Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 11/05/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 1 de abril de 2005, de la Secretaria General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la via pecuaria "Vereda del Pozo de las Lomas", en el término municipal de Bedmar y Garcíez, provincia de Jaén (VP. 471/02).

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Examinado el expediente de Deslinde de la vía pecuaria denominada "Vereda del Pozo de las Lomas", desde el Barranco del Chorrito o de las Adelfas, hasta la Puerta de la Esperilla, incluido el abrevadero del Chorrito, en el término municipal de Bedmar y Garcíez, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vías pecuarias del término municipal de Biedmar y Garcíez, provincia de Jaén, fueron clasificadas por Orden Ministerial de fecha 20 de diciembre de 1963, publicada en el BOE de 6 de enero de 1964.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 12 de septiembre de 2002, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el día 19 de junio de 2003, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm.

110 de 15 de mayo de 2003.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm.

252 de fecha 3 de noviembre de 2003.

Quinto. Ni en el Acta de Apeo ni durante el trámite de Exposición Pública del expediente, se han presentado alegaciones.

Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 15 de noviembre de 2004.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente deslinde en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la ley 4/1999 de modificación de la Ley

30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria denominada "Vereda del Pozo de las Lomas", fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 20 de diciembre de 1963, debiendo por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Considerando que en el presente deslinde se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con

sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén con fecha 3 de mayo de 2004, así como el informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitido con fecha

15 de noviembre de 2004.

R E S U E L V O

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada "Vereda del Pozo de las Lomas", desde el Barranco del Chorrito o de las Adelfas, hasta la Puerta de la Esperilla, incluido el

abrevadero del Chorrito, en el término municipal de Bedmar y Garcíez, instruido por la Delegación Provincial de la

Consejería de Medio Ambiente en Jaén, a tenor de la

descripción que sigue, y en función de las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

- Longitud deslindada: 1.199,87 m.

- Anchura: 20,89 m.

Descripción.

Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95 de Vías Pecuarias y el Decreto 155/98 por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de Bedmar-Garcíez, provincia de Jaén, de forma alargada con una anchura de 20,89 metros, la longitud deslindada es de 1.199,87 metros, la superficie deslindada de 25.064,41 m2, que en adelante se conocerá como "Vereda del Pozo de las Lomas", Tramo: desde el Barranco del Chorrito o de las Adelfas, hasta la Puerta de la Esperilla, que linda:

Al Norte:

Colindancia Titular Polígono

y Parcela

1 Rivera Martínez, Sebastián 9/49

Abrevadero de El Chorrito

5 Ayuntamiento de Bedmar 9/9002

7 Aranda Norte, Blan y Juan Antonio 9/837

Al Este:

Colindancia Titular Polígono

y Parcela

1 Rivera Martínez, Sebastián 9/49

Abrevadero de El Chorrito

Barranco de El Chorrito o de las Adelfas

3 Ayuntamiento de Bedmar 9/9009

5 Ayuntamiento de Bedmar 9/9002

7 Aranda Norte, Blas y Juan Antonio 9/837

9 Chamorro Medina, María 9/862

Vereda de Cañada Morena y Batán

9 Chamorro Medina, María 9/862

11 Chamorro Medina, María 9/861

13 Chamorro Medina, María 9/860

15 Soriano Viedma, Francisca 9/859

17 Troyano Adán, Matías 9/858

19 Viedma Gallardo, Juan José 9/857

21 Soriano Viedma, Francisca 9/856

23 Ruiz de la Torre, Francisco 9/855

25 Ruiz de la Torre, Francisco 9/853

27 Chamorro Caballero, Santiago 9/852

29 Herrera Herrera, Miguel 9/851

30 Viedma Gallardo, Juan José 9/891

31 Chamorro Medina, María 9/849

33 Chamorro Medina, María 9/848

35 Chamorro Medina, María 9/847

37 Ayuntamiento de Bedmar 9/1018

Al Sur:

Colindancia Titular Polígono

y Parcela

2 Rodríguez Herrera, Eugenio 8/133

10 Martos Martínez, Encarnación 8/313

37 Ayuntamiento de Bedmar 9/1018

Más de la propia vía pecuaria

Al Oeste:

Colindancia Titular Polígono

y Parcela

Más de la propia vía pecuaria

2 Rodriguez Herrera, Eugenio 8/133

Barranco del Chorrito

4 Ayuntamiento de Bedmar 8/9006

6 Palop Adán, José 8/335

8 Ayuntamiento de Bedmar 8/9002

10 Martos Martínez, Encarnación 8/313

12 García Martos, Jesús 8/314

14 Bris Gallo, Luis Miguel 8/333

16 Medina Sanchez, María Jesús 8/334

18 Ayuntamiento de Bedmar 8/9003

20 Martos Acevedo, Josefa 9/865

22 Carreras Ruiz, María y uno mas 9/866

24 Fernández Martos, José Ignacio 9/877

26 Martos Acevedo, Josefa 9/887

28 Viedma Gallardo, Juan José 9/890

30 Viedma Gallardo, Juan José 9/891

32 Romero Alcalá, Julián 9/892

34 Romero Quesada, Catalina 9/893

36 Romero Medina, J José 9/894

38 Narváez Marín, María Catalina 9/895

40 Marín Martínez, Ildefonso 9/897

42 Marín Chamorro, Francisca 9/898

LUGAR ASOCIADO

Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95 de Vías Pecuarias y el Decreto 155/98 por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de Bedmar-Garcíez, provincia de Jaén, con un perímetro deslindado de 80,25 metros, la superficie deslindada de 400,12 m2, que en adelante se conocerá como "Abrevadero del Chorrito", que linda:

Al Norte:

Colindancia Titular Polígono

y Parcela

1 Rivera Martínez, Sebastián 9/49

Al Este:

Colindancia Titular Polígono

y Parcela

3 Ayuntamiento de Bedmar 9/9009

Barranco del Chorrito

Al Sur:

Colindancia Titular Polígono

y Parcela

3 Ayuntamiento de Bedmar 9/9009

Barranco del Chorrito

Al Oeste: Con la Vereda del Pozo de las Lomas.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada, conforme a la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 1 de abril de 2005.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

ANEXO A LA RESOLUCION DE FECHA 1 DE ABRIL DE 2005, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA "VEREDA DEL POZO DE LAS LOMAS", EN EL TERMINO MUNICIPAL DE

BEDMAR Y GARCIEZ, PROVINCIA DE JAEN (VP. 471/02)

RELACION DE COORDENADS UTM DE LA VIA PECUARIA

HUSO 30

"VEREDA DEL POZO DE LAS LOMAS"

Núm. puntos X Y

Puntos que delimitan la línea base derecha

1D 465583,930 4183975,670

2D 465591,735 4183973,429

3D 465594,772 4183934,020

3D' 465597,784 4183924,718

3D'' 465604,698 4183917,805

4D 465617,752 4183909,818

5D 465627,736 4183896,215

6D 465644,029 4183858,319

7D 465635,164 4183806,792

8D 465622,805 4183784,033

8D' 465621,242 4183780,353

8D'' 465620,408 4183776,443

9D 465610,862 4183693,164

10D 465596,560 4183624,630

11D 465585,763 4183592,022

11D' 465584,983 4183588,856

11D'' 465584,705 4183585,608

12D 465584,210 4183517,980

13D 465580,841 4183480,708

14D 465580,213 4183366,329

15D 465573,109 4183316,384

16D 465567,009 4183290,921

16D' 465566,526 4183288,011

16D'' 465566,458 4183285,063

17D 465567,608 4183260,858

18D 465589,278 4183186,615

19D 465591,528 4183153,888

20D 465589,525 4183128,301

21D 465589,275 4183055,948

22D 465587,651 4183023,160

23D 465584,774 4183001,988

24D 465575,673 4182968,485

24D' 465574,969 4182964,051

24D'' 465575,228 4182959,569

25D 465584,670 4182903,006

26D 465578,374 4182880,989

27D 465562,308 4182856,828

27D' 465559,707 4182851,303

27D'' 465558,814 4182845,261

28D 465558,814 4182834,400

Puntos que delimitan la línea base izquierda

1I 465589,694 4183995,749

2I 465597,499 4183993,508

2I' 465607,925 4183986,631

2I'' 465612,563 4183975,034

3I 465615,600 4183935,624

4I 465628,654 4183927,638

4I' 465631,890 4183925,198

4I'' 465634,593 4183922,178

5I 465645,986 4183906,655

6I 465663,220 4183866,570

6I' 465664,774 4183860,775

6I'' 465664,617 4183854,777

7I 465655,751 4183803,250

7I' 465654,900 4183799,945

7I'' 465653,522 4183796,823

8I 465641,162 4183774,064

9I 465631,507 4183689,834

10I 465616,766 4183619,195

11I 465605,594 4183585,455

12I 465605,093 4183516,962

13I 465601,726 4183479,708

14I 465601,095 4183364,794

15I 465593,652 4183312,471

16I 465587,324 4183286,054

17I 465588,357 4183264,328

18I 465609,964 4183190,300

19I 465612,474 4183153,789

20I 465610,412 4183127,448

21I 465610,164 4183055,395

22I 465608,471 4183021,233

23I 465605,290 4182997,826

24I 465595,833 4182963,009

25I 465605,275 4182906,445

25I' 465605,527 4182901,824

25I'' 465604,755 4182897,261

26I 465598,458 4182875,245

26I' 465597,338 4182872,230

26I'' 465595,769 4182869,423

27I 465579,704 4182845,261

28I 465579,704 4182834,400

Puntos que delimitan el Abrevadero del Chorrito

A 465615,600 4183935,624

B 465615,092 4183942,222

C 465620,500 4183950,690

D 465630,791 4183952,662

E 465630,183 4183949,614

F 465643,165 4183939,154

G 465636,089 4183932,542

H 465633,055 4183928,728

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