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Examinado el expediente de Deslinde de la vía pecuaria denominada "Vereda del Pozo de las Lomas", desde el Barranco del Chorrito o de las Adelfas, hasta la Puerta de la Esperilla, incluido el abrevadero del Chorrito, en el término municipal de Bedmar y Garcíez, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, se desprenden los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La vías pecuarias del término municipal de Biedmar y Garcíez, provincia de Jaén, fueron clasificadas por Orden Ministerial de fecha 20 de diciembre de 1963, publicada en el BOE de 6 de enero de 1964.
Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 12 de septiembre de 2002, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria.
Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el día 19 de junio de 2003, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm.
110 de 15 de mayo de 2003.
Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm.
252 de fecha 3 de noviembre de 2003.
Quinto. Ni en el Acta de Apeo ni durante el trámite de Exposición Pública del expediente, se han presentado alegaciones.
Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 15 de noviembre de 2004.
A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente deslinde en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.
Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la ley 4/1999 de modificación de la Ley
30/1992, y demás legislación aplicable al caso.
Tercero. La vía pecuaria denominada "Vereda del Pozo de las Lomas", fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 20 de diciembre de 1963, debiendo por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.
Considerando que en el presente deslinde se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con
sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.
Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén con fecha 3 de mayo de 2004, así como el informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitido con fecha
15 de noviembre de 2004.
R E S U E L V O
Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada "Vereda del Pozo de las Lomas", desde el Barranco del Chorrito o de las Adelfas, hasta la Puerta de la Esperilla, incluido el
abrevadero del Chorrito, en el término municipal de Bedmar y Garcíez, instruido por la Delegación Provincial de la
Consejería de Medio Ambiente en Jaén, a tenor de la
descripción que sigue, y en función de las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.
- Longitud deslindada: 1.199,87 m.
- Anchura: 20,89 m.
Descripción.
Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95 de Vías Pecuarias y el Decreto 155/98 por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de Bedmar-Garcíez, provincia de Jaén, de forma alargada con una anchura de 20,89 metros, la longitud deslindada es de 1.199,87 metros, la superficie deslindada de 25.064,41 m2, que en adelante se conocerá como "Vereda del Pozo de las Lomas", Tramo: desde el Barranco del Chorrito o de las Adelfas, hasta la Puerta de la Esperilla, que linda:
Al Norte:
Colindancia Titular Polígono
y Parcela
1 Rivera Martínez, Sebastián 9/49
Abrevadero de El Chorrito
5 Ayuntamiento de Bedmar 9/9002
7 Aranda Norte, Blan y Juan Antonio 9/837
Al Este:
Colindancia Titular Polígono
y Parcela
1 Rivera Martínez, Sebastián 9/49
Abrevadero de El Chorrito
Barranco de El Chorrito o de las Adelfas
3 Ayuntamiento de Bedmar 9/9009
5 Ayuntamiento de Bedmar 9/9002
7 Aranda Norte, Blas y Juan Antonio 9/837
9 Chamorro Medina, María 9/862
Vereda de Cañada Morena y Batán
9 Chamorro Medina, María 9/862
11 Chamorro Medina, María 9/861
13 Chamorro Medina, María 9/860
15 Soriano Viedma, Francisca 9/859
17 Troyano Adán, Matías 9/858
19 Viedma Gallardo, Juan José 9/857
21 Soriano Viedma, Francisca 9/856
23 Ruiz de la Torre, Francisco 9/855
25 Ruiz de la Torre, Francisco 9/853
27 Chamorro Caballero, Santiago 9/852
29 Herrera Herrera, Miguel 9/851
30 Viedma Gallardo, Juan José 9/891
31 Chamorro Medina, María 9/849
33 Chamorro Medina, María 9/848
35 Chamorro Medina, María 9/847
37 Ayuntamiento de Bedmar 9/1018
Al Sur:
Colindancia Titular Polígono
y Parcela
2 Rodríguez Herrera, Eugenio 8/133
10 Martos Martínez, Encarnación 8/313
37 Ayuntamiento de Bedmar 9/1018
Más de la propia vía pecuaria
Al Oeste:
Colindancia Titular Polígono
y Parcela
Más de la propia vía pecuaria
2 Rodriguez Herrera, Eugenio 8/133
Barranco del Chorrito
4 Ayuntamiento de Bedmar 8/9006
6 Palop Adán, José 8/335
8 Ayuntamiento de Bedmar 8/9002
10 Martos Martínez, Encarnación 8/313
12 García Martos, Jesús 8/314
14 Bris Gallo, Luis Miguel 8/333
16 Medina Sanchez, María Jesús 8/334
18 Ayuntamiento de Bedmar 8/9003
20 Martos Acevedo, Josefa 9/865
22 Carreras Ruiz, María y uno mas 9/866
24 Fernández Martos, José Ignacio 9/877
26 Martos Acevedo, Josefa 9/887
28 Viedma Gallardo, Juan José 9/890
30 Viedma Gallardo, Juan José 9/891
32 Romero Alcalá, Julián 9/892
34 Romero Quesada, Catalina 9/893
36 Romero Medina, J José 9/894
38 Narváez Marín, María Catalina 9/895
40 Marín Martínez, Ildefonso 9/897
42 Marín Chamorro, Francisca 9/898
LUGAR ASOCIADO
Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95 de Vías Pecuarias y el Decreto 155/98 por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de Bedmar-Garcíez, provincia de Jaén, con un perímetro deslindado de 80,25 metros, la superficie deslindada de 400,12 m2, que en adelante se conocerá como "Abrevadero del Chorrito", que linda:
Al Norte:
Colindancia Titular Polígono
y Parcela
1 Rivera Martínez, Sebastián 9/49
Al Este:
Colindancia Titular Polígono
y Parcela
3 Ayuntamiento de Bedmar 9/9009
Barranco del Chorrito
Al Sur:
Colindancia Titular Polígono
y Parcela
3 Ayuntamiento de Bedmar 9/9009
Barranco del Chorrito
Al Oeste: Con la Vereda del Pozo de las Lomas.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía
administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada, conforme a la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.
Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 1 de abril de 2005.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.
ANEXO A LA RESOLUCION DE FECHA 1 DE ABRIL DE 2005, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA "VEREDA DEL POZO DE LAS LOMAS", EN EL TERMINO MUNICIPAL DE
BEDMAR Y GARCIEZ, PROVINCIA DE JAEN (VP. 471/02)
RELACION DE COORDENADS UTM DE LA VIA PECUARIA
HUSO 30
"VEREDA DEL POZO DE LAS LOMAS"
Núm. puntos X Y
Puntos que delimitan la línea base derecha
1D 465583,930 4183975,670
2D 465591,735 4183973,429
3D 465594,772 4183934,020
3D' 465597,784 4183924,718
3D'' 465604,698 4183917,805
4D 465617,752 4183909,818
5D 465627,736 4183896,215
6D 465644,029 4183858,319
7D 465635,164 4183806,792
8D 465622,805 4183784,033
8D' 465621,242 4183780,353
8D'' 465620,408 4183776,443
9D 465610,862 4183693,164
10D 465596,560 4183624,630
11D 465585,763 4183592,022
11D' 465584,983 4183588,856
11D'' 465584,705 4183585,608
12D 465584,210 4183517,980
13D 465580,841 4183480,708
14D 465580,213 4183366,329
15D 465573,109 4183316,384
16D 465567,009 4183290,921
16D' 465566,526 4183288,011
16D'' 465566,458 4183285,063
17D 465567,608 4183260,858
18D 465589,278 4183186,615
19D 465591,528 4183153,888
20D 465589,525 4183128,301
21D 465589,275 4183055,948
22D 465587,651 4183023,160
23D 465584,774 4183001,988
24D 465575,673 4182968,485
24D' 465574,969 4182964,051
24D'' 465575,228 4182959,569
25D 465584,670 4182903,006
26D 465578,374 4182880,989
27D 465562,308 4182856,828
27D' 465559,707 4182851,303
27D'' 465558,814 4182845,261
28D 465558,814 4182834,400
Puntos que delimitan la línea base izquierda
1I 465589,694 4183995,749
2I 465597,499 4183993,508
2I' 465607,925 4183986,631
2I'' 465612,563 4183975,034
3I 465615,600 4183935,624
4I 465628,654 4183927,638
4I' 465631,890 4183925,198
4I'' 465634,593 4183922,178
5I 465645,986 4183906,655
6I 465663,220 4183866,570
6I' 465664,774 4183860,775
6I'' 465664,617 4183854,777
7I 465655,751 4183803,250
7I' 465654,900 4183799,945
7I'' 465653,522 4183796,823
8I 465641,162 4183774,064
9I 465631,507 4183689,834
10I 465616,766 4183619,195
11I 465605,594 4183585,455
12I 465605,093 4183516,962
13I 465601,726 4183479,708
14I 465601,095 4183364,794
15I 465593,652 4183312,471
16I 465587,324 4183286,054
17I 465588,357 4183264,328
18I 465609,964 4183190,300
19I 465612,474 4183153,789
20I 465610,412 4183127,448
21I 465610,164 4183055,395
22I 465608,471 4183021,233
23I 465605,290 4182997,826
24I 465595,833 4182963,009
25I 465605,275 4182906,445
25I' 465605,527 4182901,824
25I'' 465604,755 4182897,261
26I 465598,458 4182875,245
26I' 465597,338 4182872,230
26I'' 465595,769 4182869,423
27I 465579,704 4182845,261
28I 465579,704 4182834,400
Puntos que delimitan el Abrevadero del Chorrito
A 465615,600 4183935,624
B 465615,092 4183942,222
C 465620,500 4183950,690
D 465630,791 4183952,662
E 465630,183 4183949,614
F 465643,165 4183939,154
G 465636,089 4183932,542
H 465633,055 4183928,728
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