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Sección núm. Tres de la Audiencia Provincial de Almería.
NIG: 0401337C20050000012.
Núm. Procedimiento: Ap. Civil 57/2005.
Asunto: 300136/2005.
Autos de: Proced. Ordinario (N) 139/2004.
Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm Uno de Berja.
Negociado:
Demandante-Apelante: Invermarfil, S.L.
Procurador: De Tapia Aparicio, M.ª Alicia.
Abogado: Juan Salvador Ventura.
Demandados-Apelantes: José Cabrera Sánchez y Dolores Sevilla Cabrera, Joaquín Prados Barrionuevo y Milagros Fernández Jiménez, José Santiago Romera y cuatro más.
Procurador: Gázquez Alcoba, M.ª del Mar, M.ª Luisa Alarcón Mena, M.ª Luisa Alarcón Mena.
Abogado: Saracho Megía, Jesús Tomás, Aquilino Garfias Espejo, Gádor Figueroa Sánchez.
EDICTO
Audiencia Provincia de Almería, 3.
Recurso Ap. Civil 57/2005.
Parte apelante, apelante, apelante y apelante
Sobre
En el recurso referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
Providencia.
Ilmos. Sres.
Presidente: Tarsila Martínez Ruiz.
Magistrados: Jesús Martínez Abad. Soledad Jiménez de Cisneros y Cid.
En Almería, a veinticinco de noviembre de dos mil cinco.
No habiéndose interpuesto el recurso de casación en el plazo concedido, se declara firme la/el sentencia/auto dictada/o en el presente recurso y conforme viene ordenado en la/el misma/o procédase a la devolución en esta fecha de los autos originales, al Juzgado de Primera Instancia de su procedencia, junto con testimonio de la resolución dictada.
Y habiéndose cumplido los trámites del recurso archívese el rollo.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Tribunal, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn).
Lo acuerda la Sala y rubrica el Ilmo. Sr. Presidente; doy fe.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o
residencia de la parte demandante-apelante Ivermarfil, S.L., por providencia de esta misma fecha el Tribunal, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la
publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Tribunal para llevar a efecto la diligencia de: Notificación Providencia de 25 de noviembre de 2005.
En Almería, 22 de diciembre de 2005.- El/La Secretario
Judicial.
Diligencia: La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncio.
Doy fe.
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