Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 236 de 2/12/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

RESOLUCION de 3 de noviembre de 2005, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se hace público el Acuerdo de 20 de octubre de 2005, de la Sección de Personal y Administración de la Delegación por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas mediante cotejo a los puestos de trabajo que se relacionan.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), recoge en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos a que se refiere el punto 2 del artículo 21 de dicha norma (copias autenticadas) corresponderá a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos.

Por razones de agilidad y eficacia administrativa de la propia Delegación, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, en el ámbito del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 47 de la Ley/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.

Por cuanto antecede, esta Delegación Provincial

R E S U E L V E

Primero. Hacer público el Acuerdo de 20 de septiembre de 2005, de la Secretaría General de esta Delegación Provincial, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas mediante cotejo a los puestos de trabajo que se relacionan, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.

Segundo. Quedan expresamente derogadas las anteriores Resoluciones de delegación de competencias (Resolución de 30 de septiembre de 1999).

ANEXO QUE SE CITA

ACUERDO DE 20 DE OCTUBRE DE 2005, DE LA SECCION DE PERSONAL DE LA DELEGACION DE TURISMO, COMERCIO Y DEPORTE EN GRANADA, POR EL QUE SE DELEGA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACION DE COPIAS MEDIANTE COTEJO EN LOS PUESTOS DE TRABAJO QUE SE RELACIONAN

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reconoce en sus artículos 35.c) y 46, respectivamente, por una parte, el derecho de los ciudadanos a obtener copias selladas de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos salvo que los originales deban obrar en el procedimiento y atribuye, por otra parte, a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), recoge en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos a que se refiere el punto 2 del artículo 21 de dicha norma (copias autenticadas) corresponderá a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, en este caso concreto corresponde a la Sección de Personal y Administración, encardinada en la Secretaría General de esta Delegación Provincial la competencia de la expedición de copias autenticadas de documentos públicos o privados mediante cotejo del original y, por razones de agilidad y eficacia administrativas de la propia Delegación, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, en el ámbito del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.

Por todo ello,

A C U E R D O

Primero. Delegar, respecto de los documentos que se presenten en el Registro General de la Delegación, la expedición de copias autenticadas de documentos privados y públicos,

realizadas mediante cotejo con los originales, a los puestos de trabajo cuyos códigos y denominaciones se relacionan a continuación:

Código 1772910, Ng. de Personal.

Código 1603410, Ng. de Registro y Régimen Interior.

Código 2762010, Asesor Técnico-Legislación y Recursos.

Código 480010, Ng. Gestión Económica.

Código 2720710, Auxiliar Administrativo.

Código 2720810, Auxiliar Administrativo.

Código 475110, Asesor Técnico Instrucciones y Sanciones.

Código 477110, Ng. de Registro de Turismo.

Código 477010, Ng. Infraestructura y Gestión.

Código 475210, Un. Información y Promoción Turística.

Código 2529710, Auxiliar de Gestión.

Código 2762210, Ng. Gestión.

Código 2529510, Titulado Grado Medio.

Código 3101810, Ng. Asociaciones y Actividades.

Código 8270910, A.T. Subvenciones y Convenios.

Código 478810, Dp. Comercio.

Código 475310, Un. Estructuras Comerciales.

Código 8145010, Sc. Inspección y Sanciones.

Código 2529410, Titulado Superior.

Segundo. La delegación de competencias contenida en la

presente Resolución se entiende sin perjuicio de que, en cualquier momento, el órgano delegante pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere

conveniente.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.

Cuarto. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente

delegación deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente de su publicación.

Granada, 3 de noviembre de 2005.- La Delegada, P.S. (Decreto

21/85, de 5.2), El Secretario General, Miguel Angel Olalla Ferrer.

Descargar PDF