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Conforme a lo dispuesto en el epígrafe 33 del Anexo II de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental, las estaciones depuradoras se someterán al procedimiento de Informe Ambiental.
En virtud del artículo 4.2 del Reglamento de Informe Ambiental, aprobado mediante Decreto 153/1996, de 30 de abril, y habida cuenta que el Anteproyecto referenciado en el epígrafe afecta a más de una provincia, corresponde a la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental la apertura del período de información pública.
Por ello, y en virtud de la normativa anteriormente citada,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la apertura del trámite de información pública del anteproyecto denominado "Actuaciones en materia de saneamiento y depuración en la Cuenca Alta del Guadiaro, en varios términos municipales de las provincias de Cádiz y Málaga", a los efectos de la tramitación del procedimiento de Informe Ambiental.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y emplazar para información pública a todas aquellas personas interesadas en el citado documento.
Durante el período de información pública, los documentos se encontrarán a disposición de las personas interesadas, en los Servicios Centrales de la Consejería de Medio Ambiente (Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental; Avda. de Manuel Siurot, 50-1.ª planta, 41071, Sevilla), así como en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente que a continuación se relacionan, siendo el horario de consulta de nueve a catorce horas:
- Delegación Provincial de Cádiz (Plaza de Asdrúbal, s/n, 3.º, 11071, Cádiz).
- Delegación Provincial de Málaga (C/ Mauricio Moro Pareto. Edificio Eurocom. Bloque Sur, plantas 3.ª y 4.ª, 29071, Málaga).
El plazo de presentación de las alegaciones será de veinte días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Las alegaciones deberán presentarse por escrito en los Servicios Centrales de la Consejería de Medio Ambiente o en las Delegaciones Provinciales de Medio Ambiente relacionadas, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y ser dirigidas a la Excma. Sra. Consejera de Medio Ambiente o a los Ilmos./as. Delegados/as Provinciales, respectivamente.
Sevilla, 6 de septiembre de 2006.- La Directora General, Esperanza Caro Gómez.
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