Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 17/03/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 11 DE GRANADA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 521/2004. (PD. 836/2005).

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NIG: 1808742C20040008749.

Procedimiento: Verbal. Desah. F. Pago (N) 521/2004. Negociado:

1.

De: Don José Jiménez Macías y don Alberto Jiménez Macías.

Procuradora: Sra. Herminia José Moreno Chaves.

Contra: Doña Carmen Rodríguez Mingorance.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Verbal. Desah. F. Pago (N) 521/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Once de Granada a instancia de José Jiménez Macías y Alberto Jiménez Macías contra Carmen Rodríguez Mingorance sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 197/04

En la ciudad de Granada, a dos de noviembre de dos mil cuatro.

Francisco Sánchez Gálvez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Once de Granada y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal de Desahucio y reclamación de cantidad, núm. 521/04, seguidos entre partes, de una y como demandante don José y Alberto Jiménez Macías, con Procurador Sra. doña Herminia Moreno Chaves, y Letrada Sra. doña María Luisa Vázquez del Rey Miralles, y de otra y como demandada doña Carmen Rodríguez Mingorance, declarada en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Que estimando la demanda presentada:

1.º Declaro resuelto el contrato de arrendamiento que tiene por objeto la vivienda sita en Granada, calle Escutia, 4, 2.º derecha, y condeno a doña Carmen Rodríguez Mingorance a que la desaloje y deje a disposición de don José y don Alberto Jiménez Macías.

2.º Condeno a doña Carmen Rodríguez Mingorance que pague a don José y don Alberto Jiménez Macías doscientos setenta y cuatro euros y veintiséis céntimos por las rentas pendientes de las mensualidades comprendidas entre marzo y mayo de 2004, más noventa y un euros y cuarenta y dos céntimos mensuales hasta que se produjo el desalojo de la vivienda, y las costas del procedimiento.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, que habrá de prepararse en plazo de cinco días, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Carmen Rodríguez Mingorance, extiendo y firmo la presente en Granada a cinco de noviembre de dos mil

cuatro.- El/La Secretario.

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