Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 20/01/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM.4 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 643/2001. (PD. 45/2006).

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NIG: 4109100C20010022603.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 643/2001. Negociado:E.

Sobre: Juicio ordinario (acción declarativa de dominio).

De: Doña Encarnación Puerto Gallego.

Procuradora: Sra. Macarena Peña Camino 192.

Contra: D/ña. Juan Crespo Recuerda, Catalina Quero Gómez, Manuel Crespo Recuerda, Carmen Cejudo Fernández, Mariano Corzo Andrés y Reyes Rodríguez Rosa

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 643/2001 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Sevilla a instancia de Encarnación Puerto Gallego contra Juan Crespo Recuerda, Catalina Quero Gómez, Manuel Crespo Recuerda, Carmen Cejudo Fernández, Mariano Corzo Andrés y Reyes Rodríguez Rosa sobre Juicio Ordinario (acción declarativa de dominio), se ha dictado el auto que, es como sigue:

AUTO

Magistrada Juez doña Isabel María Nicasio Jaramillo

En la ciudad de Sevilla a 17 de noviembre de 2005.

ANTECEDENTES DE HECHOS

Unico. Con fecha de 11 de octubre de 2005, se dictó sentencia en los presentes autos del juicio ordinario núm. 643/01 de este Juzgado, con el contenido que obra documentado en las actuaciones. Que por la Procuradora doña Macarena Peña Camino, en la representación acreditada en autos, se interesó al amparo del contenido del artículo 214 de la LEC la aclaración de la sentencia en los términos que constaban en el escrito y que por brevedad se dan por reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Unico. Dispone el artículo 214 de la LEC que los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan.

Habida cuenta del error denunciado en el apartado Primero del fallo de la sentencia, procede rectificarlo en esta resolución.

En atención a lo expuesto

A C U E R D O

Aclarar la sentencia de fecha 11 de octubre de 2005, en el apartado Primero de su fallo, cuyo texto deberá ser el siguiente:

"Primero. Debo declarar y declaro que la demandante es legítima propietaria de la finca urbana sita en la calle Ingeniero de la Cierva número 20, 1.º H, en virtud de

adquisición por compraventa, ostentando todos los derechos derivados de dicha declaración y siendo la posesión sobre la citada finca legítima."

Notifíquese la presente resolución a las partes con la

prevención de que la misma no es susceptible de recurso alguno con independencia del procedente contra la resolución

aclarada.

Lo manda y firma S.S. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Mariano Corzo Andrés, Reyes Rodríguez Rosa, Juan Crespo Recuerda y Catalina Quero Gómez, extiendo y firmo la presente en Sevilla a diecisiete de noviembre de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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