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La Base Primera 3 de la Resolución de 24 de enero de 2006, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca proceso de nombramiento de personal emérito del Servicio Andaluz de Salud -BOJA núm. 20, de 31 de enero- establece un plazo máximo de seis meses para resolver dicho procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo del Decreto 155/2005, de 28 de junio, por el que se regula el procedimiento de personal emérito en el Servicio Andaluz de Salud y se crea el registro de Personal Emérito en el Servicio Andaluz de Salud.
La novedad de la convocatoria y las peculiaridades de su tramitación impiden resolver el procedimiento en el plazo establecido, siendo necesaria su ampliación para la culminación definitiva del procedimiento.
El artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contempla la posibilidad de que la Administración, de oficio o a petición de los interesados, pueda conceder una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros.
En su virtud, en uso de las facultades conferidas en el citado artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de las atribuciones asignadas conforme a lo dispuesto en el Decreto 155/2005, de 28 de junio, y en el Decreto 241/2004, de 18 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional
R E S U E L V E
Ampliar en tres meses el plazo previsto en la Base Primera de la Resolución de 24 de enero de 2006, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del
Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca proceso de nombramiento de personal emérito del Servicio Andaluz de Salud -BOJA núm. 20, de 31 de enero-.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía -Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada- en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de dicha Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 21 de julio de 2006.- El Director General, Rafael Burgos Rodríguez.
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