Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 17/03/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 22 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 374/2004. (PD. 831/2005).

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NIG: 4109100C20040007984.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 374/2004. Negociado:.º

Sobre: Obligación de hacer.

De: Don José Montero Pérez.

Procurador: Sr. Francisco Javier Parody Ruiz-Berdejo 42.

Contra: Constructora Inmobiliaria Bética, S.A.

E D I C T O

Hago saber: Que en el procedimiento Proced. Ordinario (N)

374/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia Núm. Veintidós de Sevilla a instancia de José Montero Pérez contra Constructora Inmobiliaria Bética, S.A., se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

"S E N T E N C I A

En Sevilla, a dos de febrero de dos mil cinco.

El Sr. don Jesús Medina Pérez, Magistrado/Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintidós de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Proced. Ordinario (N)

374/2004 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una, como demandante don José Montero Pérez con Procurador don Francisco Javier Parody Ruiz-Berdejo 42 y Letrado don Gonzalo Pérez de Ayala González; y de otra como demandado Constructora Inmobiliaria Bética, S.A., que no comparece declarándose en rebeldía.

F A L L O

Que estimando la demanda deducida por el Procurador don Francisco Javier Parody Ruiz-Berdejo, en nombre y representación de don José Montero Pérez contra la entidad Constructora Inmobiliaria Bética, S.A. (COIBESA), debo condenar y condeno a la demandada, a la subsanación de la escritura de compraventa de fecha 6 de marzo de 1973 y la posterior inscripción en el Registro de la Propiedad núm. Nueve de esta capital a nombre de don José Montero Pérez de la finca núm. 33.206, sita en la C/ Puerto del Escudo, núm. 5, Torre 6, 14.º D.

Se condena a la demandada al abono de las costas del presente juicio.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de Apelación en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo".

Y con el fin de que sirva de notificación en forma legal al demandado Constructora Inmobiliaria Bética, S.A., que se encuentra en situación procesal de rebeldía e ignorado paradero, expido y firmo la presente en Sevilla, a once de febrero de dos mil cinco.- La Secretaria.

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