Antonia Gallego Rodríguez (parcela

36/162). Y al Este, con la A-92 (Ministerio de Fomento

(parcela 36/9001) y con el Ayuntamiento de Cúllar (parcelas

36/163 y 36/173)."

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, conforme a la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el pla

zo de un mes desde la notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Lo que acuerdo y firmo en Sevilla, 30 de mayo

de 2005.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

ANEXO A LA RESOLUCION DE FECHA 30 DE MAYO DE 2005, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DEL ABREVADERO DENOMINADO "ABREVADERO DE LA FUENTE DE ROZ- AIMI", EN EL TERMINO MUNICIPAL DE CULLAR, PROVINCIA DE GRANADA (V.P. 553/02)

RELACION DE COORDENADAS U.T.M. DEL ABREVADERO

"ABREVADERO DE LA FUENTE ROZ-AIMI"

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