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Esta Delegación del Gobierno, por delegación de la Excma. Sra. Consejera de Gobernación, y de conformidad con los requisitos exigidos por la normativa vigente y por la Orden de Convocatoria de 22 de marzo de 2005, dicta Resolución con fecha de 25 de octubre de 2005, por la que se resuelve la concesión de subvenciones, en materia de consumo, a Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía, para la realización de Actividades Concertadas en el marco de Convenios suscritos con las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma para la convocatoria del año 2005 que a continuación se relacionan; procediendo a su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
RESOLUCION
Primero. Conceder a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios que a continuación se indican, las subvenciones por los importes y con los porcentajes de financiación asumidos por la Junta de Andalucía y la Entidad Local que se detallan en el mismo, con cargo a la aplicación presupuestaria
01.11.00.01.00.486.00.44.H.0., destinadas a financiar los Convenios de Colaboración con las Entidades Locales que igualmente se señalan.
BENEFICIARIO: UNION DE CONSUMIDORES
DE GRANADA-UCE. UCE-ANDALUCIA. CIF: G-18221523
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Los Ayuntamientos participan en las actividades subvencionadas con el 0%, salvo el Ayuntamiento de Fuente Vaqueros que colabora en la financiación con la cantidad de 150 euros.
El porcentaje asumido por la Junta de Andalucía es del 100% respecto del presupuesto aceptado de todas las actividades indicadas, salvo en el Ayuntamiento de Fuente Vaqueros, donde el porcentaje asumido por la Junta de Andalucía es del 85,93% del presupuesto aceptado y el porcentaje asumido por el Ayuntamiento de Fuente Vaqueros es del 14,07 del presupuesto aceptado.
Desestimar a la Asociación de consumidores, Unión de Consumidores de Granada-UCE, UCE-Andalucía la siguiente solicitud:
- Ayuntamiento de Salobreña: Al no haber aportado el mismo la documentación requerida para su subsanación en los términos previstos en el artículo 6 de la Orden de 22 de marzo de 2005.
BENEFICIARIO: ASOCIACION DE AMAS DE CASA,
CONSUMIDORES Y USUARIOS DE GRANADA
"AL-ANDALUS". CIF: G-18025254
Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 55) height="15">.
Los Ayuntamientos participan en las actividades subvencionadas con el 0%.
El porcentaje asumido por la Junta de Andalucía es del 100% respecto del presupuesto aceptado.
La presente Resolución, con su contenido íntegro, se encuentra expuesta en el tablón de anuncios de la Delegación del
Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, sita en C/ Gran Vía, núm. durante el plazo de 30 días naturales, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación en BOJA.
Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante este Organo en el plazo de un mes, conforme a lo
establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en la Ley/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
ContenciosoAdministrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Granada, 27 de octubre de 2005.- La Delegada del Gobierno, Teresa Jiménez Vílchez.
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