Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 08/06/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUM. DOS DE ROQUETAS DE MAR

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 247/2004. (PD. 2110/2006).

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NIG: 0407942C20040001076.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 247/2004. Negociado: CJ.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Don/ña. John Philip Davies y Glyn William Way.

Procuradora: Sra. Olga, García Gandía y Olga García Gandía.

Letrado: Sr. García Páez, Manuel.

Contra: Don Ivor Charles Durrant.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 247/2004 seguido en el Juzgado de Prim. Inst. e Instr. núm. Dos de Roquetas de Mar a instancia de John Philip Davies y Glyn William Way contra Ivor Charles Durrant sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Roquetas de Mar (Almería).

Procedimiento: Juicio Ordinario 247/2004.

En Roquetas de Mar (Almería) a 10 de enero de dos mil seis don Ricardo Puyol Sánchez, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Roquetas de Mar, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario tramitados en este Juzgado bajo el número 247/2004, a instancia de John Philip Davies y Glyn Willian Way, representados por la Procuradora Sra. García Gandía y asistidos por el letrado Sr. García Páez contra Ivor Charles Durrant, en situación procesal de rebeldía.

En nombre de S.M. el Rey dictó la siguiente sentencia

FALLO

Estimando la demanda interpuesta la Procuradora Sra. García Gandía en nombre y representación de John Philip Davies y Glyn Willian Way, contra Ivor Charles Durrant, realizando los siguientes pronunciamientos:

1.º Condenar a la demandada al pago a la parte actora de treinta y cinco mil setecientos cincuenta y nueve euros con cincuenta céntimos (35.759,50 E).

2.º Condenar a la demandada al pago del interés del 10% anual respecto del principal adeudado desde la fecha de interposición de la demanda.

3.º Condenar al demandado al pago de las costas de este procedimiento.

Notifíquese la anterior resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es susceptible de recurso de apelación, que deberá prepararse en el plazo de cinco días, manifestando su voluntad de apelar y los concretos pronunciamientos que impugna.

Así por ésta mi Sentencia, definitivamente Juzgando en la presente instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Ivor Charles Durrant, extiendo y firmo la presente en Roquetas de Mar a cinco de abril de dos mil seis.El/La Secretario.

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