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Don Jesús Avelino Menéndez Fernández, Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Salobreña (Granada)
HAGO SABER
Que mediante decreto de fecha 3.5.05 se aprueba la convocatoria para cubrir en propiedad diversas plazas que se rigen por las siguientes Bases:
I. Convocatoria.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el sistema de Concurso-Oposición y por Promoción Interna, de las siguientes plazas vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Salobreña, incorporadas a la Oferta de Empleo Público del año 2005 publicada en el BOE núm. 65 de fecha 17 de marzo de 2005.
Escala Administración Especial. Turno Promocion Interna Anexo I: Una Plaza de Técnico Medio de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica. Anexo II: Una plaza de Oficial Electricista de la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, clase Personal de Oficios.
Anexo III: Una plaza de Oficial Jardinero de la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, clase Personal de Oficios.
1.2. Las plazas están dotadas económicamente con las retribuciones que el Ayuntamiento tiene acordadas en el Presupuesto para 2005 aprobado por el Pleno en sesión de fecha 22 de diciembre de 2004 y con los siguientes códigos según Catalogación de puestos: contable (3004); electricista (5008) jardinero (5008).
1.3. El proceso selectivo se regirá por las presentes Bases y por lo que se determina en los Anexos I, II, III. Para lo no previsto en las mismas le será de aplicación la Ley
30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, RD 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y RD 896/91 de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y programas mínimos a los que ha de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local y Ley 7/85 de 2 de abril de Bases del Régimen Local.
2. Requisitos de los candidatos.
2.1. Para ser admitidos a la realización de los procesos selectivos los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:
- Ser español/a o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo previsto en la Ley 17/93, de
23 de diciembre, y desarrollado por Real Decreto 800/95.
- Tener cumplidos 18 años de edad.
- Estar en posesión de alguno de los títulos indicados en los anexos que se acompañan para cada tipo de plaza, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. Será suficiente estar en posesión del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos del título.
- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia judicial firme.
- No estar incurso en causa de incompatibilidad según lo dispuesto en Ley 53/1984, de 26 de diciembre.
- Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Salobreña y haber prestado servicios durante al menos dos años en el Grupo inferior a la de la plaza que se opta.
Los requisitos establecidos en las normas anteriores
deberán cumplirse en el última día del plazo de
presentación de solicitudes.
3. Instancias y documentación.
3.1. Los aspirantes presentarán instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente y presentada en el Registro General del Ayuntamiento, con fotocopia del DNI, manifestando que
reúnen todos y cada uno de los requisitos establecidos en la base segunda de esta convocatoria y acompañando
certificación acreditativa de los servicios prestados a los efectos de valorar la Fase de Concurso.
Las solicitudes también podrán ser presentadas en la forma que se determina en el art. 38.4 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de estas convocatorias en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
3.3. Está exento del abono de los derechos de examen el personal que preste sus servicios en el Ayuntamiento de Salobreña por aplicación del Acuerdo Regulador del Personal de este Ayuntamiento.
4. Admisión de candidatos.
4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias la Alcaldía dictará Resolución, en el plazo de un mes,
declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos con indicación de las causas de
exclusión, lugar de exposición de dichas listas y plazo para subsanación de errores. La Resolución será publicada en el BOP y tablón de anuncios del Ayuntamiento de
Salobreña.
4.2. Transcurrido el plazo de subsanaciones, la Alcaldía dictará Resolución aprobando las listas definitivas,
designando los miembros del Tribunal e indicará el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio. A la
Resolución se dará publicidad mediante la inserción de
Edictos en el Boletín Oficial de la Provincia.
4.3. La aspirantes excluidos podrán interponer recurso
contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses a partir de la publicación de la Resolución.
5. Tribunales.
5.1. Los Tribunales tendrán la siguiente composición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.e) y f) del RD 896/91 de 7 de junio:
- Presidente: El de la Corporación o miembro en quien
delegue.
- Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía, un representante de la Junta de Personal y dos funcionarios, de igual o superior Grupo a la plaza convocada, o miembros en quienes los mismos deleguen.
- Secretario: El Secretario de la Corporación o en su
defecto un funcionario del Ayuntamiento.
5.2. Todos los Vocales y los suplentes que se designen, deberán poseer igual o superior titulación a la exigida a los aspirantes a cada vacante.
5.3. El Vocal-representante del personal deberá delegar en un funcionario de la Corporación, con la titulación
adecuada, si aquél careciese de ella.
5.4. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y de la mitad al
menos de los Vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien su suplente.
5.5. El Tribunal podrá acordar la incorporación a las
sesiones de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas.
Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus
especialidades técnicas en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección actuando por tanto con voz pero sin voto.
5.6. Los miembros del Tribunal están sometidos a las causas de abstención y recusación de las reguladas en la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.
5.7. Los distintos Tribunales que se formen están
autorizados para resolver las dudas que se presenten y
tomar las acuerdos necesarios para velar por el buen orden de lo convocatoria.
5.8. Los miembros de las Tribunales serán retribuidos de acuerdo con lo dispuesto en el RD 462/2002 de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. La categoría estará en función del Grupo que se corresponda con la plaza a cubrir.
6. Desarrollo de las pruebas.
6.1. La fecha, hora y lugar en que dará comienzo el primer ejercicio serán anunciados, al menos, con 10 días de
antelación, mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de edictos de lo Corporación.
6.2. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo casos
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. El orden de actuación de las opositares se
iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra "A".
6.3. Los aspirantes que posean alguna minusvalía, no
excluyente para el desempeño del puesto, deberán solicitar en la instancia la oportuna adaptación de medios y tiempo que justificadamente le resulten necesarios para el
desarrollo de los ejercicios.
6.4. De cada sesión que celebre el Tribunal, el Secretario levantará acta donde se harán constar las calificaciones de los ejercicios de los aspirantes que los hayan superado, la evaluación individualizada de los méritos de cada aspirante en la fase concurso y las incidencias que se produzcan.
6.5. Las actas, numeradas y rubricadas, constituirán el expediente de las pruebas selectivas. Juntamente con el acta se unirán al expediente las hojas de examen o
ejercicios realizados por los aspirantes.
6.6. Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días.
6.7. El Tribunal adoptará siempre que sea posible, las
medidas oportunas para garantizar que los ejercicios
escritos sean corregidos y valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
6.8. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.
6.9. Una vez comenzada las pruebas selectivas no será
obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de las pruebas en el BOP. Estos anuncios se harán públicos en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
7. Calificación de los ejercicios.
7.1. El proceso selectivo, constará de las fases y pruebas que se recogen en los anexos que se acompañan.
8. Listas de aprobados, presentación de documentos y
nombramiento.
8.1. Una vez terminada la calificación de los aspirantes, cada Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la relación de aprobados, por orden de
puntuación, no pudiendo rebasar los aprobados el número de plazas convocadas al ser ésta una exigencia impuesta
legalmente. Igualmente elevarán las respectivas propuestas a la Presidencia de la Corporación para que proceda al
otorgamiento de los correspondientes nombramientos.
8.2. En el plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación en el tablón de edictos de los relaciones de aprobados, los aspirantes que figuren en las mismos deberán presentar los documentos y declaraciones a los que se
refiere la Base 2.ª .
- Fotocopia, debidamente compulsada, del título exigido o equivalente.
- Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna
Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones propias de la plaza convocada.
8.3. La no presentación dentro del plazo fijado en la Base anterior de la documentación exigida, excepto en los casos de fuerza mayor, o cuando de la presentación de los
documentos se desprenda el no cumplimiento de los
requisitos de la convocatoria o supuestos de falsedad de la declaración, dará lugar a la invalidez de las actuaciones del aspirante; comportando, por consiguiente, la nulidad de los actos del Tribunal en relación con el aspirante y la imposibilidad de efectuar su nombramiento, sin perjuicio de la exigencia de otras responsabilidades en que haya podido incurrir.
En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor de los aspirantes, según orden de puntuación obtenido, que habiendo superado la totalidad de los ejercicios de las pruebas selectivas, tengan cabida en el número de plazas convocadas, como consecuencia de la citada anulación.
8.4. El Alcalde-Presidente, una vez que los aspirantes
propuestos hayan presentado la documentación acreditativa de los requisitos, procederá al nombramiento a favor de los aprobados como Funcionarios.
8.5. El aspirante/s nombrado/s deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales contados a partir del
siguiente a aquél en que le sea notificado el nombramiento; si no tomara posesión en el plazo indicado sin causa
justificada se entenderá que renuncia a la plaza perdiendo todos los derechos derivados de la superación de las
pruebas selectivas y del nombramiento conferido.
9. Base final.
La convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal,
podrán ser impugnadas por los interesados en la forma
establecida por la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO I
PLAZA: TECNICO MEDIO
Vacantes: 1.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Técnica.
Clase: Técnicos Medios.
Grupo: B.
Titulación: Diplomado en Ciencias Empresariales.
Provisión: Concurso-Oposición por Promoción Interna.
Fase Concurso. Baremo de Méritos:
1. La fase de concurso se puntuará con arreglo al siguiente baremo:
- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local, 0,05 hasta un máximo de 4,00 puntos.
Se considerarán como servicios prestados únicamente los realizados en régimen funcionarial (de carrera o
interinidad).
La fase de concurso no podrá superar el 40 por ciento de la puntuación total.
Fase de oposición:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario, de entre tres seleccionados por el Tribunal antes del inicio, comprensivo de veinte preguntas de dos respuestas alternativas, tipo test, de las que sólo una será correcta, todas ellas pertenecientes al temario que se inserta a continuación. Cada pregunta contestada
acertadamente se valorará en 0,5 puntos. Tiempo máximo: una hora.
Segundo ejercicio: Consistirá en la emisión por escrito de un caso práctico relacionado con las materias del programa y determinado por el Tribunal antes de su inicio. El
ejercicio será calificado por cada miembro del Tribunal de cero a diez puntos, siendo la nota del ejercicio la media aritmética de las puntuaciones. Tiempo máximo: una hora.
La puntuación total de la fase de oposición será la media aritmética de los dos ejercicios.
La fase de oposición no podrá superar el 60 por ciento de la puntuación total.
T E M A R I O
GRUPO I: MATERIAS COMUNES
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios
generales, características y estructura.
Tema 2. El Gobierno.
Tema 3. La Corona.
Tema 4. La provincia en el régimen local. Organización
provincial competencias.
Tema 5. El municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.
Tema 6. Organización territorial del estado. Los Estatutos de Autonomía.
Tema 7. Las Comunidades Autónomas. Organización y
competencias.
Tema 8. El poder tributario derivado de las Entidades
Locales. Planteamiento. El principio de reserva de Ley en materia tributaria local. La autonomía local en el ámbito tributario. Principios del sistema tributario local.
Tema 9. Sometimiento de la Administración a la Ley y al derecho. Fuentes del derecho público. Enumeración.
Tema 10. El acto administrativo: Concepto, clases y
elementos.
Tema 11. Régimen de sesiones de los órganos colegiados
locales.
Tema 12. La función pública local y su organización.
GRUPO II: MATERIAS ESPECIFICAS
Tema 1. El régimen presupuestario en las Entidades Locales. Principios presupuestarios: El principio de anualidad,
justificación, criterios de imputación y consecuencias. El principio de unidad. El principio de no afectación. El
principio del presupuesto bruto. El principio de equilibrio presupuestario.
Tema 2. El Presupuesto General de la Entidad como realidad compleja. Elementos integrantes: El Presupuesto de la
propia Entidad.
Tema 3. Los Presupuestos de los Organismos Autónomos, Los estados de previsión de ingresos y gastos de las sociedades mercantiles.
Tema 4. Estructura Presupuestaria. Clasificación de los gastos. Clasificación de los ingresos.
Tema 5. Formación del Presupuesto de la Entidad. Formación de los Presupuestos de los Organismos autónomos y su
remisión a la Entidad Local.
Tema 6. Formación de los estados de previsión de las
Sociedades Mercantiles y su remisión a la Entidad Local. Formación del Presupuesto General. Informe de Intervención y remisión al Pleno. Aprobación inicial.
Tema 7. Tramitación del Presupuesto. Publicación y
comunicaciones. Publicidad Formal.
Tema 8. Fecha de entrada en vigor del presupuesto aprobado. Régimen de recursos. La prórroga automática interina.
Tema 9. El principio de especialidad. Significado y
modalidades. Especialidad cuantitativa y cualitativa. Su reflejo en la LRHL.
Tema 10. Los derechos y obligaciones de las Entidades
Locales y la forma de su cumplimiento. Garantía de los
derechos. Requisitos de exigibilidad de las obligaciones. Exclusión de la vía de apremio y de la constitución de
fianzas. Cumplimiento de las obligaciones impuestas por resolución judicial. Nulidad de los gastos acordados sin crédito bastante.
Tema 11. La anualidad de ejecución y la evolución de los créditos de gastos en el ejercicio. Situaciones y
denominaciones de los créditos de gastos.
Tema 12. La anulación de créditos a fin de ejercicio.
Criterios de imputación temporal de los créditos
disponibles.
Tema 13. Finalidad y clases de modificaciones de créditos en gastos.
Tema 14. Medios de financiación de los créditos
extraordinarios y los suplementos de créditos.
Procedimiento a seguir. Reglas generales. Particularidades en caso de calamidades públicas. Reglas especiales para los Presupuestos de los Organismos Autónomos.
Tema 15. Los créditos ampliables, justificación y
antecedentes. La ampliación de créditos en la LRHL.
Tema 16. Las transferencias de créditos, concepto. Organo competente. Límites. Tramitación. Régimen de transferencias en los Organismos Autónomos.
Tema 17. Generación y reposición de créditos de gastos. Concepto y causas justificativas. Ingresos que las
posibilitan. Requisitos y límites objetivos. Tramitación.
Tema 18. Incorporación de remanentes de créditos.
Planteamiento. Remanentes no incorporables. Remanentes
incorporables. Condicionamientos. Tramitación.
Tema 19. Normas reguladoras de la ejecución del Presupuesto de gastos. Fases de la gestión de gastos. Planteamiento. Definiciones. Posibilidad de unificar dos o más fases.
Tema 20. Condicionantes en la gestión del gasto público. Autorización de gastos. Competencias. Tramitación. Efectos.
Tema 21. Disposición de gastos. Competencias. Tramitación. Efectos.
Tema 22. Reconocimiento y liquidación de la obligación. Competencias. Tramitación. Efectos.
Tema 23. La ordenación de pagos. Concepto. Competencia. Tramitación.
Tema 24. Posibilidad de creación de órganos específicos. La unidad de Ordenación de pagos. La unidad central de
tesorería. Especialidades en los Organismos Autónomos.
Tema 25. El orden de prelación de créditos y el Plan de disposición de fondos. Contenido y tramitación del Plan.
Tema 26. Responsabilidades y responsables en materia de gestión de gastos. Causas y clases. Atención especial a la responsabilidad contable.
Tema 27. La responsabilidad por autorizar gastos o
reconocer, liquidar o pagar obligaciones sin crédito
suficiente.
Tema 28. Ordenes de pago a justificar. Autorización legal; antecedentes. Criterios para su expedición y supuestos en que proceden. Requisitos. La obligación de justificar.
Posibles responsabilidades.
Tema 29. Los anticipos de caja fija. Requisitos.
Procedimiento de justificación y reposición de fondos.
Tema 30. Liquidación del Presupuesto: Acepciones. La
liquidación como cierre del ejercicio. Cálculo del
resultado presupuestario. Cálculo del Remanente de
tesorería. Medidas a adoptar en caso de remanente de
tesorería negativo.
Tema 31. Liquidación del Presupuesto: Confección y trámite del Estado de liquidación. Comunicaciones. Especialidades de los Organismos Autónomos.
Tema 32. La contabilidad como instrumento de la gestión económica. Finalidad inicial y métodos. Sucesivas
ampliaciones. Las clases de contabilidad.
Tema 33. La contabilidad en el sector público: El modelo estatal. El nuevo sistema contable en la Administración Local. Las consecuencias de la sujeción al régimen de
contabilidad pública: La rendición de cuentas al Tribunal de Cuentas. La contabilidad de las sociedades mercantiles pertenecientes en todo o en parte a una Entidad Local.
Tema 34. Fines de la contabilidad pública Local: Imagen fiel. Control interno. Base de datos.
Tema 35. Fines de la contabilidad pública Local: Rendición de cuentas. Objetivos atípicos.
Tema 36. Los libros de contabilidad. Concepto. Clases.
Tema 37. Los libros de contabilidad en las Entidades
Locales.
Tema 38. Los documentos contables. Requisitos formales. Significado. Clases.
Tema 39. Información de la gestión presupuestaria. Plazos y periodicidad. Contenido: Ejecución de los presupuestos y movimiento de tesorería. Estructura.
Tema 40. El control interno: Concepto. Antecedentes.
Clases. Organos de control interno.
Tema 41. La función interventora: Caracteres generales. Objeto y extensión.
Tema 42. La función interventora: Fiscalización de ingresos y gastos. Intervención de pagos.
Tema 43. El control financiero: Concepto y extensión Ambito de aplicación. Objetivos y técnica operativa.
Tema 44. El control financiero: Los informes y su
tramitación.
Tema 45. Los controles de eficacia y eficiencia: Concepto y finalidad. Modo de operar.
Tema 46. Carácter funcionarial de los órganos de control interno y sus garantías. Independencia funcional.
Legitimación de actuaciones concretas. Asistencia Técnica cualificada.
Tema 47. El control externo de la gestión económico-
financiera local: Competencia. Extensión.
Tema 48. El control externo de la gestión económico-
financiera local: Tramitación. Los informes del Tribunal de Cuentas.
ANEXO II
Plaza: Oficial electricista.
Vacantes: 1.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Servicios Especiales.
Clase: Personal de Oficios.
Categoría: oficial.
Grupo: D.
Titulación: FP- I, rama Electricidad y electrónica o
equivalente.
Provisión: Concurso-Oposición por Promoción Interna.
Fase Concurso. Baremo de Méritos:
1. La fase de concurso se puntuará con arreglo al siguiente baremo:
- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local, 0,02 hasta un máximo de 4,00 puntos.
Se considerarán como servicios prestados únicamente los realizados en régimen funcionarial (de carrera o
interinidad)
La fase de concurso no podrá superar el 40 por ciento de la puntuación total.
Fase de oposición:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario, de entre tres seleccionado por el tribunal antes del inicio, comprensivo de veinte preguntas de dos respuestas alternativas, tipo test, de las que sólo una será correcta, todas ellas pertenecientes al temario que se inserta a continuación. Cada pregunta contestada
acertadamente se valorará en 0,5 puntos. Tiempo máximo: una hora.
Segundo ejercicio: Consistirá en un caso práctico
relacionado con las materias del programa y determinado por el tribunal antes de su inicio. El ejercicio será
calificado por cada miembro del Tribunal de cero a diez puntos, siendo la nota del ejercicio la media aritmética de las puntuaciones. Tiempo máximo: una hora.
La puntuación total de la fase de oposición será la media aritmética de los dos ejercicios.
La fase de oposición no podrá superar el 60 por ciento de la puntuación total.
TEMARIO OFICIAL ELECTRICISTA
Tema 1. Derechos y deberes fundamentales en la Constitución Española de 1978.
Tema 2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. El refrendo.
Tema 3. Las Comunidades Autónomas: Constitución y
competencias.
Tema 4. Municipio: Territorio. Población. Organización. Régimen de organización de los Municipios de pequeña
población. Competencias.
Tema 5. Reglamento electrotécnico de baja tensión.
Interpretación.
Tema 6. Acometidas y alimentaciones directas. Materiales y ejecución de instalaciones.
Tema 7. Redes eléctricas aéreas para distribución de
energía. Materiales. Ejecución de las instalaciones.
Tema 8. Centros de transformación. Montaje, elementos
constructivos.
Tema 9. Motores de corriente continua. Tipos. Estudio.
Aspectos constructivos. Características.
Tema 10. Motores de corriente alterna. Clasificación.
Aspectos constructivos.
Tema 11. Transformadores. Clasificación. Aspectos
constructivos. Ensayos y protecciones.
Tema 12. Pilas, baterías. Generadores. Tipos.
Características. Acoplamientos.
Tema 13. Factor de potencia. Medida y corrección.
Tema 14. Luminotecnia. Magnitudes. Fuentes de luz.
Tema 15. Lámparas. Características. Equipos. Conexiones.
Tema 16. Líneas de distribución en baja tensión. Líneas de enlace. Esquemas y elementos de la instalación hasta el abonado.
Tema 17. Cálculo de secciones de conductores de líneas de distribución en corriente continua y corriente alterna.
Tema 18. Resistencia, aislamiento y rigidez. Medidas.
Métodos de medición. Resistencias a tierra. Puestas a
tierra. Componentes.
Tema 19. Reconocimiento y diseño de esquemas eléctricos.
Tema 20. La prevención de riesgos laborales en el puesto de trabajo de Oficial Electricista.
ANEXO II
Plaza: Oficial Jardineria.
Vacantes: 1.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Servicios Especiales.
Clase: Personal de Oficios.
Categoría: Oficial.
Grupo: D.
Titulación: FP- I, rama jardinería o equivalente.
Provisión: Concurso-Oposición por Promoción Interna.
Fase Concurso. Baremo de Méritos:
1. La fase de concurso se puntuará con arreglo al siguiente baremo:
- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local, 0,02 hasta un máximo de 4,00 puntos.
Se considerarán como servicios prestados únicamente los realizados en régimen funcionarial (de carrera o
interinidad)
La fase de concurso no podrá superar el 40 por ciento de la puntuación total.
Fase de oposición:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario, de entre tres seleccionado por el tribunal antes del inicio, comprensivo de veinte preguntas de dos respuestas alternativas, tipo test, de las que sólo una será correcta, todas ellas pertenecientes al temario que se inserta a continuación. Cada pregunta contestada
acertadamente se valorará en 0,5 puntos. Tiempo máximo: una hora.
Segundo ejercicio: Consistirá en un caso práctico
relacionado con las materias del programa y determinado por el tribunal antes de su inicio. El ejercicio será
calificado por cada miembro del Tribunal de cero a diez puntos, siendo la nota del ejercicio la media aritmética de las puntuaciones. Tiempo máximo: una hora.
La puntuación total de la fase de oposición será la media aritmética de los dos ejercicios.
La fase de oposición no podrá superar el 60 por ciento de la puntuación total.
TEMARIO OFICIAL JARDINERIA
Tema 1. Derechos y deberes fundamentales en la Constitución Española de 1978.
Tema 2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. El refrendo.
Tema 3. Las Comunidades Autónomas: Constitución y
competencias.
Tema 4. Municipio: Territorio. Población. Organización. Régimen de organización de los Municipios de pequeña
población. Competencias.
Tema 5. Vegetación natural en Salobreña. Utilización de plantas autóctonas en jardinería.
Tema 6. El clima. Efectos del clima sobre las plantas.
Plantas adaptadas al clima en Salobreña.
Tema 7. Nutrición de las plantas. Enfermedades por
carencias nutricionales. Abonados. Tipos y aplicación.
Tema 8. Nociones de botánica general. Clasificación de las plantas. Reproducción.
Tema 9. Arboles, arbustos, vivaces y anuales. Principales especies utilizadas en jardinería.
Tema 10. Poda de árboles y arbustos. Principales plagas y enfermedades que les afectan. Normas de plantación.
Mantenimiento.
Tema 11. Reproducción de las plantas. Trabajos en viveros. Multiplicación vegetativa. Semilleros. Germinación de las semillas. Marcos de reproducción de árboles y arbustos.
Tema 12. Macizos de flores. Composiciones. Utilización de bulbosas. Principales plantas de temporada y vivaces.
Tema 13. Sistemas de riego. El agua en el jardín.
Tema 14. Tratamientos fitosanitarios. Riesgos
medioambientales. Equipos de protección individual. Equipos de tratamiento.
Tema 15. Tipos de productos fitosanitarios. Clasificación. Aplicación de herbicidas. Tipos.
Tema 16. Céspedes. Especies a utilizar. Implantación.
Mantenimiento y conservación. Enfermedades.
Tema 17. Maquinaria en jardinería. Conservación y
mantenimiento de las mismas. Herramientas jardineras.
Tema 18. Equipos de protección individual en el uso de
maquinaria y herramientas en jardinería. Primeros auxilios en caso de accidentes.
Tema 19. Planificación del año agrícola. Planificación de almacén de maquinaria y herramienta. Planificación de la conservación de un sector de jardinería de la ciudad.
Control de medios técnicos y humanos.
Tema 20. Avifauna urbana. Especies y facilidades para su implantación en parques y jardines. Trabajos jardineros con impacto vegetativo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Salobreña, 3 de mayo de 2005.- El Alcalde, Jesús Avelino Méndez Fernández.
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