Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 11/07/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 23 de junio de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el Deslinde de la vía pecuaria "Cordel Real de Villanueva", desde la Torrecilla hasta el Descansadero del Quejigal, incluido este, en el término municipal de Montoro, provincia de Córdoba (VP 051/04).

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Examinado el Expediente de Deslinde de la vía pecuaria denominada "Cordel Real de Villanueva" desde donde la vía pecuaria cruza el camino que va a la Torrecilla, hasta el Descansadero del Quejigal, incluido este, en el término municipal de Montoro (Córdoba), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Las vías pecuarias del término municipal de Montoro, provincia de Córdoba, fueron clasificadas por Orden Ministerial de 15 de noviembre de 1957, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 29 de noviembre de 1957.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 23 de enero de 2004 se acordó el inicio del Deslinde de la vía pecuaria "Cordel Real de Villanueva", en el término municipal de Montoro, provincia de Córdoba.

Tercero. Los primeros trabajos materiales de Deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el día 22 de abril de 2004, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 45, de fecha 24 de marzo de 2004.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 180, de fecha 1 de diciembre de 2004.

Quinto. Durante los trámites de Información Pública y Audiencia no se han presentado alegaciones.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente Deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Considerando que el presente Deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, con fecha 4 de julio de 2005, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de fecha 25 de julio de 2005,

R E S U E L V O

Aprobar el Deslinde de la vía pecuaria denominada "Cordel Real de Villanueva" desde donde la vía pecuaria cruza el camino que va a la Torrecilla, hasta el Descansadero del Quejigal, en el término municipal de Montoro (Córdoba), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, a tenor de los datos y la descripción que siguen a continuación:

Longitud deslindada: 1.573,37 metros.

Superficie: 37,61 metros.

Descripción: Finca rústica, en el término municipal de Montoro, provincia de Córdoba, de forma alargada con una anchura de 37,61 metros, la longitud deslindada es de 1.573,37 metros, la superficie deslindada es de 59.112,75 metros cuadrados, que en adelante se conocerá como "Cordel Real de Villanueva", en el tramo que va desde La Torrecilla hasta el Descansadero del Quejigal, incluido este con una superficie deslindada de 76.734,30 metros cuadrados, que linda al Norte con fincas de Encina Enana, S.L.; Martínez Delgado, Antonio; Encina Enana, S.L.; Muñoz Cañete, María Elisa; Arévalo Hurtado, Antonio; Ruiz Moya, Carmen; Rodríguez Valverde, Amelia; Aguilar Pérez, María Dolores; Carpio Rodríguez, Andrés; Cáceres Millán, Pedro; Cáceres Millán, Pedro; Cáceres Millán, Pedro; Díaz Redondo, Antonio; Salinas Molina, Antonio; Hernández Sánchez, Isabel; Soriano Moreno, José; Ayto. Montoro; Moreno del Río, Isabel; Carpio Rodríguez, María Ascensión y Coba Villalón, José; al Sur con fincas de Boyero Moya, Alfonso; Ruiz González, Encarnación; Boyero Moya, Alfonso; desconocido; Boyero Moya, Alfonso; Hortelano Lara, Francisco; Palma Lara, Diego; Díaz Redondo, Antonio; Ayto. Montoro; Ayto. Montoro; Lindo Rodríguez, Angel; Lindo Rodríguez, Angel; Hernández Sánchez, José; Hernández Sánchez, Isabel; Hernández Sánchez, Carmen; desconocido y Ayto. Montoro; al Este con la continuación del Cordel Real de Villanueva; y al Oeste con el Descansadero del Quejigal.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, conforme a la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 23 de junio

de 2006.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

RESOLUCION DE 23 DE JUNIO DE 2006, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA "CORDEL REAL DE VILLANUEVA", DESDE LA TORRECILLA HASTA EL DESCANSADERO DEL QUEJIGAL, INCLUIDO ESTE, EN EL TERMINO MUNICIPAL DE MONTORO, PROVINCIA DE CORDOBA

RELACION DE COORDENADAS U.T.M. DE LA VIA PECUARIA

COORDENADAS U.T.M. DESCANSADERO DEL QUEJIGAL

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