Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 177 de 12/09/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 28 de agosto de 2006, de la Dirección General de Educación Ambiental y Sostenibilidad, por la que se emplaza para información pública a todos aquellos interesados en el proyecto de Decreto por el que se crea el Registro General de Centros de Educación Ambiental de Andalucía y se regulan las condiciones de inscripción.

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El Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, en su artículo 1.ºj) otorga a la misma la "programación, promoción y fomento de actividades de educación ambiental". Concretamente en su artículo 13 establece las funciones de la Dirección General de Educación Ambiental y Sostenibilidad, entre otras, la de "programación, promoción y fomento de actividades de educación ambiental, con la finalidad de promover un mejor conocimiento del medio ambiente, la adopción de actitudes conscientes y responsables para su conservación y mejora, una sensibilización de la ciudadanía que redunde en incentivar la participación ciudadana en todo lo referido al medio ambiente y la garantía de la integración del uso social, productivo y recreativo de los recursos naturales, sin perjuicio de la competencias de otros centros directivos" y "la programación, fomento y desarrollo de acciones de sensibilización ambiental en la Comunidad Autónoma".

Las Consejerías de Medio Ambiente y de Educación de la Junta de Andalucía presentaron la Estrategia Andaluza de Educación Ambiental, que persigue promover la educación y la participación en la conservación de los recursos naturales y en la mejora de la calidad ambiental y calidad de vida en Andalucía, desde la construcción de un modelo de sociedad más sostenible, solidario y proambiental, en el cual han participado un número importante de personas expertas y representantes de sectores tan diversos, como las Administraciones Públicas, los centros educativos, las asociaciones, las empresas, los sindicatos, los centros de educación ambiental, la universidad y los medios de comunicación, pues no existe un ámbito único desde donde trabajar hacia la sostenibilidad y la equidad.

En el punto 5.8 dedicado a los "centros de educación ambiental" dice: "Uno de los retos fundamentales en que se encuentran los Centros de Educación Ambiental es el reconocimiento legal por parte de la Administración, reconocimiento necesario por la importancia creciente del sector, tanto por el número de puestos de trabajo creados, como por el movimiento económico que genera en las zonas, normalmente deprimidas, donde están ubicados, por el importante número de personas que lo utilizan -a los que habrá que garantizarles unas adecuadas condiciones como consumidores- y por la

necesidad de certificar la calidad y coherencia de los proyectos educativos que se desarrollan en ellos.

En este sentido los usuarios son muy diversos (familias, asociaciones, profesionales, universitarios,...), pero el sistema educativo es el usuario mayoritario de estos centros. Es importante, por tanto, que se establezca un conjunto de criterios de calidad educativa y coherencia ambiental que permitan discriminar entre los Centros de Educación Ambiental que realmente realizan programas de educación ambiental con objetivos y metodologías acordes a esta disciplina y aquellos cuyos objetivos son de carácter casi exclusivamente recreativos".

La Consejería de Medio Ambiente asume el compromiso de impulsar las actuaciones que favorezcan la implantación de las propuestas recogidas en la Estrategia Andaluza de Educación Ambiental, mediante el desarrollo de programas o acciones que posibiliten el fomento de estas recomendaciones. En este sentido, dentro de las recomendaciones y líneas de acción que propone la Estrategia, se encuentra la de "especificar los instrumentos de valoración, que permitan regularizar el funcionamiento de los Centros de Educación Ambiental y, en su caso, establecer la correspondiente normativa legal para que se rentabilicen al máximo las potencialidades de cada uno de ellos".

El presente Decreto tiene como finalidad la creación de un Registro General de Centros de Educación Ambiental y la regulación de las condiciones que han de cumplir aquellos centros que voluntariamente quieran inscribirse, reconociendo así su idoneidad para el desarrollo de programas de educación ambiental promovidos por la Junta de Andalucía y garantizar el cumplimiento de unos mínimos en los programas educativos desarrollados.

Por ello, y en virtud de lo dispuesto en la normativa citada,

HE RESUELTO

Primero. Anunciar la apertura del trámite de información pública del "Proyecto de Decreto por el que se crea el Registro General de Centros de Educación Ambiental de Andalucía y se regulan las condiciones de inscripción".

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y emplazar para información pública a todos aquellos interesados en el citado proyecto.

Durante el período de información pública los documentos se encontrarán a disposición de los interesados en los Servicios Centrales de la Consejería de Medio Ambiente (Dirección General de Educación Ambiental y Sostenibilidad; Avda. de Manuel Siurot, 50. Primera Planta. 41071 Sevilla) y en las Delegaciones Provinciales de Medio Ambiente y a través de internet en la página web de la Consejería cuya dirección es www.juntadeandalucia.es/medioambiente.

El plazo de presentación de las alegaciones será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución.

Las alegaciones deberán presentarse por escrito en los Servicios Centrales de la Consejería de Medio Ambiente o en las Delegaciones Provinciales de Medio Ambiente, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 28 de agosto de 2006.- El Director General, Francisco Oñate Ruiz.

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