Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 23/01/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 29 de diciembre de 2005, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de agua potable de los municipios integrados en el Consorcio para el Desarrollo de La Vega-Sierra Elvira (Granada). (PP. 32/2006).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

R E S U E L V O

Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

Concepto(IVA excluido)

Cuota fija o de servicio

Uso doméstico

Contadores de 7, 10, 13, 15, 20 y 25 mm1,8435 euros/mes

Contadores de 30, 40 y 50 mm4,1747 euros/mes

Contadores de más de 50 mm7,8060 euros/mes

Uso industrial, comercial y centros oficiales

Contadores de 7, 10, 13, 15, 20 y 25 mm8,2481 euros/mes

Contadores de 30, 40 y 50 mm11,2490 euros/mes

Contadores de más de 50 mm23,2938 euros/mes

Cuota variable o de consumo

Uso doméstico

Hasta 10 m/abonado/mes0,3038 euros/m

Más de 10 m/abonado/mes

a 20 m/abonado/mes0,9441 euros/m

Más de 20 m/abonado/mes1,2423 euros/m

Uso industrial, comercial y obras

Hasta 35 m/abonado/mes0,7213 euros/m

Más de 35 m/abonado/mes1,1390 euros/m

Usos oficiales

Bloque único0,3702 euros/m

La presente tarifa se facturará con periodicidad bimestral, salvo en los casos en que la media de los consumos registrados en el año anterior sean superiores a 100 m mensuales, en cuyo caso se aplicará la facturación mensual.

Bonificaciones en tarifas domésticas: Conforme al Acuerdo adoptado por la Asamblea General del Consorcio para el desarrollo de la Vega-Sierra Elvira, en sesión celebrada el 24 de noviembre de 2005, que se transcribe a continuación.

"Bonificación en consumo: Para los abonados de Aguasvira a los que está siendo suministrada agua de sus propias fuentes de abastecimiento, es decir, que están fuera del sistema de Canales-Quéntar, se establecen unas bonificaciones que estarán vigentes hasta el momento en que entre a formar parte del citado sistema.

Bonificación Bloque I,1625 euros/m

Bonificación Bloque II,4216 euros/m

Para los Jubilados-Pensionistas que cumplan los siguientes requisitos:

- La unidad familiar que constituyan no supere unos ingresos anuales equivalentes a 1,5 veces el salario mínimo

interprofesional.

- Tengan un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.

- No convivan con otras personas con rentas contributivas.

- Su consumo sea menor o igual a 10 m al mes.

Se les aplicará una bonificación de 0,3038 euros/m (100%) a los primeros 7,5 m al mes.

Las familias numerosas que cumplan los siguientes requisitos:

- Tener el título de familia numerosa que otorga el Instituto Andaluz de Asuntos Sociales.

- Tengan un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.

Verán incrementado el tope superior del bloque I y II

tarifarios en 2,5 m/mes, por cada uno de los miembros, de los incluidos en el título de familia numerosa, en que la unidad familiar supere el de cuatro."

Recargo especial Cubillas

Suministros domésticos0,2387 euros/m

Suministros industriales0,3256 euros/m

Derechos de contratación

Usos domésticos

Calibres del contador en mm

Hasta 743,0994 euros

De 1053,9177 euros

De 1364,7360 euros

De 1571,9482 euros

De 2089,9787 euros

De 25108,0092 euros

De 30126,0397 euros

De 40162,1007 euros

De 50198,1617 euros

De 65252,2532 euros

De 80306,3447 euros

De 100378,4667 euros

De 150558,7717 euros

Usos industriales, comerciales y obras

Calibres del contador en mm

Hasta 746,6467 euros

De 1057,4650 euros

De 1368,2833 euros

De 1575,4955 euros

De 2093,5260 euros

De 25111,5565 euros

De 30129,5870 euros

De 40165,6480 euros

De 50201,7090 euros

De 65255,8005 euros

De 80309,8920 euros

De 100382,0140 euros

De 150562,3190 euros

Usos oficiales

Calibres del contador en mm

Hasta 70,0000 euros

De 108,3180 euros

De 1319,1363 euros

De 1526,3485 euros

De 2044,3790 euros

De 2562,4095 euros

De 3080,4400 euros

De 40116,5010 euros

De 50152,5620 euros

De 65206,6535 euros

De 80260,7450 euros

De 100332,8670 euros

De 150513,1720 euros

Derechos de acometida

Parámetro A: 17,4500 euros/mm.

Parámetro B: 81,0200 euros/litros/segundo.

Derechos de reconexión

Calibres del contador en mm

De 717,0800 euros

De 1031,1400 euros

De 13 en adelante31,2900 euros

Fianzas

7, 10 y 13 mm19,1800 euros

15 y 20 mm34,6600 euros

25 mm54,3900 euros

30 mm77,3700 euros

40 mm133,7100 euros

50 mm184,1700 euros

Más de 50 mm184,1700 euros

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,

publicación, de conformidad con lo establecido en los

artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 29 de diciembre de 2005.- La Viceconsejera, P.S. (Art. 3 Decreto 239/04), El Secretario General Técnico, Luis Nieto Balleteros.

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