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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía en su artículo 12.3, refiriéndose a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, establece, entre ellos, el de afianzar la conciencia de identidad andaluza, a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y ling?ísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad; atribuyendo a la misma, en el artículo 13.27, la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico. En este sentido el artículo 6.a) de la Ley
16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de dicha Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.
Así, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante el Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz; siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, el titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del mismo Reglamento, a este último dicha declaración.
II. El gran paisajista francés Claude Galée (1600-1682), más conocido en España como Claudio de Lorena, influyó sobre numerosos pintores menores de su época dado el gran éxito que alcanzó con sus propuestas pictóricas basadas en el planteamiento de los efectos de la gradación lumínica sobre el paisaje y sus componentes. Por ello estamos ante uno de los autores más copiados del momento, al punto que intentó aclarar sus propias autorías a través de su denominado "Liber Veritatis", libro de dibujos para inventariar sus propias composiciones. Este "Paisaje con río y figuras" en el que no consta firma alguna, se asemeja a otras obras suyas como "El juicio de París" de la Galería Nacional de Washington o el "Paisaje con pastores" de la Universidad de Birmingham y se corresponde con el dibujo 112, fechado en 1647, del citado libro, lo que refuerza la atribución de la obra a dicho autor aunque, en general, la crítica artística da la obra por perdida. Las características formales de la pintura, como la graduación del colorido, la gama tonal, las suaves pinceladas, la composición o la disposición de los personajes; así como la temática donde se combina lo paisajístico con una escena de carácter mitológico, recuerdan las mejores obras del francés, por lo que estaríamos ante una pintura original o bien ante la de un seguidor de gran calidad que supo captar perfectamente el espíritu creador del maestro. Por todo ello queda plenamente justificada su declaración como Bien de Interés Cultural.
III. Por Resolución de 16 de junio de 1987, de la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 66, de 28 de julio de 1987, y BOE núm. 208, de 31 de agosto de 1987), se incoó expediente de declaración como Bien de Interés Cultural a favor del bien mueble: Paisaje con río y figuras.
En la tramitación del expediente, de conformidad con el artículo 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, han emitido informe favorable a la declaración la Real Academia de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes de Córdoba, con fecha de 9 de abril de 1992, la Universidad de Córdoba, con fecha de 24 de febrero de 2005, y la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Córdoba, con fecha de 5 de mayo de 2005; así como, de acuerdo con la legislación vigente, se cumplió el trámite de audiencia a los interesados, no habiéndose presentado alegación alguna.
Terminada la instrucción del expediente, procede la
declaración de Bien de Interés Cultural, como Patrimonio Mueble, de la pintura Paisaje con río y figuras, sita en Córdoba, según lo previsto en el artículo 27 de la Ley
16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y de conformidad con el artículo 8 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante el Decreto 19/1995, de 7 de febrero, la inclusión del mismo en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 6.a), 9.1 y 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en relación con
el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico Andaluz, a propuesta de la titular de la Consejería de Cultura y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de diciembre de 2005,
ACUERDA
Primero. Declarar Bien de Interés Cultural, como Patrimonio Mueble, la pintura Paisaje con río y figuras, sita en Córdoba.
Segundo. Inscribir este Bien de Interés Cultural en el
Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer, potestativamente, desde el día siguiente al de su notificación, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero), o directamente recurso contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y
46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Sevilla, a 27 de diciembre de 2005
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
ROSARIO TORRES RUIZ
Consejera de Cultura
ANEXO
Denominación: Paisaje con río y figuras.
Clasificación: Pintura.
Materia: Lienzo, pigmentos, óleo.
Técnica: Pintura al óleo.
Dimensiones: 118 x 159 cm.
Autor: Claudio de Lorena o su círculo.
Cronología: 1647 según el "Liber Veritatis".
Localización: Finca urbana sita en Córdoba, según consta en el expediente.
Descripción: En el primer plano de la pintura, en su ángulo inferior derecho, bajo la mitad de un árbol se desarrolla una escena pastoril, que simboliza el tema mitológico del Juicio de Paris, con los personajes vestidos de forma clásica
destacando el manto rojo del hombre. Estas figuras y otras, como diversos animales que aparecen a la orilla del río, se empequeñecen ante la inmensidad del verdadero protagonista del cuadro: el paisaje, desarrollado en torno a un gran árbol central de tonos negruzcos al encuadrarse la escena en el crepúsculo, por lo que la gradación lumínica se va
intensificando hacia el fondo. La sensación de la captación atmosférica, propia del autor, se acentúa con la presencia de un río de frondosas orillas que describe una gran curva y desaparece al fondo y en el que aparecen dos personajes en una barca. En último plano, a la izquierda del lienzo se adivina, entre la neblina, un puente y otras construcciones. El color está plasmado con suaves pinceladas a base de tonos ocres, grises, verdes y azulados, optándose por colores más cálidos para las figuras del primer plano.
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