Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 30/01/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

RESOLUCION de 14 de diciembre de 2005, de la Secretaría General de Universidades, investigación y Tecnología, por la que se modifica la de 15 de diciembre de 2004, por la que se pone fin al procedimiento para la concesión de las ayudas a las Universidades y Centros de investigación de Andalucía para apoyar a los gGupos de investigación y Desarrollo Tecnológico andaluces en su actividad interanual.

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Mediante Orden de 22 de junio de 2004, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a las Universidades y Centros de Investigación de Andalucía para apoyar a sus grupos de investigación y desarrollo tecnológico andaluces en su actividad interanual (BOJA núm. 129, de 2 de julio).

Por Resolución de 15 de diciembre de 2004, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, se adjudicaron las ayudas convocadas por la Orden citada (BOJA núm. 9 de 14 de enero de 2005).

Contra esta Resolución de 15 de diciembre de 2004, se interpusieron recursos potestativos de reposición por las Universidades de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Pablo de Olavide y Sevilla y en relación con los grupos que habían solicitado la revisión de la valoración recibida en los diversos criterios de evaluación establecidos en el artículo noveno de la Orden reguladora de las ayudas.

Procediendo a la revisión oportuna y vista la propuesta presentada por la Comisión de Evaluación Científica y Tecnológica de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el apartado 1, del artículo octavo, de la Orden de 22 de junio (BOJA núm. 129 de 2 de julio de 2004) y de acuerdo con las Propuestas de Resoluciones por las que se estiman los Recursos de Reposición interpuestos por los citados Organismos.

Habiéndose observado errores en la puntuación científica de algunas solicitudes y en la financiación externa de determinados grupos, así como en el cálculo de las ayudas concedidas en la Resolución de 15 de diciembre de 2004, procede en virtud del art. 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, rectificar los citados errores.

R E S U E L V O

Primero. Modificar el apartado primero de la Resolución de 15 de diciembre de 2004, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se adjudican las ayudas para apoyar a los Grupos de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Comunidad Autónoma de Andalucía, convocadas por Orden de 22 de junio de 2004, de acuerdo con los anexos Ill y IV del Acta 1/2005 de la Comisión de Evaluación Científica y Tecnológica de Andalucía, incrementado las ayudas concedidas a las Universidades por los importes que a continuación se relacionan:

Ayuda Ayuda % Presupuesto

Beneficiario Solicitada Concedida Aceptado

Univ. Almería 325,59 325,59 100%

Univ. Cádiz 4.625,23 4.625,23 100%

Univ. Córdoba 11.640,28 11.640,28 100%

Univ. Granada 11.505,67 11.505,67 100%

Univ. Huelva 5.361,19 5.361,19 100%

Univ. Jaén 5.476,09 5.476,09 100%

Univ. Málaga 33.626,44 33.626,44 100%

Univ. Pablo de Olav. 2.627,69 2.627,69 100%

Univ. Sevilla 8.399,76 8.399,76 100%

Fundación Reina Mercedes 4.487,50 4.487,50 100%

CSIC 1.661,23 1.661,23 100%

Segundo. Imputar las ayudas, que tienen carácter plurianual, a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

1.1.12.00.17.00.741.05.54A.9.2004

3.1.12.00.17.00.741.05.54A.2.2006

1.1.12.00.17.00.742.01.54A.6.2004

3.1.12.00.17.00.742.01.54A.0.2006

1.1.12.00.17.00.782.00.54A.1.2004

3.1.12.00.17.00.782.01.54A.6.2006

0.1.12.00.17.00.741.05.54A.2

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 14 de diciembre de 2005.- El Secretario General de Universidades, Investigación y Tecnología, José Domínguez Abascal.

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