Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 31/05/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 27 de abril de 2006, por la que se concede una prórroga de la autorización temporal al Centro docente privado extranjero "Swans School", de Marbella (Málaga).

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Visto el expediente presentado por doña Teresa Juana Swan Whiteley, como representante de la entidad Swans International Primary School, S.L., titular del Centro docente privado extranjero "Swans School", sito en Marbella (Málaga), Urbanización El Capricho, núms. 1 y 2, Ctra. Cádiz, km 177, con código 29011451, solicitando prórroga en la autorización temporal concedida por Orden de 22 de agosto de 2005 (BOJA de 29 de septiembre), según lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

Resultando que por la citada Orden, el Centro cuenta con autorización para impartir enseñanzas del Sistema Edu

cativo Británico a alumnado español y extranjero, siendo plena para 280 puestos escolares de los cursos Nursery (Early Years, Reception y Year 1) y del Year 2 al Year 6, y temporal, con validez hasta el 30 de abril de 2006, para 110 puestos escolares, del Year 7 al Year 11.

Vistas la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre (BOE del 4), de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre (BOE del 24), de Calidad de la Educación; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 827/2003, de 27 de junio (BOE del 28), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del Sistema Educativo, establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, modificado por el Real Decreto 1318/2004, de 28 de mayo; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

Considerando que los Servicios correspondientes de la Embajada Británica han realizado una nueva inspección del centro, habiendo emitido un informe que permite que se autorice lo solicitado por la titularidad del mismo.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación ha dispuesto

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, la prórroga en la autorización temporal al Centro docente privado extranjero "Swans School", de Marbella (Málaga) para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero y, como consecuencia de ello, establecer la configuración siguiente:

Denominación genérica: Centro Docente Privado Extranjero.

Denominación específica: "Swans School".

Titular: Swans International Primary School, S.L.

Domicilio: Urbanización El Capricho, núms. 1 y 2, Ctra. Cádiz km 177.

Localidad: Marbella.

Municipio: Marbella.

Provincia: Málaga.

Código del Centro: 29011451.

Composición resultante:

a) Con autorización plena para 280 puestos escolares:

- Nursery: Early Years, Reception y Year 1 (Educación Infantil): 5 unidades para 93 puestos escolares.

- Del Year 2 al Year 6 (Educación Primaria): 10 unidades para 187 puestos escolares.

b) Con autorización temporal para 110 puestos escolares:

- Del Year 7 al Year 11 (6.º de Primaria y Educación Secundaria Obligatoria): 6 unidades para 110 puestos escolares.

Capacidad total del Centro: 390 puestos escolares.

Segundo. El Centro docente privado extranjero "Swans School", de Marbella (Málaga), deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas de Lengua y Cultura españolas.

Tercero. La enseñanza de Lengua Española deberá impartirse con el mismo diseño y horario que establecen los Decretos de enseñanzas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, regulados en los Decretos 107/1992, de 9 de junio, 105/1992, de 9 de junio, y 106/1992, de 9 de junio, modificado por el Decreto 148/2002, de 14 de mayo, por los que se establecen las enseñanzas correspondientes a la Educación Infantil, a la Educación Primaria y a la Educación Secundaria Obligatoria, respectivamente.

Asimismo, la Cultura española deberá desarrollar los contenidos esenciales de las Areas de Conocimiento del Medio y de Ciencias Sociales y Geografía e Historia, recogidos en los Decretos, anteriormente citados.

Cuarto. La autorización temporal, a la que se refiere esta Orden, tendrá validez hasta el 31 de diciembre de 2006, en consideración al certificado emitido por el British Council. A partir de la fecha indicada, la autorización dependerá de una inspección posterior de los servicios correspondientes de la Embajada Británica.

Quinto. La presente prórroga se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 27 de abril de 2006

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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