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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
R E S U E L V O
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto(IVA excluido)
Cuota fija o de servicio
Uso doméstico
Contadores de 7, 10, 13, 15, 20 y 25 mm1,8435 euros/mes
Contadores de 30, 40 y 50 mm4,1747 euros/mes
Contadores de más de 50 mm7,8060 euros/mes
Uso industrial, comercial y centros oficiales
Contadores de 7, 10, 13, 15, 20 y 25 mm8,2481 euros/mes
Contadores de 30, 40 y 50 mm11,2490 euros/mes
Contadores de más de 50 mm23,2938 euros/mes
Cuota variable o de consumo
Uso doméstico
Hasta 10 m/abonado/mes0,3038 euros/m
Más de 10 m/abonado/mes
a 20 m/abonado/mes0,9441 euros/m
Más de 20 m/abonado/mes1,2423 euros/m
Uso industrial, comercial y obras
Hasta 35 m/abonado/mes0,7213 euros/m
Más de 35 m/abonado/mes1,1390 euros/m
Usos oficiales
Bloque único0,3702 euros/m
La presente tarifa se facturará con periodicidad bimestral, salvo en los casos en que la media de los consumos registrados en el año anterior sean superiores a 100 m mensuales, en cuyo caso se aplicará la facturación mensual.
Bonificaciones en tarifas domésticas: Conforme al Acuerdo adoptado por la Asamblea General del Consorcio para el desarrollo de la Vega-Sierra Elvira, en sesión celebrada el 24 de noviembre de 2005, que se transcribe a continuación.
"Bonificación en consumo: Para los abonados de Aguasvira a los que está siendo suministrada agua de sus propias fuentes de abastecimiento, es decir, que están fuera del sistema de Canales-Quéntar, se establecen unas bonificaciones que estarán vigentes hasta el momento en que entre a formar parte del citado sistema.
Bonificación Bloque I,1625 euros/m
Bonificación Bloque II,4216 euros/m
Para los Jubilados-Pensionistas que cumplan los siguientes requisitos:
- La unidad familiar que constituyan no supere unos ingresos anuales equivalentes a 1,5 veces el salario mínimo
interprofesional.
- Tengan un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.
- No convivan con otras personas con rentas contributivas.
- Su consumo sea menor o igual a 10 m al mes.
Se les aplicará una bonificación de 0,3038 euros/m (100%) a los primeros 7,5 m al mes.
Las familias numerosas que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener el título de familia numerosa que otorga el Instituto Andaluz de Asuntos Sociales.
- Tengan un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.
Verán incrementado el tope superior del bloque I y II
tarifarios en 2,5 m/mes, por cada uno de los miembros, de los incluidos en el título de familia numerosa, en que la unidad familiar supere el de cuatro."
Recargo especial Cubillas
Suministros domésticos0,2387 euros/m
Suministros industriales0,3256 euros/m
Derechos de contratación
Usos domésticos
Calibres del contador en mm
Hasta 743,0994 euros
De 1053,9177 euros
De 1364,7360 euros
De 1571,9482 euros
De 2089,9787 euros
De 25108,0092 euros
De 30126,0397 euros
De 40162,1007 euros
De 50198,1617 euros
De 65252,2532 euros
De 80306,3447 euros
De 100378,4667 euros
De 150558,7717 euros
Usos industriales, comerciales y obras
Calibres del contador en mm
Hasta 746,6467 euros
De 1057,4650 euros
De 1368,2833 euros
De 1575,4955 euros
De 2093,5260 euros
De 25111,5565 euros
De 30129,5870 euros
De 40165,6480 euros
De 50201,7090 euros
De 65255,8005 euros
De 80309,8920 euros
De 100382,0140 euros
De 150562,3190 euros
Usos oficiales
Calibres del contador en mm
Hasta 70,0000 euros
De 108,3180 euros
De 1319,1363 euros
De 1526,3485 euros
De 2044,3790 euros
De 2562,4095 euros
De 3080,4400 euros
De 40116,5010 euros
De 50152,5620 euros
De 65206,6535 euros
De 80260,7450 euros
De 100332,8670 euros
De 150513,1720 euros
Derechos de acometida
Parámetro A: 17,4500 euros/mm.
Parámetro B: 81,0200 euros/litros/segundo.
Derechos de reconexión
Calibres del contador en mm
De 717,0800 euros
De 1031,1400 euros
De 13 en adelante31,2900 euros
Fianzas
7, 10 y 13 mm19,1800 euros
15 y 20 mm34,6600 euros
25 mm54,3900 euros
30 mm77,3700 euros
40 mm133,7100 euros
50 mm184,1700 euros
Más de 50 mm184,1700 euros
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,
publicación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 29 de diciembre de 2005.- La Viceconsejera, P.S. (Art. 3 Decreto 239/04), El Secretario General Técnico, Luis Nieto Balleteros.
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