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NIG: 4109100C20040036254.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1433/2004. Negociado: 3M.
De: Rubel Servicios, S.L.
Procurador: Sr. Pablo Pío Llorente Hinojasa.
Contra: La Galea Promotora de Negocios, S.L.
E D I C T O
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1433/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Sevilla a instancia de Rubel Servicios, S.L., contra La Galea Promotora de Negocios, S.L., sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
S E N T E N C I A
En la Ciudad de Sevilla a nueve de enero de dos mil seis.
Vistos por don Miguel Angel Fernández de los Ronderos Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Trece de Sevilla, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos bajo el número 1433/2004-3.º a instancias de la entidad Rubel Servicios, S.L., representada por el Procurador Sr. Llorente Hinojosa y asistido del Letrado Sr. Sopelana Gordo, contra la entidad La Galea Promotora de Negocios, S.L., declarada en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
F A L L O
Estimo la demanda interpuesta por la representación procesal de la entidad Rubel Servicios, S.L. contra la entidad La Galea Promotora de Negocios, S.L., y condeno a la misma a que abone a la demandante la cantidad de dieciocho mil setecientos setenta y ocho euros con ochenta y cinco céntimos, intereses legales devengados desde la fecha de vencimiento de las facturas que aporta como documentos núms. 2 a 7, y al abono de las costas causadas.
De la presente Sentencia dedúzcase testimonio que se unirá a los autos de su razón, y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el término de cinco días.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s La Galea Promotora de Negocios, S.L., y su publicación en el BOJA, extiendo y firmo la presente en Sevilla a doce de julio de dos mil seis.- El/La Secretario.
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