Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 01/08/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION

EDICTO de 20 de julio de 2006, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Coín, dimanante del procedimiento verbal núm. 226/2004.

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NIG: 2904241C20041000264.

Procedimiento: J. Verbal (N) 226/2004. Negociado: 2.

Sobre: Patria Potestad.

De: Ministerio Fiscal.

Contra: Don José González Macías y doña María Lucena Arroyo.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 226/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de

Coín a instancia de Ministerio Fiscal contra José González Macías y María Lucena Arroyo sobre patria potestad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En Coín, a 17 de julio de 2006.

Don Gonzalo Onega Coladas, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Coín y su partido, ha visto los presentes autos de juicio verbal seguidos con el núm. 226/04 a instancia del Ministerio Fiscal contra don José González Macías y doña María Lucena Arroyo, declarados en rebeldía, sobre privación de patria potestad ejercida sobre la menor Macarena González Lucena, siendo defensora judicial de la misma doña Josefa Arroyo Martín.

F A L L O

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Ministerio Fiscal acuerdo:

Primero. Privar a don José González Macías y doña María Lucena Arroyo del ejercicio de la patria potestad que venían ostentando sobre su hija menor de edad M.G.L., por incumplimiento de los deberes inherentes a la misma.

Segundo. Nombrar como tutora de la persona y bienes de la menor M.G.L. a Josefa Arroyo Martín, la cual queda relevada de la prestación de fianza, estando sujeta únicamente al cumplimiento de las obligaciones propias del cargo de tutor prevenidas por las normas del Código Civil.

Tercero. No se hace expresa declaración de costas.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal.

Comuníquese al Registro Civil correspondiente.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación a preparar ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes al de su notificación.

Así, por esta mi sentencia, lo acuerda, manda y firma.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José González Macías, extiendo y firmo la presente en Coín a veinte de julio de dos mil seis.- El/La Secretario.

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